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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 71837
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se modifica la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU

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Texto

Antecedentes

1. El 14 de enero de 2025, en la web de la Unión Europea se publicó el Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-17099-2024-ADD-1/es/pdf

2. Este Anexo modifica el CID 227 y cambia el momento de finalización de este proyecto agregado a nivel del Estado español a fecha 30 de junio de 2026.

3. El 23 de enero de 2024, se publicó en el BOE núm. 20, la Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el que se amplía el reparto territorial de crédito, a cargo del presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022; destinado a la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, por un importe total de 119,6 millones de euros, en el marco del Componente 14, Inversión 4, submedida 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Concretamente, la cláusula décima de este Acuerdo establece que las comunidades y ciudades autónomas deberán ajustar el calendario de ejecución del proyecto (publicación de convocatorias, concesiones, examen de las justificaciones presentadas, pagos finales a los beneficiarios, y justificación final de los fondos transferidos) de manera que se pueda asegurar el cumplimiento del Objetivo CID 227.

4. El 22 de agosto de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 110 la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

5. El Anexo de la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes contiene la convocatoria de la subvención, la cual tiene carácter de acto administrativo, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la misma Orden.

6. El plazo de ejecución de la ayuda, regulado en el punto 12 de la convocatoria, finaliza el 28 de febrero de 2025.

7. El plazo de justificación de la ayuda, regulado en el punto 13 de la convocatoria, finaliza el 15 de marzo de 2025.

8. El apartado 12.2 de la convocatoria establece lo siguiente:

2. Sólo mediante una resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes se puede autorizar una ampliación del plazo fijado para la ejecución de las actuaciones cuando este nuevo plazo no implique un incumplimiento de la normativa nacional y europea, ni ponga en riesgo el cumplimiento del objetivo CID 227.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

5. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Orden 31/2024, de 14 de agosto, del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular en establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) financiado por la Unión Europea Next Generation EU (BOIB núm. 110, de 22 de agosto de 2024), en el sentido siguiente:

En el apartado 12. Ejecución de las actuaciones

Donde dice:

12.1. El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionables se inicia a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud y finaliza el 28 de febrero de 2025.

Debe decir:

12.1. El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionables se inicia a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud y finaliza el 31 de mayo de 2025.

Donde dice:

13.1 El plazo para la justificación de la subvención finaliza el 15 de marzo de 2025.

Debe decir:

13.1 El plazo para la justificación de la subvención finaliza el 30 de junio de 2025.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Turismo, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de febrero de 2025)

El consejero de Turismo, Cultura y Deportes Jaime Bauzá Mayol