Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 69772
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de rectificación de errores de la Resolución de adjudicación de puestos de trabajo de personal laboral de la Residencia San José creados mediante expediente de creación de relación de puestos de trabajo de personal laboral (Exp. RPT 2/2024) al personal subrogado como consecuencia de la compra de la Residencia por parte del Consejo de Mallorca de 24 de enero de 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Con fecha de 24 de enero de 2025, la Presidencia del IMAS emitió Resolución de adjudicación de puestos de trabajo de personal laboral de la Residencia San José creados mediante expediente de creación de relación de puestos de trabajo de personal laboral (Exp. RPT 2/2024) al personal subrogado como consecuencia de la compra de la Residencia por parte del Consejo de Mallorca. Esta Resolución fue publicada en el BOIB con fecha 30 de enero de 2025.

2. En el punto 1 de la Resolución que hace referencia a la adjudicación de puestos de trabajo a las personas que han sido objeto de subrogación, aparecen nombres y apellidos que contienen errores o están incompletos.

Fundamentos de derecho

1. Las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, de acuerdo con el articulo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El órgano competente para resolver es la Presidencia del IMAS, en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 7 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en la sesión de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

Resolución

1. Rectificar los errores detectados en el punto 1 de la Resolución de adjudicación de puestos de trabajo de personal laboral de la Residencia San José creados mediante expediente de creación de relación de puestos de trabajo de personal laboral (Exp. RPT 2/2024) al personal subrogado como consecuencia de la compra de la Residencia por parte del Consejo de Mallorca, de la forma siguiente:

Donde dice:

Apellidos, Nombre

Aloy Armela, Rosa M

García Bernal, Janet

Serrano Ramírez, Jorge A

Mora Contreras, Juan F

Álvarez Aloy, Antonio J.

Morales Ramírez, Carmelo A

González Sarria, Ricardo

Esparraga López de Valencia, Marcela

Mesa Aristizabal, Dora

Maldonado Chiliquinga, Luis J.

Mejillón de la Cruz, Leydy

Rivas Pérez, Yary

Vargas Robles, Grace J.

Gallego Peña, Carmen

Vera Alvarado, Irene

Montero Borreguero, Concepción

Garay Sánchez, Elisabeth

Santos Fernando, Ana Rosa

Arias Sánchez, Luz María

Ramírez Guevara, M. Carmenza

Lozada Reguerin, Ana P.

Rodríguez de Ríos, Elisabeth

Oviedo Flores, Rosa

Debe decir:

Apellidos, Nombre

Aloy Armela, Rosa María

García Bernal, Janeth Patricia

Serrano Ramírez, Jorge Armando

Mora Contreras, Juan Fernando

Álvarez Aloy, Antonio Julián

Morales Ramírez, Carmelo Argenis

González Sarria, Ricardo Inocente

Espárraga López, Marcela Iris

Mesa Aristizábal, Dora Luz

Maldonado Chiliquinga, Luis Jorge

De la Cruz Mejillón, Leydy Mabel

Rivas Pérez, Yary Ritney

Vargas Robles, Grace Joselyn

Gallego Peña, María del Carmen

Vera Alvarado, Irene del Carmen

Montero Borreguero, Florencia Concepción

Garay Sánchez, Elisabeth Raquel

Dos Santos Fernando, Ana Rosa

Arias Sánchez, Luz Mary

Ramírez Guevara, María Carmenza

Lozada Reguerín, Ana Patricia

Rodríguez De Ríos, Elisabeth

Oviedo Flores, Rosa Eliana

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se podrá formalizar demanda ante la jurisdicción laboral competente en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso en cuestión, de acuerdo con lo que prevé el articulo 69.2 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.

Contra la desestimación de la reclamación por silencio administrativo, la persona interesada podrá interponer el correspondiente recurso ante la jurisdicción laboral competente en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente, de conformidad con la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, en la fecha de firma electrónica del documento (31 de enero de 2025)

La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo (BOIB núm 86, de 1 de julio de 2021) El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre