Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 85580
Propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones en el marco de la convocatoria de las ayudas de minimis para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU
Antecedentes
1. El 22 de agosto de 2024, se publicó, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. El 26 de septiembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
3. De acuerdo con la nueva redacción del apartado 11 de la convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes se inició el 23 de agosto de 2024 y finalizó el 31 de octubre de 2024.
4. El 6 de febrero de 2025, se ha publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria en el sentido de ampliar el plazo de ejecución y justificación de la ayuda.
5. De acuerdo con la nueva redacción de los apartados 12 y 13 de la convocatoria, el plazo de ejecución finaliza el 31 de mayo de 2025 y el plazo de justificación finaliza el 30 de junio de 2025.
6. De acuerdo con el artículo 11 de la Orden 31/2024 y el apartado 8 de la convocatoria, esta está sometida al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis. La aplicación del Reglamento implica que la persona beneficiaria, como única empresa, no puede percibir ayudas de minimis procedentes de administraciones o de entidades públicas o privadas financiadas con cargo a los presupuestos públicos por un importe superior a 300.000 euros en el periodo de tres años.
7. De acuerdo con el punto 4 de la convocatoria, el crédito inicialmente asignado a esta convocatoria es de 10.094.723,68 euros, financiados con los fondos procedentes del PRTR, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053, o la que la pueda sustituir, con la distribución presupuestaria siguiente:
Anualidad |
Partida presupuestaria |
Cuantía (euros) |
---|---|---|
2024 |
12201/G/751C01/77000/00/MR053 |
0,00 |
2025 |
12201/G/751C01/77000/00/MR053 |
10.094.723,68 |
|
|
10.094.723,68 |
8. El artículo 17.2 de la Orden 31/2024 establece que, dado que el objeto de la subvención es la financiación de actuaciones que no requieren la valoración comparativa con otras propuestas, se pueden dictar las resoluciones de concesión de las ayudas, una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, aunque no haya finalizado el plazo de presentación de las solicitudes. La convocatoria no prevé la intervención de ninguna comisión evaluadora.
Por otro lado, el artículo 17.1 de la Orden establece que la selección de las personas beneficiarias de las subvenciones se tiene que efectuar mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva. Las personas beneficiarias tienen que ser seleccionadas por riguroso orden de entrada de las solicitudes, de acuerdo con los artículos 14 y 15 de la Orden, y hasta que se haya agotado el crédito presupuestario asignado en la convocatoria.
9. El 5 de octubre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la primera propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones a los expedientes que ocupan el orden de prelación del 1 al 12.
10. El 16 de noviembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la segunda propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones a los expedientes que ocupan el orden de prelación del 13 al 57.
11. El 3 de diciembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la tercera propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones a los expedientes que ocupan el orden de prelación del 58 al 126.
12. El 21 de diciembre de 2024, se ha publicado, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la cuarta propuesta de resolución por la que se conceden subvenciones a los expedientes que ocupan el orden de prelación del 127 al 190.
