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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 78989
Resolución del consejero ejecutivo del Departamento de Presidencia relativa la modificación del programa «Jóvenes en la nieve 2025» para la realización del primer turno del grupo de jóvenes de 18 a los 20 años

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Texto

Antecedentes:

1.- El Departamento de Presidencia, a través de la Dirección Insular de Juventud y Participación del Consell de Mallorca, estableció las condiciones y características técnicas que debían regir la contratación, para la organización de un viaje a la nieve para los jóvenes de la isla de Mallorca, en una de las estaciones de esquí de Andorra.

2.- El 16 de diciembre de 2024 se adjudicó el contrato del servicio para la organización de un viaje a la nieve por los jóvenes de Mallorca entre los 18 y 30 años, con NIF B07012107 AVORIS RETAIL DIVISION, SL con un plazo de ejecución en el primer trimestre de 2025.

3.- El 13 enero de 2025 se formalizó este contrato del servicio para la organización de un viaje a la nieve.

4.- El 21 de enero de 2025 la Dirección Insular de Juventud y Participación ha emitido memoria justificativa de la modificación del contrato puesto que dada la fecha de formalización del contrato, 13 de enero de 2025, el primer turno planificado para el grupo de jóvenes de 18 a los 20 años, de 12 a 17 de enero de 2025, no se ha podido realizar por imposibilidad material.

5.- El 21 de enero de 2025 la Dirección Insular de Juventud y Participación dio audiencia al contratista respecto a la modificación propuesta a efectos de que manifestara su conformidad, o no, con la misma y AVORIS RETAIL DIVISION, SL con NIF B07012107  aceptó la notificación.

6.- El 24 de enero de 2025, el consejero ejecutivo de Presidencia ha resuelto el inicio del expediente para la 1ª modificación contractual, modificación informada favorablemente por el servicio de Contratación y por la Secretaría General del departamento de Presidencia.

7.- El 31 de enero de 2025 el consejero ejecutivo de Presidencia ha emitido resolución aprobando  la modificación del contrato del servicio para la organización de un viaje a la nieve para los jóvenes de Mallorca entre los 18 y 30 años formalizado con AVORIS RETAIL DIVISION, SL. con NIF B07012107. Modificación consistente en que el grupo de jóvenes del primer turno, de edad comprendida entre los dieciocho (18) años a los veinte (20) años, puedan viajar junto con el cuarto turno de edad comprendido entre los veintiocho (28) años a los treinta (30) años, del 23 al 28 de marzo. De este modo, los jóvenes del primer turno no quedan excluidos de la actividad prevista, lo cual sería un agravio comparativo con el resto de grupos.

8. Día 4 de febrero de 2025 se firma la formalización del contrato y la técnica de Juventud emite informe favorable sobre la modificación del programa “Jóvenes en la Nieve 2025” para la realización del primer turno para el grupo de jóvenes de 18 a los 20 años.

Fundamentos de derecho:

1. La Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en su artículo 94 señala que los consejos insulares ejercen las competencias que les atribuyen el Estatuto de Autonomía, las leyes del Estado y las leyes de la Comunidad Autónoma.

2. El Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de día 28 de julio de 2023, por el que se establecen las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca donde se adjudican al Departamento de Presidencia la atribución y dirección de las políticas de juventud (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023) y, también, Decreto de la Presidencia de día 10 de julio de 2023, donde se ha resuelto crear los Departamentos en los que ha quedado estructurado el Consell Insular de Mallorca y se concretan las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca de acuerdo con los artículos 21 y 31 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

3.  La Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears donde se recogen las competencias de los consejos insulares en materia de juventud y en concreto los siguientes artículos:

“10.1. En todo caso, les corresponde:

a.- Desarrollar las políticas de juventud previstas en esta ley»

Además, el artículo 25 de esta misma ley establece el contenido de las políticas de juventud:

«25.1.- Las políticas de juventud de las administraciones publican deben garantizar el pleno desarrollo de los derechos del artículo 5 de esta ley, especialmente entre las personas jóvenes en situación de exclusión social, y por este motivo, deben ser encaminadas a :

w.- Promocionar la actividad física y el deporte, tanto desde la vertiente de la salud como de la transmisión de valores».

4. El Decreto 23/2018, de 6 de julio de 2018, por el que se despliegan varios aspectos de la normativa de juventud y de ocio.

Por todo lo anterior

RESUELVO

Primero- Iniciar y aprobar la modificación del programa “Jóvenes en la Nieve 2025” para la realización del primer turno para el grupo de jóvenes de 18 a los 20 años.

Segundo.- Publicar esta resolución en el BOIB incluyendo el anexo que determina los requisitos de la convocatoria para la selección de los jóvenes beneficiarios de esta modificación del programa “Jóvenes en la nieve 2025” para la realización del primer turno para el grupo de jóvenes de 18 a 20 años.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso puede interponerse formalmente ante este consejero ejecutivo/consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno.

Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

ANEXO Convocatoria para la selección de los jóvenes beneficiarios del programa «Jóvenes en la nieve 2025» para la realización del primer turno para el grupo de jóvenes de 18 a 20 años.

El Departamento de Presidencia, a través de la Dirección Insular de Juventud y Participación del Consell de Mallorca, ha organizado unos encuentros en la nieve en invierno 2025 con el fin de promover actividades para el desarrollo social de los jóvenes de dieciocho a treinta años de Mallorca en a través del ocio, la cultura y el deporte, saliendo de la isla y fomentando la práctica de un deporte de nieve en una de las estaciones de esquí de Andorra.

Debido a que la fecha de formalización del contrato fue el 13 de enero de 2025, el primer turno planificado para el grupo de jóvenes de 18 a los 20 años con viaje programado de día 12 a 17 de enero de 2025 no se ha podido realizar por imposibilidad material, se ha dictado resolución por parte del consejero ejecutivo de Presidencia de la modificación del contrato formalizado con NIF B07012107 AVORIS RETAIL DIVISION, SL. Modificación consistente en que el grupo de jóvenes del primer turno, de edad comprendida entre los dieciocho (18) años a los veinte (20) años de edad puedan viajar junto con el cuarto turno de edad comprendida entre los veintiocho (28) años a los treinta (30) años, del 23 al 28 de marzo de 2025.

De este modo los jóvenes del primer turno no quedan excluidos de la actividad prevista, lo cual sería un agravio comparativo con el resto de grupos.

 

2. Características y estructura del viaje

a. Duración y fechas

Este viaje tiene una duración de 6 días y 5 noches a desarrollar del domingo 23 de marzo al viernes 28 de marzo de 2025, y destinada a los jóvenes nacidos entre 2004 y 2006, de 18 a 20 años.

De los seis (6) días habrá cuatro (4) días dedicados a la práctica del esquí/Snow. También deben preverse durante los cuatro (4) días, un mínimo de una actividad diaria dinamizadora y de cohesión de grupo con monitores especializados en ocio educativo.

b. Número de plazas

El número de participantes a los que se les ofrece la actividad se ha determinado para un grupo de 61 jóvenes.

El número total de plazas serán de 61 jóvenes participantes + 3 plazas destinadas al personal técnico del Departament de Presidència.

También, se prevé que haya un monitor/dinamizador acompañante a los jóvenes en el lugar de la actividad y que se encargarán de acompañar al grupo durante la estancia.

c. Requisitos de las personas destinatarias

Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Residentes en la isla de Mallorca
  • Edad: entre 18 y 20 años ambos incluidos, nacidos desde el año 2004 hasta el año 2006.
  • Contar con un certificado de residencia de viaje actualizado.

d. Precio y gastos financiados:

Esta dirección insular sufragará una parte significativa de los gastos asociados a las estancias, aligerando así la carga económica sobre las personas participantes.

En este sentido, el importe es de 959,39 € (IVA incluido), de los cuales:

  • El 70% del coste del servicio será sufragado por la citada Dirección Insular en la entidad que resulte adjudicataria del contrato de servicio. Este importe se cuantifica en 671,57€ (IVA incluido).
  • El 30% restante del coste del servicio será sufragado por los jóvenes que resulten beneficiarios del sorteo que se llevará a cabo para la selección de los mismos. El porcentaje se detalla en 287,82 € (IVA incluido).

El precio total incluye:

  • Viaje de ida y vuelta desde Palma hasta el alojamiento seleccionado que consiste en:
  • Vuelo directo desde Palma hasta el aeropuerto de destino con equipaje facturado y equipaje de mano.
  • Transporte terrestre en autocar desde el aeropuerto de destino hasta el sitio de alojamiento y, de ser necesario, también desde el lugar de alojamiento hasta las pistas de esquí.
  • Estancia en un alojamiento mínimo de tres estrellas con habitaciones múltiples y los servicios necesarios para una adecuada confortabilidad.
  • La manutención será pensión completa toda la duración del viaje, y se distribuirá de la siguiente forma: media pensión con merienda y cena en el alojamiento y almuerzos incluidos para la toda la estancia. Para aquellas personas que por enfermedad o accidente no pudieran subirse a las pistas, estará incluida su manutención en el propio hotel en el que se encuentren alojadas.
  • Alquiler del equipo completo de gama media (botas, esquís/tabla Snow, casco y bastones) para la práctica de esquí o de Snow y disposición de jaulas guardaesquís adecuadas para todo el equipo.
  • Cuatro (4) días de Forfait en la estación de esquí con su seguro correspondiente.
  • Tres horas diarias de 10:00 a 13:00 horas, durante los cuatro primeros días de la estancia, de curso de esquí o Snow en grupos por parte de la escuela de esquí de la estación, seleccionados según el nivel de cada participante por los monitores de dicha escuela.
  • Actividades de ocio dirigidas por los dinamizador/monitor después de las horas de esquí o de Snow.
  • En caso de que la estación de esquí pudiera estar cerrada por condiciones climatológicas, habrá un programa diferente que incluirá actividades alternativas con excursiones a lugares de interés turísticos de la zona. Este programa alternativo sólo se llevará a cabo si las condiciones lo permiten y con el visto bueno de los responsables del Consell de Mallorca desplazados con la expedición.
  • Se prevén dos seguros. El primero de ellos será una póliza en las pistas de esquí que contarán con una cobertura diaria, aproximada, de 3.000,00 €. El segundo deberá ser una póliza de responsabilidad civil para cubrir todos aquellos daños y perjuicios derivados de la logística del viaje.

Cualquier actividad o gasto adicional fuera del programa de ocio, que supongan un coste adicional al ya contratado, no podrán ser sufragadas en ningún caso por el Consell Insular de Mallorca y correrán a cargo de los jóvenes en cuestión.

4. Trámites

PRIMERO. Solicitud de preinscripción por el sorteo

  • La solicitud de preinscripción por el programa « Jóvenes en la Nieve 2025» debe hacerse obligatoriamente a través de la sede electrónica del Consell de Mallorca ( https://seu.conselldemallorca.net ).
  • Se cumplimentará un formulario predeterminado para este proceso, teniendo en cuenta el turno correspondiente en función de la edad.
  • El plazo de preinscripción será de 5 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB de la presente convocatoria.

En caso de que un mismo participante presente más de una solicitud de preinscripción, únicamente se tendrá en cuenta la última solicitud presentada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la convocatoria.

Son motivo de exclusión:

  • Cuando los datos aportados en la solicitud son falsos.
  • Cuando no se cumple alguno de los requisitos establecidos en estas bases.
  • Las preinscripciones realizadas fuera de los canales habilitados para la presentación de la solicitud o fuera de plazo.

El hecho de formalizar la solicitud de preinscripción no garantiza tener plaza, sólo dará opción a formar parte de la lista provisional de admitidos para participar en el sorteo y optar a una vacante.

SEGUNDO. Listado de preinscripciones admitidas

Finalizado el plazo de preinscripción, se publicarán los listados de los participantes admitidos y excluidos para el turno, en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca. ( https://joventut.conselldemallorca.cat/ )

Teniendo en cuenta lo que establece la normativa sobre protección de datos, la publicación de todos los listados de la presente convocatoria se harán con la identificación, a través del DNI/NIE/ pasaporte del participante.

A cada participante admitido se le asignará un número acorde con el orden del registro de entrada de las solicitudes, que servirá de referencia para el sorteo.

TERCERO. Sorteo de adjudicación de plazas

Publicado el listado definitivo de los preinscritos se realizará un sorteo, que será público y tendrá lugar en el Hogar de la Juventud, c/ General Riera, 111, Palma (CP 07010). El día y hora del sorteo se publicará con el listado definitivo de preinscritos.

