Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA DE DESARROLLO REGIONAL DE LAS ILLES BALEARS (ADR)
Núm. 67269
Extracto de la Resolución de 24 de diciembre de 2024 del presidente de la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears por la que se aprueban la convocatoria pública y las bases para los Premios Ibemprènjove a los mejores proyectos empresariales entre los estudiantes de educación primaria, secundaria, de ciclos formativos y de formación profesional básica correspondientes al curso académico 2024-2025
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BDNS (Identif.): 807264
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero Participantes y requisitos de los aspirantes
1. Podrán participar en el Concurso de Premios Ibemprènjove a los mejores proyectos empresariales entre los estudiantes de educación primaria, secundaria, de ciclos formativos y de formación profesional básica, los centros educativos que estén inscritos durante el curso 2024-2025 en alguno de los siguientes programas Ibemprènjove:
a) Primària Emprèn (PE).
b) Joves Emprenedors de Secundària (JES).
c) Joves Emprenedors Associats (JEA).
d) Joves Emprenedors Professionals (JEP).
Los programas se integrarán en el Proyecto Ibemprènjove.
2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta resolución las personas que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.
Segundo Finalidad y objetivos
El concurso de Premios Ibemprènjove a los mejores proyectos empresariales de estudiantes de educación primaria, secundaria, de ciclos formativos y de formación profesional básica tiene la finalidad de difundir y promover el diseño y la creación de empresas entre el alumnado de las Illes Balears que se indica en esta convocatoria para impulsar la realización de actividades de fomento del diseño y la creación de empresas y alcanzar los siguientes objetivos:
a) Potenciar la capacidad emprendedora mediante la puesta en práctica de conocimientos, habilidades y actitudes.
b) Conectar el aprendizaje educativo con el entorno real mediante la creación de la empresa.
c) Mejorar las competencias de liderazgo, comunicación y motivación.
d) Impulsar la capacidad de trabajo en equipo mediante el trabajo cooperativo.
e) Visualizar y conocer los beneficios del diseño en las empresas.
Tercero Importe de la convocatoria y partida presupuestaria
1. El crédito máximo disponible asignado a esta convocatoria será de 24.300,00 euros, con cargo a los presupuestos de ADR Baleares para el ejercicio 2025.
2. La concesión de las ayudas contempladas en esta convocatoria estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria establecida en el punto anterior.
3. Siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, podrá incrementarse el importe de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente podrá ampliarse mediante resolución de ampliación del crédito asignado. Esta ampliación, salvo que se establezca otra cosa, no implicará que el plazo para presentar solicitudes se amplíe, y no afectará a la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas de forma expresa.
4. La convocatoria de los Premios Ibemprènjove se adecua a las bases reguladoras aprobadas por la Orden del Consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en materia de trabajo y formación (BOIB n.º 73 de 12 de mayo).
Cuarto Modalidades y premios
1. El alumnado de los centros educativos participantes podrá presentar proyectos de empresa contextualizados en los programas PE, JES, JEA y JEP sobre cualquier actividad económica lícita, sea de tipo social, cultural, tecnológico, comercial o de servicios, bajo la modalidad de proyectos empresariales y/o asociativos.
2. Los proyectos deberán desarrollar el proceso completo de puesta en marcha de un proyecto empresarial original y coherente.
3. En la elaboración de cada proyecto deberán participar un mínimo de tres alumnos y deberá dirigirlos un profesor/a o un director/a.
4. Los proyectos participantes deberán ser cargados en la web del programa Ibemprènjove (www.iemprenjove.es), seleccionando el programa correspondiente entre PE, JES, JEA o JEP.
5. Los premios a los que podrán optar los proyectos se dividen en tres modalidades que suman un importe total de once mil seiscientos euros (11.600 €):
Modalidad 1: Premis Ibemprènjove Primària emprèn (PE)
— Un primer premio por un valor de 500 €.
— Dos segundos premios por un valor de 350 € cada uno.
— Siete accésits por un valor de 200 € cada uno.
Modalidad 1: Premis Ibemprènjove Joves Emprenedors de Secundària (JES)
— Un primer premio por un valor de 1.000 €.
— Dos segundos premios por un valor de 500 € cada uno.
— Cuatro accésits por un valor de 250 € cada uno.
Modalidad 2: Premis Ibemprènjove Joves Emprenedors Professionals (JEP)
— Un primer premio por un valor de 1.000 €.
— Dos segundos premios por un valor de 500 € cada uno.
— Cuatro accésits por un valor de 250 € cada uno.
Modalidad 3: Premis Ibemprènjove Joves Emprenedors Associats (JEA)
— Un primer premio por un valor de 1.000 €.
— Dos segundos premios por un valor de 500 € cada uno.
— Cuatro accésits por un valor de 250 € cada uno.
6. Los beneficiarios de los premios serán los centros educativos a los que pertenezcan los alumnos que presenten los proyectos empresariales ganadores y deberán repercutir directamente en el alumnado. Los beneficiarios deberán aplicar los fondos percibidos en acciones relacionadas con el programa educativo Ibemprènjove o en mejoras formativas de los alumnos.
7. Los centros educativos finalistas de los premios de los programas JES, JEA y JEP ubicados en Menorca, Ibiza y Formentera recibirán una subvención para el viaje de ida hasta el lugar donde se realice el acto de presentación y entrega de los premios y el viaje de vuelta al lugar habitual de residencia (billetes de avión, barco, tren y/o autobús y alquiler de vehículos). Cada centro finalista dispondrá de una asignación de 420,00 euros por programa y proyecto finalista para cubrir estos gastos.
8. Los centros educativos finalistas de los premios del programa PE ubicados en Menorca e Ibiza recibirán una subvención para el viaje de ida hasta el lugar donde se realice el acto de presentación y entrega de los premios y el viaje de vuelta al lugar habitual de residencia (billetes de avión, barco, tren y/o autobús y alquiler de vehículos). Cada centro finalista dispondrá de una asignación de 3.200,00 euros por programa y centro finalista para cubrir estos gastos.
Sexto Plazo
El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
De acuerdo con lo que establece el artículo 68 de la Ley 39/2015, si la solicitud no reúne los requisitos exigidos se deberá requerir a la persona interesada para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con la indicación de que si no lo hace se considera que desiste de su petición y ser archivará, previa resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.
Palma, en fecha de la firma electrónica (28 de enero de 2025)
El presidente de la Agencia de Desarrollo Regional de las Illes Balears Alejandro Sáenz de San Pedro García