13. El órgano instructor ha analizado las solicitudes presentadas y, en aplicación de los criterios para la adjudicación de la ayuda prevista en la convocatoria, se relacionan en el anexo de esta propuesta de resolución las personas propuestas como beneficiarias de la ayuda, el nombre del establecimiento donde se tienen que realizar las actuaciones, el presupuesto de la actuación solicitado, el presupuesto de la actuación subvencionable, el importe de la ayuda solicitada y el importe de la ayuda propuesta, calculado de acuerdo con el punto 5 de la convocatoria —actuaciones subvencionables—, el punto 6 —gastos subvencionables— y el punto 7 de la convocatoria —intensidad de la ayuda, límites y exclusión. En concreto, el punto 7 de la convocatoria establece que la intensidad de la ayuda es del 70 % de los gastos subvencionables.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_182/2024, no se consideran actuaciones subvencionables el equipo de ozono y su instalación (11.931,31) ni la adquisición de un robot limpia fondos automático (1.850,00 €), dado que no encajan en ninguna de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_184/2024, no se consideran actuaciones subvencionables el equipo de ozono y su instalación (11.931,31) ni la adquisición de un robot limpia fondos automático (1.850,00 €), dado que no encajan en ninguna de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_220/2024, no se considera actuación subvencionable el sistema de descalcificación de tuberías (4.439,40 €), dado que no encaja en ninguna de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria. No se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de tramitación en Industria (200,00 €) ni visado proyecto en el Colegio de Ingenieros (500,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_247/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de equipos informáticos (628,93 €), de acuerdo con el punto 6.2.h) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_255/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de tramitación y legalización (800,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_258/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de tramitación y legalización (800,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_261/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de memoria, tramitación y legalización (950,00 €) ni estudio básico de seguridad y salud, PRL, líneas de vida durante la ejecución de los trabajos (600,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_265/2024, no se consideran actuaciones subvencionables la instalación de bomba de piscina (6.080,12 €) ni la instalación de bomba deshumectador (4.597,74 €), dado que no encajan en ninguna de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_269/2024, no se consideran gastos subvencionables sonda de inundación (65,00 €), monitorización calidad agua (942,17 €), monitorización cuadro eléctrico (320,00 €), medidor de nivel de diésel (225,00 €) ni la parte proporcional de software y mantenimiento Connect 24 (260,80 €) y de instalación completa (475,00 €) de estas partidas no subvencionables, dado que no encaja en ninguna de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria. No se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de puntos de control anual (306,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.h) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_274/2024, no se considera actuación subvencionable la instalación del sistema antical BIOCAT (76.224,68 €), dado que no encaja en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_26/2024, no se consideran actuaciones subvencionables la instalación de aireadores de grifos y duchas (3.213,50 €) ni el cambio de bombas con variador para piscinas y contadores de chorro múltiple (4.543,10 €), dado que no encajan en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_284/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de cálculo sombras dimensionado energético incluido acceso en el contador e-Distribución (155,00 €), tramitación y gestión subvención a la DGE (150,00 €), documentación autoconsumo registre a la DGE (245,00 €) y tramitación y gestión justificación subvención a la DGT (200,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_288/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de cálculo sombras dimensionado energético incluido acceso en el contador e-Distribución (155,00 €), tramitación y gestión subvención a la DGE (150,00 €), documentación autoconsumo registre a la DGE (245,00 €) y tramitación y gestión justificación subvención a la DGT (200,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_292/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de cálculo sombras dimensionado energético incluido acceso en el contador e-Distribución (155,00 €), tramitación y gestión subvención a la DGE (150,00 €), documentación autoconsumo registre a la DGE (245,00 €) y tramitación y gestión justificación subvención a la DGT (200,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_294/2024, no se considera gasto subvencionable las partidas presupuestarias de documentación comunicación previa municipal y legalización instalación autoconsumo UDIT (650,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_297/2024, el importe de la ayuda solicitada no se corresponde con el 70% del importe total de la actuación subvencionable, atendido el punto 7.1 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_299/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de legalización UDIT (400,00 €) ni documentación comunicación previa municipal (250,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_301/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €) ni documentación comunicación previa municipal (250,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_305/2024, el importe total de las actuaciones subvencionables señalado a la solicitud no coincide con la suma de los importes de los presupuestos, por lo tanto, el importe de la actuación que se considera subvencionable es la suma de los importes de los presupuestos. No se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de trámites de subvención (530,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_307/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €) ni documentación comunicación previa municipal (250,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_308/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de trámites de subvención completos (530,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_309/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de legalización instalación autoconsumo UDIT (400,00 €) ni documentación comunicación previa municipal (250,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_310/2024, no se considera gasto subvencionable las partidas presupuestarias de documentación y gestión técnica de los dos proyectos de placas solares (6.200,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_315/2024, no se considera gasto subvencionable las partidas presupuestarias de documentación y gestión técnica (300,00 €) y tramitación con compañía distribuidora (150,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_316/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de estudio y tramitación de subvención (2.900,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_317/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de mano de obra administrativa (400,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria. No se considera actuación subvencionable la climatización (1.487,20 €), dado que no encaja en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria puesto que del estudio detallado explicativo no se desprende que haya equipos anteriores que se sustituyan por otros más eficientes.