El procedimiento consistirá en extraer un número aleatorio de entre todos los números asignados a los participantes en la lista definitiva de admitidos que establecerá el orden de adjudicación (a partir del número extraído siguiendo los números consecutivos hasta completar todas las plazas disponibles) .

El resultado del sorteo (el número extraído) se publicará en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca. ( https://joventut.conselldemallorca.cat/ )

CUARTO. Lista de adjudicación de plazas

Una vez realizado el sorteo, se elaborará el listado de adjudicación de las plazas y se publicará en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca y en la sede electrónica.

La publicación del listado de adjudicación se realizará a partir del día siguiente del sorteo.

Junto con el listado se indicará el nombre y los datos de la empresa adjudicataria encargada de la organización del viaje-programa « Jóvenes en la Nieve 2025 ».

Los participantes que no hayan sido seleccionados, pasarán a una lista de espera por el orden establecido en el sorteo y podrán optar a una plaza que no se haya ocupado o quede desierta por distintos motivos.

QUINTO. Proceso de inscripciones

Publicada la lista de adjudicación de plazas en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca, la Dirección Insular de Juventud y Participación facilitará a la empresa adjudicataria este listado.

La empresa organizadora se pondrá en contacto con los participantes seleccionados, mediante el teléfono y el correo electrónico aportado en el proceso de preinscripción, a efectos de cumplimentar el formulario de inscripción, presentar la documentación requerida por el viaje y realizar el pago del 30% del total del precio de la parte no financiada.

Los participantes con plaza adjudicada dispondrán de un plazo de tres días naturales para responder al correo y/o al teléfono a la empresa organizadora, y de cuatro días naturales desde el contacto con la empresa adjudicataria responsable de gestionar el viaje, para la presentación de la documentación requerida y del justificante de pago. En caso de los participantes que no den respuesta a la empresa o que no envíen la documentación requerida dentro de estos plazos, quedarán excluidos y se continuará con el siguiente de la lista.

Concretamente, la documentación que debe aportarse a la empresa organizadora es la siguiente:

a. Copia del DNI/NIE/pasaporte

b. Certificado de residencia (sirve el certificado de viaje).

c. Justificante de pago.

La falta de documentos, el error o falsedad en la presentación de éstos puede dar lugar a la expulsión del listado de participantes y puede ser penalizado por no poder participar en los siguientes programas que convoque la Dirección Insular de Juventud y Participación del Consell de Mallorca.

Si dentro del plazo establecido no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago, el participante quedará excluido, sin que tenga derecho a la devolución de la posible cuantía entregada.

SEXTO. Lista de espera

Los participantes que no hayan obtenido plaza, quedarán en una lista de espera siguiendo el orden establecido en el sorteo que servirá para cubrir las plazas que queden vacantes por cualquier motivo. Esta lista de espera se publicará en la sede electrónica y en la web oficial de Juventud del Consell de Mallorca.

( https://joventut.conselldemallorca.cat/ )

En este caso, el participante en lista de espera que haya obtenido plaza será avisado telefónicamente o en el correo electrónico que ha hecho constar en su hoja de preinscripción. De no responder durante las primeras 48 horas, perderá el derecho a reserva de plaza y se avisará a la siguiente persona de la lista.

Si el interesado acepta la plaza, dispondrá de 48 horas para entregar toda la documentación requerida y realizar el pago. Si en este plazo no se presenta toda la documentación o no se realiza el pago estará excluido/a, sin que tenga derecho a la devolución de la posible cuantía entregada.

SÉPTIMO . Posibles renuncias y devolución de la cuantía entregada

Cuando por causas no imputables al participante y no se deba a causas de fuerza mayor o caso fortuito, este encuentro no se desarrolle, se procederá a la devolución del importe abonado.

En el supuesto de que sea el interesado que solicite la devolución por no poder acudir al viaje, siempre que lo comunique fehacientemente, al menos con diez días naturales de antelación al del día de partida, se procederá al retorno del precio. Si la causa es por una cuestión médica debidamente justificada, se podrá solicitar la devolución en cualquier momento antes del inicio de la actividad.

Si el participante inscrito no se presenta al viaje y no avisa con la antelación suficiente para cubrir su plaza con otro beneficiario, perderá el 30% previamente abonado.

OCTAVO. Seguridad y protección de datos

De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 Del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE; y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Al no haberse dispuesto normativamente unas medidas de prevención cerradas en cuanto a lo que implica la protección de datos, es necesario determinar qué medidas mínimas se aplicarán.

