Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 72639
Acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa, en relación con la aprobación del encargo de gestión a FECOEV, M.P. para la producción técnica y ejecución de “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025”, que se celebrará los días 7, 8 y 9 de marzo de 2025 en el Recinto Ferial d’Eivissa
El Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 2025, aprobó por unanimidad el acuerdo siguiente :
“(...)
17.2 Propuesta de la consellera ejecutiva del Departament de Joventut, Participació Ciutadana i del Parc Insular de Serveis de “Sa Coma”, para la aprobación del encargo de gestión a FECOEV, M.P., para la producción técnica y ejecución de “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025”, que se celebrará los días 7, 8 y 9 de marzo de 2025 en el Recinto Ferial de Eivissa. Expte . 2025/00000792K
Habiéndose presentado la siguiente propuesta , con la declaración previa de urgencia:
“Es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, a través de su Departament de Joventut, Participació Ciutadana i del Parc Insular de Serveis de “Sa Coma” fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan una promoción de actividades de ocio y de ocio, dirigidas a niños y jóvenes, y que favorezcan la promoción del ocio y del tiempo libre en sus diversos ámbitos.
En este sentido, en fecha 16 de enero de 2025, la consellera ejecutiva del Departament de Joventut, Participació Ciutadana i del Parc Insular de Serveis de “Sa Coma” dictó la providencia de inicio del expediente para el encargo de gestión de la producción técnica y ejecución del “Ciclo Familiar, Infantil y juvenil de Música y Teatro 2025”, que se celebrará los días 7, 8 y 9 de marzo de 2025 en el Recinto Ferial de Ibiza.
De conformidad con el artículo 70.9 y 16 de la EAIB el Consell Insular d'Eivissa tiene competencias propias en materia del deporte, el ocio y la juventud , diseño y aplicación de políticas, planes y programas destinados a la juventud, que ejerce desde que fue transferida la competencia mediante Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells de Menorca y d'Eivissa y Formentera en materia de juventud y ocio establece la transferencia a los consells de Menorca y d'Eivissa y Formentera de las funciones reglamentaria, ejecutiva y de gestión en materia de juventud y ocio (BOIB núm. 184, de 23-12- 2006).
La mencionada Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells insulars de Menorca y d'Eivissa y Formentera en materia de juventud y ocio, en su artículo 2, establece que los consells insulars asumen, como a propias, la función ejecutiva y la gestión en las materias de juventud y ocio, entre otras: a) Educación en el ocio infantil y juvenil; b) Actividades de ocio para niños y jóvenes; g) Actividades juveniles de promoción artística y cultural. Además, establece en su artículo 4.b que el Consell ejercera las funciones relativas a las actividades de ocio con niños y jóvenes, entre otros “Programación y ejecución de actividades de tiempo libre infantil y juvenil”. Y en su artículo 9.b prevé que el Consell asume dentro de su ámbito territorial las funciones de promoción de actividades de desarrollo cultural dirigidas a jóvenes.
Además, la mencionada el artículo 1.1 de la Ley 10/2022, de 23 de diciembre, de ocio educativo para niños y jóvenes de las Islas Baleares, dispone que esta ley tiene por objeto desarrollar en el ámbito de las Illes Balears el derecho de niños y jóvenes a disfrutar de un ocio educativo de calidad, seguro y en condiciones de equidad, sin discriminaciones por razones de sexo o de género, económicas, territoriales, sociales, culturales o de capacidad. Y en su artículo 1.5 prevé, en relación con su objeto y fines, que esta ley reconoce el carácter educativo del ocio y su contribución, junto con la escuela, la familia y la comunidad, al desarrollo integral de la infancia y la juventud, mediante la promoción de valores universales y de derechos humanos, el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres y la promoción de actitudes de reflexión, crítica, participación y compromiso social y medioambiental.
El apartado tercero 7, del Decreto de Presidencia núm. 2023000467, Estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm. 88, de 29-06-2023) establece que las competencias del Departament de Joventut, Participació Ciutadana i del Parc Insular de Serveis de “Sa Coma” comprenden, entre otros: c) La actividad competencial propia relativa a las actividades de ocio y ocio, juventud y equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades.
En este sentido, los espectáculos que forman parte del “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025”, dirigidos a los niños y sus familias, tiene el objetivo de ofrecer al público infantil y juvenil ibicenco eventos musicales de máximo nivel que suponen un beneficio cultural y lúdico favoreciendo el disfrute de espectáculos de primer nivel.
El Consell Insular d'Eivissa no cuenta con los medios propios suficientes para llevar a cabo la programación y ejecución de dicho evento. Sin embargo el artículo 11.1. de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de derecho público se puede encargar a otros órganos o entidades de derecho público de la propia Administración o de otra, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para ejercerlas (...)