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_323/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de memoria, tramitación y legalización (500,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_325/2024, no se considera actuación subvencionable la instalación crepuscular y control horario fachada (746,46 €), dado que no encaja en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_326/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de honorarios Inspección ECA (300,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_327/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de documentación y gestión técnica (6.050,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_331/2024, no se considera actuación subvencionable la instalación de una nueva unidad de fancoil al dormitorio principal (490,00 €) y conductas y difusión para fancoil dormitorio principal (245,00 €), dado que no encaja en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria, puesto que añadir un nuevo aparato no supone una mejora de la eficiencia energética.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_332/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de mano de obra administrativa (600,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_334/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de documentación, tramitación (350,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_336/2024, no se considera gasto subvencionable la partida presupuestaria de documentación, tramitación (350,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_340/2024, no se considera actuación subvencionable la reparación y restauración del sistema de recogida y almacenamiento de agua pluviales provenientes de los tejados y terraza (6.100,00 €), dado que no encaja en ninguno de las tipologías de actuaciones subvencionables previstas en el punto 5.2 de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_344/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de legalización de 20 a 35 kw (750,00 €), tramitación de subvención (250,00 €) y extensión de garantía 20 años (550,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
En lo referente al expediente TUR_AJDEF2_350/2024, no se consideran gastos subvencionables las partidas presupuestarias de gestión de documentación solicitud y justificación ayuda mejora de la eficiencia energética DG Turismo (600,00 €) ni los honorarios de inspección ECA de obligado cumplimiento (325,00 €), de acuerdo con el punto 6.2.c) de la convocatoria.
14. De conformidad con el artículo 18.1 de la Orden 31/2024, la persona instructora, a la vista de los expedientes, han de formular la propuesta de resolución. Esta se ha de notificar a la persona interesada, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, y se ha de abrir un trámite de audiencia de diez días hábiles a fin de que puedan formular las alegaciones que considere oportunas.
15. Consta en los expedientes administrativos que todas las personas propuestas como beneficiarias se encuentran al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
16. Consta en los expedientes administrativos el compromiso de las entidades beneficiarias del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la aplicación del principio DNSH, en el marco del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el cual se establece el mecanismo de recuperación y resiliencia; el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo, y la Guía técnica de la Comisión Europea (2021/c58/01) sobre la aplicación de este principio.
17. Hay crédito adecuado y suficiente para imputar los pagos de las ayudas a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 o la que la pueda sustituir.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Reglamento de esta, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. El Texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del PRTR.
7. La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se tienen que financiar con fondos europeos en el marco del PRTR.
8. La Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, per la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el cual se amplía el reparto territorial de crédito, con cargo al presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022 de la línea de financiación para proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas turísticas del PRTR.
9. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
10. La Orden 31/2024 de 14 de agosto de 2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la cual se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
11. La Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 23 de septiembre de 2024 por la cual se modifica la convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU, en el sentido de ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
12. El Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE a las ayudas de minimis.
Por todo ello, dicto la siguiente
Propuesta de resolución
Propongo al consejero de Turismo, Cultura y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:
1. Conceder una subvención a las personas solicitantes indicadas en el anexo y por el importe que se señala, en el marco de la nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del PRTR financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
2. Autorizar y disponer un gasto global de 1.544.244,62 euros a favor de las personas que figuran en el anexo y por los importes individuales que se indican, con cargo a la partida presupuestaria 12201/G/751C01/77000/00/MR053 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 o la que la pueda sustituir.
3. Hacer constar que los créditos que se transfieren a las entidades beneficiarias quedan legalmente afectados a la financiación de las actuaciones recogidas en el anexo, según la descripción de la memoria presentada con la solicitud.
4. Hacer constar que, de acuerdo con el apartado 12 de la convocatoria, el periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables se inicia a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud y finaliza el 31 de mayo de 2025.
5. Hacer constar que, de acuerdo con el apartado 13 de la convocatoria, el plazo para la justificación de la subvención finaliza el 30 de junio de 2025. De acuerdo con el artículo 21.3 de la Orden 31/2024, la justificación de la ayuda consiste en la presentación de la documentación siguiente:
a) Una cuenta justificativa en la que tiene que constar como mínimo una relación detallada de los gastos en que se haya incurrido para la ejecución de la actuación subvencionada, con indicación de la descripción del tipo de gasto, el número de factura, la fecha de emisión, la persona acreedora, el importe, la fecha de pago y el porcentaje de imputación a esta subvención.
