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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 94876
Requerimiento de documentación para el pago de la subvención en el trámite de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa Operativo FEDER 2021-2027 (FOTOPAR 2024)
1. El 26 de diciembre de 2023, en el BOIB nº. 164, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 22 de diciembre de 2023 por la que por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a personas físicas en el Programa FEDER 2021-2027.
2. Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación presentada para la justificación y han detectado las anomalías indicadas en la siguiente tabla que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado décimo de la resolución de la convocatoria de referencia:
Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías |
---|---|---|---|
FOTOPAR24-601/2024 |
JAIME GARAU CALERO |
***5027** |
- Memoria económica (documento normalizado 7): Falta su presentación. - Memoria de la actuación (documento normalizado 6): El resumen de la facturación no incluye las unidades instaladas - Documento fotográfico (placas, inversores y pegatina FEDER): Falta presentar una imagen con las pegatinas donde se pueda ver la marca y el modelo y potencia de los módulos FV y del inversor. y una fotografía general donde se puedan ver todos los módulos FV instalados |
FOTOPAR24-1020/2024 |
JOSE YAGUE MARTINEZ
|
***9270** |
- Solicitud de pago (documento normalizado 5: Declara que no ha pedido otras ayudas por el mismo concepto y tiene solicitado el NG45-11539/2021). - Documento fotográfico (placas, inversores y pegatina FEDER): Falta presentar una imagen con las pegatinas donde se pueda ver la marca y el modelo y potencia de los módulos FV |
De acuerdo con el apartado décimo punto 2 de la Resolución de la convocatoria, dispone de un plazo de quince días hábiles desde la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de las Illes Balears. En caso de que no presente la documentación mencionada se procederá a la revocación de la subvención, de acuerdo con el apartado décimo punto 6 de la Resolución de la convocatoria.
Palma, 12 de febrero de 2025
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez