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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 62700
Aprobación de la modificación puntual de la estructura organizativa del área de Deportes del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany

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Texto

Por medio del presente anuncio se hace público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que el Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, en sesión plenaria celabrada el día 20 de diciembre de 2024, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:

PRIMERO. APROBAR la modificación puntual de la estructura organizativa del área de DEPORTES, según se establece en el organigrama Anexo I al presente acuerdo, con de fin de hacer frente a las nuevas necesidades surgidas y contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos y su mejor distribución.

SEGUNDO. CREAR los siguientes puestos de trabajo en la Relación de Puestos de Trabajo en base a las consideraciones expuestas en el presente acuerdo:

PT 360 – TÉCNICO/A DEPORTES (Nueva creación)

PT 361 – COORDINADOR/A NATACIÓN (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 362 – COORDINADOR/A ÁREA FITNESS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 363 – COORDINADOR/A ADMINISTRATIVO/A DEPORTES (Nueva creación)

PT 364 – AUXILIAR RECEPCIONISTA INSTALACIONES DEPORTIVAS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 366 – MONITOR/A ACTIVIDADES ACUÁTICAS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 367 – ENCARGADO/A MANTENIMIENTO INSTALACIONES DEPORTIVAS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 368 – OFICIAL MANTENIMIENTO INSTALACIONES DEPORTIVAS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 369 – MONITOR/A ACTIVIDADES DIRIGIDAS (Nueva creación – Absorción OSSAN)

PT 380 – ASESOR/A GABINETE ALCALDÍA

PT 381 – ASESOR/A ALCALDÍA - PROTOCOLO

PT 382 – ASESOR/A CONCEJALÍAS

PT 383 – ASESOR/A ALCALDÍA - PRENSA

PT 384 – ASESOR/A ALCALDÍA - COMUNICACIÓN RR.SS. (Redes Sociales)

PT 385 – AGENTE INTRUSISMO Y CONVIVENCIA

TERCERO. MODIFICAR los siguientes puestos de trabajo en la Relación de Puestos de Trabajo en base a las consideraciones expuestas en el presente acuerdo:

PT 34 – AYUDANTE MANTENIMIENTO INSTALACIONES DEPORTIVAS

PT 35 – COORDINADOR/A ACTIVIDADES DEPORTIVAS

PT 36 – CONSERJE DEPORTES

PT 324 – RESPONSABLE TÉCNICO/A DEPORTES

PT 301 JEFE/A PRENSA

PT 28 CELADOR/A URBANISMO-MEDIO AMBIENTE

PT 25 COORDINADOR/A MANTENIMIENTO VÍA PÚBLICA Y EDIFICIOS

PT 49 AYUDANTE BRIGADA OBRA

PT 319 OFICIAL BRIGADA OBRA

PT 50 COORDINADOR/A JEFE/A BRIGADA OBRAS

PT 6 SUBALTERNO/A - NOTIFICADOR/A

CUARTO. NOTIFICAR la presente Resolución a las personas que ocupen puestos de trabajo que hayan sido modificados a los efectos oportunos.

QUINTO. Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de público conocimiento. Asimismo se publicará en el Portal de Transparencia de la Corporación.

SEXTO Remitir el presente acuerdo a la Administración General del Estado y a la Comunidad Autónoma de Baleares dentro del plazo de treinta días.

SÉPTIMO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Sant Antoni de Portmany, (firmado electrónicamente: 28 de enero de 2025)

El alcalde Marcos Serra Colomar

Documentos adjuntos