b) Facturas o documentos justificativos equivalentes, de acuerdo con la normativa de aplicación de los gastos relacionados en el punto anterior, así como los justificantes bancarios del abono de estos.
c) Una memoria de actuación justificativa, de acuerdo con el estudio detallado explicativo presentado con la solicitud.
d) Reportaje fotográfico de las actuaciones realizadas que incluya fotografías de la situación del edificio tras las actuaciones y, si procede, de los equipos e instalaciones principales finales objeto de la ayuda, donde se muestre el cartel publicitario de la actuación. Información y enlace al sitio de Internet de la persona beneficiaria de las ayudas, en el supuesto de que disponga de un sitio, donde esta persona beneficiaria de las ayudas tiene que informar al público del posible apoyo obtenido de los fondos Next Generation o del PRTR, o, si procede, del instrumento de la Unión Europea que corresponda, haciendo una breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.
La presentación de la justificación tiene que hacerse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico puesto a disposición de las personas interesadas en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. El acceso a este trámite se puede hacer también desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Justificación de la subvención.
6. Hacer constar que, de acuerdo con el apartado 14 de la convocatoria, el pago se tiene que hacer una vez que se haya presentado la justificación de la ayuda, se haya comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Orden que aprueba esta convocatoria y se haya dictado la resolución de concesión de la subvención.
7. Hacer constar que la persona beneficiaria de la subvención tiene que cumplir el régimen de publicidad establecido en el apartado 17 de la convocatoria. Los modelos de los carteles informativos permanentes se pueden encontrar en la página web mrrturisme.caib.es.
8. Hacer constar que esta subvención ha sido financiada con fondos procedentes del Ministerio de Industria y Turismo, en el marco del PRTR del mecanismo de recuperación y resiliencia.
Trámite de audiencia
De conformidad con el artículo 18.1 de la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, se concede un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta propuesta de resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que las personas solicitantes interesadas puedan formular alegaciones.
La presentación de las alegaciones tiene que hacerse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico puesto a disposición de las personas interesadas en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. El acceso a este trámite se puede hacer también desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Convocatorias tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular en establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Alegaciones en trámite de audiencia. La identificación en el trámite telemático se tiene que hacer introduciendo el número de expediente correspondiente que se indica en el anexo.
