Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SÓLLER
Núm. 55322
Acuerdo de concesión de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la Borrasca Juliette
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Visto el acuerdo de Pleno, en sesión ordinaria de de 15 de mayo de 2024, mediante el cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la Borrasca Juliette, publicadas al BOIB n.º 130 de 03 de octubre de 2024.
De acuerdo con los informes del AODL de cumplimiento de los requisitos de un total de 3 solicitudes presentadas, de las cuales se han emitido los correspondientes informes técnicos favorables con fecha 29 de noviembre de 2024.
Visto que de acuerdo con las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas el órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas es esta Alcaldía.
En virtud del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con el artículo 9 de las bases reguladoras y convocatoria de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la Borrasca Juliette, la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de 12 de diciembre de 2024, adoptó el acuerdo sigue:
1. Aprobar de la concesión de subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la Borrasca Juliette al término municipal de Sóller, con relación a las solicitudes que figuran a continuación, por el importe que se señala:
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Nº EXPEDIENTE |
DNI |
IMPORT |
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6930/2024 |
41538704Z |
510,85 € |
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6931/2024 |
41538867Q |
510,85 € |
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6932/2024 |
41538868V |
510,85 € |
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TOTAL |
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1.532,55 € |
2. Reconocer el gasto y pago de la cuantía de 1.532,55 € euros con cargo a la aplicación presupuestaria número 9200/4800100
3.De acuerdo con el artículo 11 de las bases reguladoras y la convocatoria subvenciones a particulares para coadyuvar económicamente a la reparación y restitución de los daños sufridos en sus bienes, edificios, fincas y elementos etnológicos a consecuencia de la Borrasca Juliette, las personas beneficiarías estarán sujetas a las obligaciones siguientes:
a) Comunicar en el Ayuntamiento de Sóller, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.
b) Cumplir el resto de obligaciones que se prevén en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones
4. Notificar el acuerdo a la persona interesada y su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares.
5. Dar cuenta de este acuerdo a los departamentos de intervención y tesorería.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, potestativamente se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la A del Ayuntamiento de Sóller en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente a la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente.
Todo esto, de conformidad con el que dispone el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Sóller, documento firmado y fechado electrónicamente (16 de diciembre de 2024)
El alcalde Miguel Nadal Vaquer