Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA
Núm. 57390
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de corrección de un error advertido en la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 24 de septiembre de 2024, publicada en el BOIB n.º 127, de 26 de septiembre de 2024, y modificada por la Resolución de 17 de diciembre de 2024 (BOIB n.º 166, de 19 de diciembre de 2024), por la que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears
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Hechos
1. El 26 de septiembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 127 la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 24 de septiembre de 2024 por la que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears.
En fecha 19 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 166 la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 17 de diciembre de 2024 de corrección de los errores advertidos en la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 24 de septiembre de 2024.
2. Posteriormente a estas publicaciones, y vista la comunicación realizada por el Ayuntamiento de Porreres, se ha advertido un error en la versión castellana y catalana de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 24 de septiembre de 2024 por la que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. La rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que de ellos se derivan y tiene que notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Corregir el error advertido en el anexo de la versión castellana y catalana de la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 24 de septiembre de 2024 por la que se hace público el calendario laboral general y local para el año 2025 en el ámbito de las Illes Balears, en los siguientes términos:
En la versión castellana
donde dice:
PORRERES 16 de agosto: San Roque
24 de junio: San Juan
Debe decir:
PORRERES 16 de agosto: San Roque
21 de abril: segunda fiesta de Pascua
En la versión catalan
donde dice:
PORRERES 16 d'agost: Sant Roc
24 de juny: Sant Joan
Debe decir:
PORRERES 16 d'agost: Sant Roc
21 d'abril: segona festa de Pasqua
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de enero de 2025)
La secretaría Autonómica de Trabajo, Empleo y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía y por suplencia de la directora general de Trabajo y Salud Laboral (BOIB n.º 67, de 21 de mayo de 2024)