No se consideran válidas, y, por lo tanto, se tendrán por no presentadas, las alegaciones por otro medio que no sea el trámite electrónico específico mencionado.
En el supuesto de que en el plazo concedido para el trámite de audiencia no se formulen alegaciones a la propuesta de resolución y siempre que no se haya renunciado a la solicitud presentada, se entiende que la persona solicitante acepta el importe de la subvención.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de febrero de 2025)
La secretaria general María Isabel Sáez Sastre
ANEXO Personas propuestas como beneficiarias
Nº de orden de prelación |
Número de expediente |
NIF solicitante |
Solicitante |
Nombre del establecimiento |
Actuación |
Presupuesto de la actuación solicitado (€) |
Presupuesto de la actuación subvenciona-ble (€) |
Importe de la ayuda solicitada (€) |
Importe de la ayuda propuesta (€) |
191 |
TUR_AJDEF2_182/2024 |
B57813602 |
FERGUSMED, S.L. |
FERGUS CLUB EUROPA |
IMPLEMENTACIÓN DE TECNOLOGÍAS EN LA GESTIÓN DE PISCINAS Y RECURSOS ENERGÉTICOS FERGUS HOTELES |
19.200,07 |
5.418,76 |
13.440,05 |
3.793,13 |
192 |
TUR_AJDEF2_184/2024 |
B57813602 |
FERGUSMED, S.L. |
FERGUS STYLE BAHAMAS |
IMPLEMENTACIÓN DE TECNOLOGÍAS EN LA GESTIÓN DE PISCINAS Y RECURSOS ENERGÉTICOS FERGUS HOTELES |
16.877,86 |
3.096,55 |
11.814,50 |
2.167,59 |
193 |
TUR_AJDEF2_220/2024 |
B07744584 |
MARTHA'S APARTAMENTOS, S.L. |
MARTHAS APARTAMENTOS, S.L. |
SOLICITUD SUBVENCIÓN PARA MEJORA DE La EFICIENCIA ENERGÉTICA |
98.438,06 |
93.298,66 |
68.906,64 |
65.309,06 |
194 |
TUR_AJDEF2_247/2024 |
B07963523 |
GRUPO ISLA MEDITERRANEO, S.L. |
MENORCA SUR |
Implementación de un sistema SCADA avanzado en el Grupo de Villes Menorca Sur |
29.595,70 |
28.966,77 |
20.716,99 |
20.276,74 |
195 |
TUR_AJDEF2_251/2024 |
A07178908 |
ANLUGA, S.A. |
HOTEL BAHIA CALA MILLOR |
IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
41.975,00 |
41.975,00 |
29.382,50 |
29.382,50 |
196 |
TUR_AJDEF2_253/2024 |
A07178908 |
ANLUGA, S.A. |
CALA MILLOR PARK |
IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
41.975,00 |
41.975,00 |
29.382,50 |
29.382,50 |
197 |
TUR_AJDEF2_255/2024 |
***3030** |
****** |
CA N'ALOY |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO CON ACUMULACIÓN |
15.510,00 |
14.710,00 |
10.857,00 |
10.297,00 |
198 |
TUR_AJDEF2_258/2024 |
***2944** |
****** |
ES TRAST |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO CON ALMACENAMIENTO |
15.510,00 |
14.710,00 |
10.857,00 |
10.297,00 |
199 |
TUR_AJDEF2_260/2024 |
B08816233 |
CALA MILLOR NOU, S.L. |
BAHIA GRANDE |
IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA WATERSITE© PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
41.975,00 |
41.975,00 |
29.382,50 |
29.382,50 |
200 |
TUR_AJDEF2_261/2024 |
B01597913 |
INVERSIONES CANTO DE MARINA, S.L. |
CANTO DE MARINA |
ANTEPROYECTO De UNA INSTALACIÓN DEE GENERACIÓN De ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA DE 35,2 Kwp EN MARQUESINA FOTOVOLTAICA Y UN SISTEMA De ACUMULACIÓN DE BATERÍAS DE 42 KWH |
97.730,74 |
96.180,74 |
68.411,52 |
67.326,52 |
201 |
TUR_AJDEF2_262/2024 |
B01773373 |
MAR SENSES, SL |
MARSENSES FERRERA BLANCA HOTEL FAMILY |
INSTALACIÓN DE CLIMATIZACIÓN |
