Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 70944
Resolución de modificación de la convocatoria de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos a cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o especialidades) de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de diversas entidades locales
Resolución de modificación de la convocatoria de la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos a cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o especialidades) de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcudia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consell, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Sa Pobla, Santa María del Cami, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Metge Rei; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola.
Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictada por delegación del Consejo Ejecutivo, según el Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:
“Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) nº. 158, de 6 de diciembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal de las categorías (o especialidades) de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consejo, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa María del Camino, Sa Pobla, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Metge Rei; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades de Es Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola .
2. En el BOIB nº. 13, de 28 de enero de 2023, y en el BOIB núm. 19 de 11 de febrero de 2023, se publicaron las Resoluciones del consejero de Hacienda y Función Pública, de 24 de enero de 2023, y de 7 de febrero de 2023, de modificación y corrección de errores observados en la Resolución de 30 de noviembre de 2022 , a la que se ha mencionado en el punto anterior
3. En el anexo I de la Resolución de 30 de noviembre de 2022, y de acuerdo con la oferta pública de estabilización del Ayuntamiento de Capdepera se convocaba la siguiente categoría:
“1.Turno libre ordinari
1.5 Subgrupo C2 ( Trabajador-a familiar)
Entidad Local |
Denominación de la categoría/especialidad |
Número de vacantes |
Requisitos titulación |
Otros requisitos |
Catalán |
Ayuntamiento de Capdepera |
Trabajador-a familiar |
2 |
Título de grado medio de técnico en atención a personas en situación de dependencia, que establece el rd 1593/2011, de 4 de noviembre o Título de grado medio de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, que establece el RD 546/1995, de 7 de abril o Título de grado medio en atención sociosanitaria, que establece el RD 496/2003, de 2 de mayo o Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en el domicilio, RD 1379/2008, de 1 de agosto o Certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio (itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo, según la disposición transitoria primera del RD 1506/2003, de 28 de noviembre) o Certificado de haber superado un curso con itinerario formativo de certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio, itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo. De una duración mínima de 445 horas o Certificado de profesionalidad en atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, RD 1368/2007 de 19 de octubre o Certificado de habilitación provisional o excepcional expedido de conformidad con el Acuerdo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 19 de octubre de 2017 por el que se modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008 sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del sistema, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015 |
Permiso de conducir B Certificado negativo de delitos sexuales |
A2 |
(...)“
4. El ayuntamiento de Capdepera, mediante registro de entrada 6432/2023 de fecha 17 de enero de 2023, pidió la rectificación de errores de los requisitos específicos de la categoría de Trabajador-a familiar, en el sentido de que se había omitido el requisito de permiso de ciclomotor de forma alternativa al carné de conducir B.
5. Por error no se subsanó esta circunstancia a la convocatoria y se continuó con el proceso sin que éste haya finalizado.
6. Por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 18 de junio de 2024 se publicó la lista por la que se excluyen a las personas aspirantes del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos.
7. En fecha 21 de junio de 2024, mediante registro de entrada núm. 45704/2024, el aspirante SONIA MACARRO CORREA presentó alegaciones a la lista de excluidos por estar excluida por la causa de exclusión núm. 1 “No cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria”
8. En fecha 29 de junio de 2024 mediante registro núm. 47195/2024 el Ayuntamiento de Capdepera pidió de nuevo la rectificación de los requisitos de la categoría de trabajador-a familiar y en fecha 25 de julio de 2024 mediante registro de entrada núm. 53246 aclaró la solicitud de rectificación de la citada plaza.
9. Para continuar con el proceso es necesario modificar la convocatoria de la categoría de trabajador-a familiar, grupo C2, del Ayuntamiento de Capdepera, dentro del marco del proceso de estabilización.
10. En fecha 30 de enero de 2025, la técnica de la Escuela Mallorquina de Administración Pública ha emitido informe jurídico.
Fundamentos de derecho
1. Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Islas Baleares.
2. Artículo 4.1a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las bases de régimen local.
3. Artículos 72 y 74 del RDL 5/2005, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
4. Decreto de Alcaldía del ayuntamiento de Alcúdia de 22 de mayo de 2024, por el que se acuerda la modificación de la oferta pública de la categoría de auxiliar administrativo-va .
5. Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) nº. 158, de 6 de diciembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, de 30 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal de las categorías (o especialidades) de los subgrupos A1, A2, C1, C2 y grupos B y AP derivada de la oferta de empleo público de los Ayuntamientos de Alcúdia, Algaida, Andratx, Artà, Binissalem, Búger, Campanet, Capdepera, Consejo, Esporles, Estellencs, Felanitx, Inca, Lloret de Vistalegre, Lloseta, Manacor, María de la Salud, Pollença, Porreres, Puigpunyent, Santa María del Cami, Sa Pobla, Sencelles, Ses Salines, Son Servera y Valldemossa; del Patronato Residencia Cas Metge Rei; de las empresas municipales EMSER 2022, SLU y Servicios Municipales de Porreres, SL; de las Mancomunidades Pla y Des Raiguer y de la entidad local menor Palmanyola.
