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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN AGROALIMENTARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (IRFAP)

Núm. 94441
Informe y Propuesta de Resolución del Director de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP sobre la concesión de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024. (BDNS:788302)

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Texto

Hechos

1. El 17 de septiembre de 2024 se publicó en el BOIB N.º 122 la Resolución del Presidente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024.

2. El plazo para presentar solicitudes acabó el día 30 de octubre del 2024. Se presentaron 416 solicitudes.

3. En el Anexo II se encuentra la relación de 42 expedientes de concesión de subvención, en el que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF, la actuación subvencionada y la cuantía de la subvención y su financiación, calculada para cada persona beneficiaria.

4. Las personas interesadas que indica el Anexo II han presentado en el plazo establecido y en la forma oportuna toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria.

5. En el Anexo III se encuentra la relación de 7 expedientes de denegación de subvención, donde se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF y el motivo de denegación.

6. La Dirección de Desarrollo de la Producción Agraria del IRFAP ha llevado a cabo las actuaciones necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos de los solicitantes, resultando que las personas interesadas que indica el Anexo II, como beneficiarias de la subvención, cumplen los requisitos que prevé la convocatoria:

a. Ser titular de una explotación agraria que esté inscrita en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears (REA).

b. Haber tramitado la solicitud de ayudas directas PAC 2023, correspondiendo al año anterior al de la solicitud.

c. Haber tramitado la solicitud de ayudas directas PAC 2024, únicamente en el caso de jóvenes agricultores que se hayan incorporado a su actividad después de finalizar el periodo de solicitud de ayudas directas PAC 2023.

d. Participar en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del IRFAP del año 2024.

e. Los contemplados por el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural y el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especies forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especies de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en  les Illes Balears.

f. No incurrir en alguna de las prohibiciones que establecen los apartados 1 y 2 del artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

g. La cuantía total de ayudas de minimis por beneficiario no puede exceder del indicado en su punto 2 del artículo 3 del Reglamento (UE)1408/2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea de las ayudas de minimis en el sector agrícola.

Fundamentos de derecho

1. Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio natural y el Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) para establecer las bases reguladoras de las ayudas al amparo del Programa de uso de semilla certificada de especies forrajeras, del Programa de uso de semilla certificada de especies de cereales y de leguminosas, del Programa de siembra de semilla de determinadas especies melíferas, y del Programa de apoyo a la inseminación artificial para la mejora genética del ganado vacuno de aptitud lechera, para el mantenimiento de los beneficios ambientales y sociales que genera la actividad agraria en  les Illes Balears, publicado en el BOIB N.º 86 de 29 de junio de 2024.

2. Las Instrucciones de participación en el Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, publicadas en la página web del IRFAP el día 7 de junio de 2024.

3. La Ley de Subvenciones, aprobada por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis al sector agrícola.

5. La Resolución del Presidente del Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024, de17 de septiembre de 2024 publicada en el BOIB N.º 122.

Propuesta de resolución de concesión

Por todo esto, se informa favorablemente sobre la concesión de las subvenciones de minimis del Programa de uso de semilla certificada de determinadas especies forrajeras del año 2024 (BDNS: 788302) de los expedientes indicados al Anexo II, en los siguientes términos:

1.Proponer la concesión de una subvención a las personas interesadas que constan en el Anexo II (relación de expedientes de concesión de subvención), en que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF, la actuación subvencionada y la cuantía de la subvención y su financiación.

Este anexo se inicia con NIF ***2590**y acaba con NIF ***8380** y el importe total que es procedente conceder es de 29.695,29 €.

2.Proponer autorizar y disponer un gasto de 29.695,29 € a favor de las personas interesadas, con cargo a los presupuestos del IRFAP del año 2024, con los porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo II.

3.Proponer una resolución denegatoria a las personas interesadas que constan en el Anexo III (relación de expedientes de denegación de subvención), en que se indica el número de expediente, la identificación nominal de las personas beneficiarias, el NIF y el motivo de denegación.

4.Publicar la propuesta de Resolución de concesión en el BOIB.

5.Comunicar este informe, la propuesta provisional de concesión y la de denegación a las personas interesadas, haciéndoles evidente que disponen de un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde su publicación en el BOIB, para presentar alegaciones.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de febrero de 2025)

El director de Desarrollo de la Producción Agraria Institut de Recerca i Formació Agroalimentària i Pesquera de les Illes Balears (IRFAP) Jaume Jaume Sureda

Documentos adjuntos