106.474,19 |
106.474,19 |
74.531,93 |
74.531,93 |
202 |
TUR_AJDEF2_265/2024 |
B01773373 |
MAR SENSES |
MARSENSES PUERTO POLLENÇA |
PRODUCCIÓN DE ACS |
117.421,04 |
106.743,18 |
82.194,73 |
74.720,23 |
203 |
TUR_AJDEF2_267/2024 |
A07178908 |
ANLUGA, S.A. |
HOTEL HIPOCAMPO |
IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
41.975,00 |
41.975,00 |
29.382,50 |
29.382,50 |
204 |
TUR_AJDEF2_269/2024 |
V07330426 |
AGROMAS, S.A.T. |
ES QUATRE CANTONS |
DIGITALIZACIÓN Y MONITORIZACIÓN |
6.420,82 |
3.826,85 |
4.494,57 |
2.678,80 |
205 |
TUR_AJDEF2_274/2024 |
A07084932 |
DUNAS CALA NAU, S.A. |
DUNAS CALA MILLOR |
PROYECTO DE MONITORIZACIÓN DE PISCINAS Y SISTEMA INNOVADOR ANTICAL PARA PONTENCIAR La EFICIENCIA ENERGÉTICA EN HIPOTELS |
118.199,68 |
41.975,00 |
82.739,78 |
29.382,50 |
206 |
TUR_AJDEF2_278/2024 |
B07823636 |
POINT SOUTH HOTELS, S.L. |
HOTEL PALACIO CAN MARQUÉS |
INSTALACIÓN DE UNA BOMBA DE CALOR DE ALTA TEMPERATURA PARA LA PRODUCCIÓN DE ACS E IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA SCADA PARA EL CONTROL Y MONITORIZACIÓN DEL EDIFICIO |
84.508,41 |
84.508,41 |
59.155,89 |
59.155,89 |
207 |
TUR_AJDEF2_279/2024 |
B07597800 |
EXPLOTADORA MERCEDES, S.L. |
MERCEDES |
IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
41.975,00 |
41.975,00 |
29.382,50 |
29.382,50 |
208 |
TUR_AJDEF2_26/2024 |
A78789708 |
FONTANELLAS PARQUE, S.A. |
HOTEL FONTANELLAS PLAYA |
PROYECTO DE MEJORA DE La EFICIENCIA ENERGÉTICA AL HOTEL FONTANELLAS MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE CONTADORES Y VARIAS MEDIDAS PARA LA MEJORA EN LA GESTIÓN DE RESIDUOS |
39.650,86 |
31.894,26 |
27.755,60 |
22.325,98 |
209 |
TUR_AJDEF2_280/2024 |
A07178908 |
ANLUGA, S.A. |
HOTEL MEDITERRANEO |
IMPLANTACIÓN DE PLATAFORMA PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
34.720,00 |
34.720,00 |
24.304,00 |
24.304,00 |
210 |
TUR_AJDEF2_284/2024 |
***2987** |
****** |
SOL |
INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA De AUTOCONSUMO |
8.115,17 |
7.365,17 |
5.680,62 |
5.155,62 |
211 |
TUR_AJDEF2_288/2024 |
***2987** |
****** |
VENUS |
INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA De AUTOCONSUMO |
8.975,32 |
8.225,32 |
6.282,72 |
5.757,72 |
212 |
TUR_AJDEF2_292/2024 |
***2987** |
****** |
URANO |
INSTALACIÓN SOLAR FOTOVOLTAICA De AUTOCONSUMO |
6.954,85 |
6.204,85 |
4.868,40 |
4.343,40 |
213 |
TUR_AJDEF2_293/2024 |
A07084940 |
JUMARI, S.A. |
HOTEL SAID |
IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA WATERSITE© PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
34.720,00 |
34.720,00 |
24.304,00 |
24.304,00 |
214 |
TUR_AJDEF2_294/2024 |
B16501470 |
TRES MARS 2017, S.L. |
ES RACÓ DE MARIA |
INSTALACIÓN AISLADA, PANELES, MONTAJE, DE INVERSOR DE 10 KW Y BATERÍAS DE 14KW PARA LA EFICIENCIA ENERGÉTICA |
16.441,24 |
15.791,24 |
11.508,86 |
11.053,87 |
215 |
TUR_AJDEF2_296/2024 |
A28257624 |
INMOBILIARIA EUROTEL, S.A. |
HOTEL EUROTEL PUNTA ROTJA |
IMPLEMENTACIÓN DE LA PLATAFORMA WATERSITE© PARA LA MONITORIZACIÓN Y GESTIÓN EFICIENTE DE PISCINAS |
16.290,00 |
16.290,00 |
11.403,00 |
11.403,00 |
216 |
TUR_AJDEF2_297/2024 |
B07122005 |
PLAYAS DE ARTÀ, S.L. |