Visto todo lo anterior, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 28 de septiembre de 2022, de delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022), en relación con el artículo 28.1.e) de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, dicta la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Modificar la convocatoria de la categoría de trabajador-a familiar, grupo C2, del Ayuntamiento de Capdepera, dentro del marco del proceso de estabilización .
- En el anexo I,
donde dice :
« 1.Turno libre ordinario
1.5 Subgrupo C2 ( trabajador-a familiar)
Entidad Local |
Denominación de la categoría/especialidad |
Número de vacantes |
Requisitos titulación |
Otros requisitos |
Catalán |
Ayuntamiento de Capdepera |
Trabajador-a familiar |
2 |
Título de grado medio de técnico en atención a personas en situación de dependencia, que establece el rd 1593/2011, de 4 de noviembre o Título de grado medio de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, que establece el RD 546/1995, de 7 de abril o Título de grado medio en atención sociosanitaria, que establece el RD 496/2003, de 2 de mayo o Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en el domicilio, RD 1379/2008, de 1 de agosto o Certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio (itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo, según la disposición transitoria primera del RD 1506/2003, de 28 de noviembre) o Certificado de haber superado un curso con itinerario formativo de certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio, itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo. De una duración mínima de 445 horas o Certificado de profesionalidad en atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, RD 1368/2007 de 19 de octubre o Certificado de habilitación provisional o excepcional expedido de conformidad con el Acuerdo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 19 de octubre de 2017 por el que se modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008 sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del sistema, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015 |
Permiso de conducir B Certificado negativo de delitos sexuales |
A2 |
"
Debe decir:
« 1.Turno libre ordinario
1.5 Subgrupo C2 ( trabajador-a familiar)
Entidad Local |
Denominación de la categoría/especialidad |
Número de vacantes |
Requisitos titulación |
Otros requisitos |
Catalán |
Ayuntamiento de Capdepera |
Trabajador-a familiar |
2 |
Título de grado medio de técnico en atención a personas en situación de dependencia, que establece el rd 1593/2011, de 4 de noviembre o Título de grado medio de técnico en cuidados auxiliares de enfermería, que establece el RD 546/1995, de 7 de abril o Título de grado medio en atención sociosanitaria, que establece el RD 496/2003, de 2 de mayo o Certificado de profesionalidad de atención sociosanitaria en el domicilio, RD 1379/2008, de 1 de agosto o Certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio (itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo, según la disposición transitoria primera del RD 1506/2003, de 28 de noviembre) o Certificado de haber superado un curso con itinerario formativo de certificado de profesionalidad de auxiliar de ayuda a domicilio, itinerario formativo regulado por el RD 331/1997, de 7 de marzo. De una duración mínima de 445 horas o Certificado de profesionalidad en atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, RD 1368/2007 de 19 de octubre o Certificado de habilitación provisional o excepcional expedido de conformidad con el Acuerdo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia de 19 de octubre de 2017 por el que se modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008 sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del sistema, modificado por el Acuerdo de 7 de octubre de 2015 |
Permiso de conducir B o de ciclomotor A M. Certificado negativo de delitos sexuales |
A2 |
"
2. Otorgar un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears para las personas interesadas que quieran participar en la convocatoria de la plaza de trabajador-a familiar del Ayuntamiento de Capdepera y que estén en posesión del requisito específico del permiso de ciclomotor a la fecha 23 de enero de 2023 .
3. Las personas que presentaron la solicitud en el primer plazo cumpliendo el requisito de permiso de conducir B2 y han sido admitidas en el acuerdo del tribunal por el que se aprueba la lista provisional con las puntuaciones que han obtenido las personas aspirantes del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de trabajador-a familiar del Ayuntamiento de Capdepera, NO tendrán que presentar una nueva solicitud y se mantendrán las actuaciones realizadas hasta la fecha.
4. Los méritos deben valorarse con referencia a la fecha en la que terminó el plazo de presentación de solicitudes si no se hubiera resuelto su ampliación, es decir a fecha 23 de enero de 2023 segundo el punto A3 del Anexo III de las bases de la convocatoria.
5. Remitir la presente resolución al Tribunal calificador.
6. Ordenar la publicación de esta resolución y su anexo en el tablón de edictos y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca, y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que prevé el artículo 66.2 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, y los artículos 12 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de altura.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente de la presunta desestimación.
No obstante lo anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Palma, a fecha de la firma electrónica
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022) “
Palma, en fecha de la firma electrónica (3 de febrero de 2025)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Rafael Ángel Bosch Sans