Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 91762
Resolución del director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears por la que se convoca un proceso selectivo para cubrir una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030) Código de expediente: 2025-03-NAHUSE
El Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), establece en el artículo 15 la competencia para ordenar la inserción de edictos en el BOIB y, en el punto 4, especifica que las instituciones o entes públicos no citados en los tres primeros puntos deben acreditar los órganos y las personas que, de acuerdo con su normativa específica, están facultados para ordenar o solicitar la inserción de textos en el BOIB. Si no hay acreditación específica, se debe entender que corresponde a quien ejerza la representación del órgano, el ente o la institución que emana el texto.
Por otra parte, de acuerdo con el artículo 27 de los estatutos de la Fundación, la Dirección Gerencia de la Fundación tiene la competencia para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación del personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden a la presidencia.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la convocatoria, con código de expediente 2025-03-NAHUSE, para cubrir una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030).
Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de febrero de 2025)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 1 Convocatoria del proceso selectivo para cubrir una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030)
La Fundación tiene encomendadas, entre otras, las funciones de gestionar medios y recursos al servicio de ejecución de programas de investigación clínica, básica y aplicada, el desarrollo tecnológico y la innovación en el campo de la salud.
Para poder llevar a cabo estas funciones, la Fundación necesita convocar una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030).
El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma en la contratación de personal laboral, y prevé que «la selección del personal se ajustará a los sistemas y los procedimientos que se establecen en la Ley de la Función Pública de las Illes Balears».
Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears disponen que se deben aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.
El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la contabilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en lo referente a la selección del personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo ello, y en el ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 28.1 i de los estatutos fundacionales vigentes,
CONVOCO:
El proceso para la selección una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030) con los requisitos, las características y los criterios de selección siguientes:
I. Requisitos de participación
No se valorarán los CV de las personas que no cumplan con los requisitos.
II. Funciones
III. Presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar en el registro físico de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears o mediante el correo electrónico(1) de la Unidad de Recursos Humanos: idisba.convocatorias@ssib.es. Se ha de indicar el código de expediente «2025-03-NAHUSE» en el asunto del correo electrónico.
El plazo de recepción de solicitudes será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria.
Las personas aspirantes deberán presentar junto con la solicitud la documentación acreditativa de los requisitos y de los méritos que aleguen en la forma que establecen estas bases. No se podrá valorar ningún mérito que no se haya acreditado con la aportación de la documentación correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos que puedan advertirse en la solicitud podrán ser corregidos en cualquier momento de oficio o a petición del interesado o de la interesada.
(1)Los documentos adjuntos al correo han de estar en formato PDF y comprimidos en un único ZIP.
IV. Admisión de las personas aspirantes
Una vez vencido el plazo para presentar las solicitudes y la documentación requerida para participar en el procedimiento de selección, la Dirección Gerencia del IdISBa dictará una resolución para declarar aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, con la indicación de las causas de exclusión. Esta resolución se publicará en la página web del IdISBa (www.idisba.es).
Las personas aspirantes excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, contando a partir del día siguiente de la publicación de la resolución, para enmendar el defecto que motivara su exclusión u omisión, así como para adjuntar, en caso pertinente, la documentación que sea preceptiva. En el caso de no subsanar o adjuntar la documentación indicada, se entenderá que desisten en su solicitud.
Vencido este plazo, se dictará una resolución mediante la cual se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo. En esta resolución se indicarán las instrucciones para que quien desee ir a la entrevista pueda confirmar su asistencia.
Se abrirá un plazo de 3 días hábiles para presentar alegaciones a las puntuaciones obtenidas en la lista definitiva.
V. Reserva a favor de las personas con discapacidad
Existe en el IdISBa una reserva del 7 % de los lugares de trabajo para personas con discapacidad, según el Real Decreto Ley 5/2015 del TREBEP. No obstante, esta plaza no está reservada para este fin.
VI. Tribunal calificador
Miembros suplentes:
El tribunal calificador puede declarar, previo informe motivado, la convocatoria desierta a causa de la falta de adecuación de candidatos y candidatas.
El tribunal calificador de este proceso selectivo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, así como en el resto de disposiciones vigentes.
Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que puedan surgir en el desarrollo de este proceso de selección, y adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
VII. Resolución de la convocatoria y publicación de la bolsa
Una vez finalizado el proceso selectivo, el tribunal calificador elaborará una resolución definitiva de todas las personas aspirantes, ordenada según la puntuación total obtenida, de mayor a menor, que implicará la constitución de una bolsa de trabajo para los dos próximos años en el puesto ofertado en la publicación de la oferta, con priorización del mismo orden de puntuación. Esta resolución se publicará en la web de la Fundación (www.idisba.es).
La contratación y la constitución de la bolsa de trabajo se harán de acuerdo con el orden de prelación.