AGROTURISME SA DUAIA |
INSTALACIÓN De UNA AEROTERMIA POR ACS Y CALEFACCIÓN |
55.689,85 |
55.689,85 |
39.892,90 |
38.982,90 |
217 |
TUR_AJDEF2_299/2024 |
***5137** |
****** |
ES CAMP PLA |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 8 KW Y BATERÍAS DE 16KW PARA LA MEJORA De EFICIENCIA ENERGÉTICA POR EL ALQUILER VACACIONAL |
13.412,51 |
12.762,51 |
9.388,76 |
8.933,76 |
218 |
TUR_AJDEF2_301/2024 |
***4959** |
****** |
SA RAVAL |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 6 KW Y BATERÍAS DE 14 KW PARA LA MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA POR EL ALQUILER VACACIONAL |
13.748,00 |
13.098,00 |
9.623,60 |
9.168,60 |
219 |
TUR_AJDEF2_305/2024 |
B07122005 |
PLAYAS DE ARTÀ, S.L. |
CA NA MOLÍ |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA Y AEROTERMIA |
52.502,63 |
41.978,63 |
36.751,84 |
29.385,04 |
220 |
TUR_AJDEF2_307/2024 |
***5137** |
****** |
SON MONJO |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 6 KW Y BATERÍAS DE 14 KW, INSTALACIÓN (AIRE ACONDICIONADO), PARA LA MEJORA De EFICIENCIA ENERGÉTICA POR EL ALQUILER VACACIONAL |
14.851,00 |
14.201,00 |
10.395,70 |
9.940,70 |
221 |
TUR_AJDEF2_308/2024 |
B07122005 |
PLAYAS DE ARTÀ, S.L. |
CA NA LLUNY |
INSTALACIÓN FV I AEROTERMIA |
56.193,32 |
55.663,32 |
39.354,32 |
38.964,32 |
222 |
TUR_AJDEF2_309/2024 |
***5137** |
****** |
SA PLETA DE SON MONJO |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 6 KW y 14 KW DE BATERÍA |
13.748,00 |
13.098,00 |
9.623,60 |
9.168,60 |
223 |
TUR_AJDEF2_310/2024 |
B07585532 |
ASESORIA LABORAL Y GESTION EMPRESARIAL, S.L. |
CASES DE SON BARBASSA
|
INSTALACIÓN PLACAS SOLARES PARA AUTOCONSUMO |
146.404,76 |
140.204,76 |
102.483,33 |
98.143,33 |
224 |
TUR_AJDEF2_315/2024 |
***8012** |
****** |
CAN SEROL 1/CAN SEROL 2 |
INSTALACIÓN PLACAS SOLARES PARA AUTOCONSUMO |
15.027,24 |
14.577,24 € |
10.519,07 |
10.204,07 |
225 |
TUR_AJDEF2_316/2024 |
B07122005 |
PLAYAS DE ARTÀ, S.L. |
FINCA SA DUAIA DE DALT |
FINCA SA DUAIA DE DALT |
140.076,25 |
137.176,25 |
98.058,38 |
96.023,38 |
226 |
TUR_AJDEF2_317/2024 |
***0308** |
****** |
EL CLOS |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 6 KW Y DE 10 KW DE BATERÍAS Y UN EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN (AIRE ACONDICIONADO) |
15.948,79 |
14.061,59 |
11.164,15 |
9.843,11 |
227 |
TUR_AJDEF2_321/2024 |
B57373748 |
ANHOMO TURISME, S.L.U. |
HM MAR BLAU |
SUSTITUCIÓN DE CONDUCTAS DE ACS Y CLIMATIZACIÓN POR CONDUCTOS NUEVOS MEJOR AISLADOS MONITORIZACIÓN DE CONSUMOS De ENERGÍA Y AGUA |
222.819,98 |
222.819,98 |
155.973,99 |
155.973,99 |
228 |
TUR_AJDEF2_323/2024 |
B57196255 |
MONSERRAT Y REAL PROMOCIONES, S.L. |
SON PELAY |
INSTALACIÓN De ENERGÍA FOTOVOLTAICA PARA AUTOCONSUMO DE 19,8 Kwp DE POTENCIA, CON BATERÍAS DE 15 KWH DE CAPACIDAD Y CONECTADA EN RED |
33.565,89 |
33.065,89 |
23.496,12 |
23.146,12 |
229 |
TUR_AJDEF2_324/2024 |
B57922932 |
RIUTORT PALMA, S.L. |
CAFE RIUTORT |
MEJORAR El AISLAMIENTO Y CAMBIAR VENTANAS PARA MEJORAR La EFICIENCIA ENERGÉTICA |
8.652,00 |
8.652,00 |
6.056,40 |
6.056,40 |
230 |
TUR_AJDEF2_325/2024 |
B57088510 |
HORRACH MOYA HOTELS, S.L. |
HM MARTINIQUE |