Considerando que Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV) es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, y de acuerdo con el art. 1 bis de sus Estatutos tiene “la condición de medio propio del Consell insular d'Eivissa (...)”.
Asimismo, el art. 1.2 establece que "El Consell insular d'Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos (...)", el que dispone que, “Constituye el objeto de la sociedad:
1. La realización de las actividades necesarias para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:
a) Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.
b) Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y reconversión turística.
2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante:
a) La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, incluyendo las actividades de tiempo libre destinadas a la población infantil y juvenil, tanto a nivel público como privado. (...).
El encargo cumple los requisitos establecidos en el Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de julio de 2011, y el 20 de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión de fecha 29-11-2018, en relación con los expedientes de encargos de gestión.
El Consell Insular d'Eivissa destinará a la producción técnica y ejecución del “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025” la cantidad máxima de 262.654,48 euros por la programación y ejecución del encargo de gestión eventual y directa a FECOEV, M.P.. Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3370-2279900 y tendrá el carácter de aportación máxima, a los gastos que realice, en ejecución de las acciones objeto de este encargo.
A tal efecto, con fecha 22 de enero de 2025, se hizo la retención de crédito núm. 2/2025000000135 , por importe de 262.654,48 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3370 2279900 del presupuesto del ejercicio 2025 que dota de crédito suficiente y adecuado el mencionado encargo de gestión.
En fecha 23 de enero de 2025 es firma la memoria técnica donde se concretan tanto las características de los trabajos que deben encargarse, como la justificación, los plazos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prórrogas, etc.
Visto el informe técnico favorable, de fecha 23 de enero de 2025 sobre los criterios económicos y de eficacia que justifican que se encargue a Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV) llevar a cabo la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución del citado evento, que prevé la posibilidad de que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, siempre que el importe de estas prestaciones no exceda del 50% de la cuantía del encargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
Visto el informe de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en relación con este encargo de fecha 23 de enero de 2025.
Asimismo, visto el informe jurídico favorable de fecha 23 de enero de 2025 , con el visto bueno del secretario general de la corporación, en relación con el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado, Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa, M.P. (FECOEV) por llevar a cabo la producción técnica y ejecución del “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025”.
Visto el informe propuesta favorable emitido por el gerente del Campamento de sa Cala des Jondal de fecha 23 de enero de 2025.
Por lo que respecta a la competencia para aprobar el encargo de gestión a un medio propio personificado, de conformidad con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consells insulars, y el apartado cuarto de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público, corresponde al Consell Executiu la aprobación de este encargo de gestión.
Visto, que este encargo de gestión a un medio propio personificado Ferias, Congresos y Eventos d'Eivissa M.P. (FECOEV) para la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución del “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025 ” que se celebrará los días 7, 8 y 9 de marzo de 2025 en el Recinto Ferial d'Eivissa, se realizará de conformidad con la legislación vigente que sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.
En virtud de todo lo anterior y de lo que establece el artículo 72.d) del reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18-09-2010, corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-04-2016), la consejera que suscribe, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas por los Decretos de Presidencia 2023000467, de fecha 29 de junio de 2023, de estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos y núm. 2023000472, de fecha 28 de junio de 2023, de nombramiento de las personas miembros del Consell Executiu y de las vicepresidencias del Consell Insular d'Eivissa (ambos en el BOIB núm. 88, de 29-06-2023), y con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, preceptivo y necesario, de la Intervención de la corporación, y para el caso de que dicho informe sea favorable y de conformidad, elevo al Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, si lo estima adecuado, la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO:
Primero. APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado: Ferias, Congresos y Eventos de Eivissa M.P. (FECOEV) con NIF A07837602, para la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución del “Ciclo Familiar, Infantil y Juvenil de Música y Teatro 2025” , que se celebrará en el Recinto Ferial de Eivissa los días 7, 8 y 9 de marzo de 2025, en los términos establecidos en la memoria técnica de fecha 23 de enero de 2025 que obra en el expediente (CSV 15704506302114442774 , que se publicará como ANEXO del acuerdo que se adopte).
Segundo.- APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo de gestión, con un importe máximo de 262.654,48 €, tal y como se detalla en el apartado 5 de la memoria técnica, con cargo a la partida presupuestaria 3370·2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2025.
Tercero.- NOMBRAR a Francesc Xavier Costa Garcia, gerente del Campamento de sa Cala des Jondal, como encargado de verificar la ejecución del encargo.
Cuarto: NOTIFICAR el acuerdo que se adopte a la entidad interesada: FECOEV, M.P.
Quinto.- PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el perfil del contratante de la Plataforma de contratación del sector público, de acuerdo con los artículos 32.6, 63.6 y 347 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, además de la publicidad establecida en el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.”
(...)”.
Ibiza, 4 de febrero de 2025
El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa José Vicente Garibo Redolat