VIII. Modalidad de contratación
IX. Acreditación de requisitos y méritos
Los requisitos y méritos que aleguen las personas aspirantes se deben acreditar mediante la presentación de copia o copia compulsada de la siguiente documentación:
a) Experiencia profesional: mediante certificado firmado por la persona responsable de la entidad donde se han prestado los servicios con especificación del tiempo de experiencia en los diferentes ámbitos que se valoran en esta convocatoria. En caso de no ser posible, es necesario presentar el contrato y la vida laboral.
b) Titulación académica: copia de ambas caras del título. En caso de titulaciones expedidas en el extranjero, es necesario aportar la homologación correspondiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Si el título procede de un estado miembro de la Unión Europea, se ha de presentar el certificado acreditativo del reconocimiento o de la homologación del título equivalente, de conformidad con la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre de 1988, el Real Decreto 1837/2008, el Real Decreto 967/2014 y otras normas de transposición y despliegue.
c) Cursos, seminarios, becas, etc.: copia de los certificados o diplomas acreditativos de los cursos que se han llevado a cabo, con expresión del número de horas de duración de la acción formativa o ECTS.
d) Conocimientos orales y escritos de idiomas: mediante copia de certificado expedida por el órgano competente (EOI, Consejería, UIB u otras universidades o centros de acreditación de reconocido prestigio).
Los méritos se deben acreditar con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas aspirantes tienen que presentar todos los documentos acreditativos de sus méritos ordenados de acuerdo con los apartados del baremo de méritos y numerados correlativamente (junto con el autobaremo que acompaña a estas bases).
La documentación acreditativa de todos los méritos se debe presentar junto con la solicitud. En caso de haber presentado inicialmente copias no compulsadas, en la entrevista se deberá presentar la documentación original acreditativa de todos los méritos.
X. Proceso de selección
Valoración de méritos acreditados por las personas aspirantes, de acuerdo con el siguiente baremo, además de una entrevista personal:
1. Experiencia profesional (3.5 puntos máx.)
2. Formación (2.5 puntos máx.)
3. Actividad científica (2 puntos máx.)
4. Conocimiento de idiomas (1 punto máx.)
Solo se valorará el nivel de acreditación más alto por cada idioma.
5. Entrevista personal (1 punto máx.)
La entrevista versará sobre temas relacionados con la oferta de trabajo. La persona candidata deberá aportar en la entrevista los documentos originales para poder cotejarlos en caso de no haberlos aportado ya cotejados previamente junto con la solicitud.
Para poder acceder a la entrevista se deberá obtener un mínimo de 2 puntos en la baremación de méritos revisada por el tribunal.
El día y la hora de la entrevista se publicarán en la web de la Fundación: www.idisba.es. La persona candidata ha de confirmar la realización de la entrevista para que le sea adjudicada una hora concreta. En caso de que la entrevista se realice virtualmente, la documentación original deberá presentarse cuando así lo solicite la Unidad de Recursos Humanos.
No hacer la entrevista supondrá la exclusión del proceso selectivo.
XI. Recursos
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, sin que se pueda interponer otro recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de febrero de 2025)
El director gerente de la Fundación Carlos Enrique Herrero
ANEXO 2 Formulario de inscripción para la convocatoria de una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control dela hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030)
Nombre: Apellidos:
DNI/NIE:
Dirección:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico:
EXPONGO:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso para la selección y posterior cobertura de una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030).
DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA
DECLARO:
Así, por todo lo expuesto,
SOLICITO:
Mi admisión para formar parte del proceso selectivo de una plaza de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030).
En _______________, el _____ de ________________ de ______
Firma
ANEXO 3 AUTOEVALUACIÓN DE MÉRITOS
Proceso para la selección de apoyo proyecto de investigación, del grupo profesional B, para el proyecto «Impacto en el manejo de trastornos respiratorios del sueño en el control de la hipertensión sistémica» METASLEEP (PMP 22/00030) |
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NOMBRE |
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PUNTOS MÁX. |
PUNTOS |
DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA QUE SE ADJUNTA* |
1. Experiencia profesional |
3.5 |
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Experiencia laboral relacionada con las funciones en el puesto de trabajo (0.25 puntos por mes trabajado; 3 puntos máx.). |
3 |
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Experiencia laboral en el ámbito de la investigación no relacionada con las funciones del puesto de trabajo. (0.05 puntos por mes trabajado; 0.5 puntos máx.) |
0.5 |
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2. Formación relacionada |
2.5 |
|
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|
Máster universitario relacionado con la investigación. (1 punto por título; 1 punto máx.) |
1 |
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Cursos relacionados con el puesto de trabajo (0.1 puntos por cada 10 h acreditadas; 1 punto máx.) |
1 |
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Curso de Bioética y Buenas Prácticas Clínicas y curso IATA (0.5 puntos; 0.5 puntos máx.) |
0.5 |
|
|
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3. Actividad científica |
2 |
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Participación en proyectos de investigación sanitaria competitivos de ámbito nacional (1 punto por proyecto; 1 punto máx.) |
1 |
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Participación en actividades de divulgación científica (0.1 puntos por certificado; 0.5 puntos máximo). |
0.5 |
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Artículos publicados en revistas indexadas (1 punto máx.): |
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Como primer o último autor o como autor de correspondencia (0.5 puntos por publicación). |
1 |
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Como autor en posición diferente de las anteriores (0.25 puntos por publicación). |
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Comunicaciones, ponencias o pósteres en congresos relacionados con investigación en apnea del sueño (0.75 puntos máx.): |
||||
Congresos internacionales (0.5 puntos máx.). |
0.75 |
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Congresos nacionales (0.25 puntos máx.). |
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4. Conocimientos de idiomas |
1 |
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Nivel B2 de inglés o superior (0.5 puntos). |
0.5 |
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Nivel C1 de inglés o superior (0.5 puntos). |
0.5 |
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5. Entrevista |
1 |
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TOTAL |
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* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que se adjuntan para el cómputo correcto de los puntos. (Ej.: certificado B2 inglés de la EOI). |