Aunque en todo momento el responsable de estos datos es el Consell de Mallorca, durante el tiempo que dure el encuentro en la nieve estos datos estarán en poder de la empresa que la desarrolle, la cual, como encargada de los datos, sólo podrá hacer uso de las mismas por esta actividad concreta, devolviéndolas al Consejo de Mallorca una vez finalizada la actividad, con el fin de destruirlas cuando termine la finalidad por las que fueron solicitadas.

NOVENO. - Responsabilidad

En caso de mal comportamiento de algún participante en este encuentro, que dé lugar a actuaciones, multas o sanciones por parte de las autoridades competentes, ni el Consell de Mallorca ni la empresa adjudicataria se hará cargo de los gastos ocasionados por estos hechos.

DÉCIMO.- Declaración responsable

Sobre el cumplimiento del itinerario y de las actividades programadas

Los jóvenes participantes en el programa «Jóvenes en la nieve» tendrán que cumplir estrictamente con todas las actividades y horarios establecidos en el programa; es decir, todos los participantes de este viaje tendrán que respetar la ruta completa tanto de ida como de regreso a Palma (Mallorca). No se permitirá, bajo ningún tipo de circunstancia, que los participantes se queden en otras localidades o en cualquier otro sitio durante el trayecto de regreso. Así pues, todos los participantes tendrán que completar el itinerario tal y como se haya establecido. Por tanto, la asistencia a las actividades propuestas por la Dirección Insular de Juventud y Participación serán de carácter obligatorio.

Únicamente en casos de fuerza mayor, específicamente por razones médicas debidamente justificadas y acreditadas mediante informe médico, se podrán adoptar alternativas a las actividades previstas. Estas alternativas tendrán que ser aprobadas previamente por el servicio técnico de Juventud y Participación.

Sobre las condiciones físicas de los beneficiarios

Al inicio del programa, los participantes tendrán que estar en condiciones físicas óptimas para realizar todas las actividades del viaje. En caso de no cumplir con este requisito, el Consejo Insular de Mallorca se reserva el derecho a reclamar el importe financiado, correspondiente al 70% del gasto total del viaje (por participante).

Sobre el consentimiento y la difusión de imágenes

Asimismo, mediante la presente declaración responsable, el interesado manifiesta que, al solicitar su participación en el programa impulsado por el Consell Insular de Mallorca, acepta y consiente expresamente que se puedan realizar fotografías durante el desarrollo de las actividades del programa. También, declara estar informado de que estas imágenes podrán ser utilizadas por el Consell Insular de Mallorca con fines de difusión en diversos medios, incluyendo redes sociales, páginas web, noticias u otros canales de comunicación oficiales que se consideren adecuados para la promoción y difusión de las actividades de este programa.

Esta aceptación se hace en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos. Así pues, el interesado entiende que este tratamiento de imágenes y su difusión se fundamentan en el consentimiento libremente otorgado al solicitar la participación, de acuerdo con el artículo 6.1.a) de este reglamento.

Con la firma de la declaración responsable, el interesado se compromete a respetar las condiciones establecidas y reconoce que ha sido debidamente informado de las finalidades de la captación y el uso de sus imágenes, así como de sus derechos respecto a la protección de datos personales.

Sobre la indumentaria

Los beneficiarios tendrán que contar con la indumentaria adecuada para participar en todas las actividades del programa. Aunque se proporcionará a los participantes el equipo básico, incluyendo esquís y botas de gama media para la práctica de esquí/ snow , será obligatorio que los jóvenes asuman la responsabilidad de llevar la ropa e indumentaria necesaria para su seguridad y comodidad.

Por tanto, será necesaria la ropa térmica, guantes, gafas de protección, abrigo impermeable, y pantalón adecuados para las actividades de nieve. La participación en este programa estará condicionada a que el beneficiario cumpla con estos requisitos de equipamiento, puesto que se consideran indispensables para garantizar una experiencia segura y satisfactoria en las actividades planificadas.

 

ONCE.- En caso de discrepancias

En caso de discrepancias en la publicación en el BOIB de ésta, entre la versión catalana y la versión castellana, prevalecerá siempre la versión en catalán.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de febrero de 2025

El secretario general Antoni Benlloch Ramada)