SUSTITUCIÓN DE ENFRIADORA POR BOMBA DE CALOR MÁS EFICIENTE CON RECUPERACIÓN PARCIAL DE CALOR CONTROL DE ILUMINACIÓN EN PASILLOS Y FACHADA |
122.876,65 |
122.130,19 |
86.013,66 |
85.491,13 |
231 |
TUR_AJDEF2_326/2024 |
B10552784 |
JULIO Y ROCKY, S.L. |
CA N'ANGELA |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA AUTOCONSUM 13,92kWp<P<15kW |
21.605,35 |
21.305,35 |
15.123,75 |
14.913,75 |
232 |
TUR_AJDEF2_327/2024 |
B84652767 |
CONJUNTO VACACIONAL Y RESIDENCIAL DRACH, S.L. |
PORTO DRACH |
INSTALACIÓN PANELES SOLARES PARA AUTOCONSUMO |
65.429,19 |
59.379,19 |
45.800,43 |
41.565,43 |
233 |
TUR_AJDEF2_329/2024 |
***1022** |
****** |
SES MOTES |
AISLAMIENTO Y SOMBRA |
12.235,00 |
12.235,00 |
8.546,50 |
8.546,50 |
234 |
TUR_AJDEF2_331/2024 |
***8915** |
****** |
VILLA CATA |
PROYECTO DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA |
39.175,36 |
38.440,36 |
27.422,75 |
26.908,25 |
235 |
TUR_AJDEF2_332/2024 |
B57111650 |
XARXES, S.L.U. |
LA VINYA DELS FRARES |
INSTALACIÓN FOTOVOLTAICA DE 12 KW Y 14 KW DE BATERÍAS, PARA LA MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA PARA EL ALQUILER VACACIONAL |
22.340,94 |
21.740,94 |
15.638,66 |
15.218,66 |
236 |
TUR_AJDEF2_334/2024 |
***3142** |
****** |
VILLA ROCAMAR 1 |
REALIZACIÓN DE UNA INSTALACIÓN DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA POR AUTOCONSUMO A VIVIENDA TURÍSTICA |
7.659,65 |
7.309,65 |
5.361,75 |
5.116,76 |
237 |
TUR_AJDEF2_336/2024 |
***3142** |
****** |
BELLAVISTA A |
REALIZACIÓN DE UNA INSTALACIÓN DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA POR AUTOCONSUMO A VIVIENDA TURÍSTICA |
7.659,65 |
7.309,65 |
5.361,75 |
5.116,76 |
238 |
TUR_AJDEF2_338/2024 |
B16626228 |
MULET CLAR, S.L. |
SON VERI VILLAS |
SUSTITUCIÓN DE VENTANAS DE LA VIVIENDA POR VENTANAS CLIMALIT |
13.856,00 |
13.856,00 |
9.699,20 |
9.699,20 |
239 |
TUR_AJDEF2_339/2024 |
B16626228 |
MULET CLAR, S.L. |
SON VERI VILLAS |
SUSTITUCIÓN DE VENTANAS DE LA VIVIENDA POR VENTANAS CLIMALIT SUSTITUCIÓN DE CALENTADOR DE GAS POR TERMO ELÉCTRICO SUSTITUCIÓN DE NEVERA POR UNA MÁS EFICIENTE |
26.037,85 |
26.037,85 |
18.226,50 |
18.226,50 |
240 |
TUR_AJDEF2_340/2024 |
B57946824 |
PUIG DE SES COVES, S.L. |
PUIG DE SES COVES S.L. |
EFICIENCIA EN LA RECOGIDA, ALMACENAMIENTO Y USO DEL AGUA Y ENERGÍA EN PUIG DE SES COVES, SL |
26.736,10 |
20.636,10 |
18.715,27 |
14.445,27 |
241 |
TUR_AJDEF2_342/2024 |
A07023237 |
COMPAÑIA MALLORQUINA DE HOSTELERIA |
GRAN FIESTA |
RECUPERACIÓN DE CALOR DE LA ENFRIADORA |
15.587,00 |
15.587,00 |
10.910,90 |
10.910,90 |
242 |
TUR_AJDEF2_344/2024 |
B56829765 |
SA BASSA CRUA, S.L. |
AGROTURISMO SA BASSA CRUA |
INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA |
32.422,63 |
30.872,63 |
22.695,84 |
21.610,84 |
243 |
TUR_AJDEF2_345/2024 |
B57701898 |
INVESTMENTS & WHOLE SERVICES, S.L. |
HM ALMA BEACH |
CAMBIO NUEVO GRUPO DE PRESIÓN |
17.780,00 |
17.780,00 |
12.446,00 |
12.446,00 |
244 |
TUR_AJDEF2_350/2024 |
B57748725 |
LLUCH ANGHEL GRUP, S.L. |
ROYAL LIFE |
MEJORA ILUMINACIÓN EXISTENTE MEJORA AUTOCONSUMO EDIFICIO Y MEJORA BOILERS DE ACS |
50.350,53 |
49.425,53 |
35.245,71 |
34.597,87 |
|
1.544.244,62 |