Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 51982
Notificación de Resolución de modificación de concesión a los beneficiarios de las ayudas, Exp. 244 de fecha 22 de enero de 2025, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 22 de enero de 2025, firmó la siguiente resolución,
“RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.1- Inversiones en explotaciones agrarias
Convocatoria: INEA 2019_1
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 208246
Código BDNS: 497979
Document: Resolución
Exp.: INEA2019_1/244
Antecedentes
1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81) y 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80).
2. Con fecha 11 de junio de 2019, el señor Lluís Cirera Planas, con DNI ***6524**, presentó en el registro del FOGAIBA una solicitud de ayuda correspondiente al expediente núm. INEA2019_1/244.
3. Con fecha 19 de julio de 2021, una vez evaluadas las solicitudes y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional de concesión de la ayuda licitada. De acuerdo con el Anexo I y II «Orden de prevalencia según la aplicación de los criterios de priorización (concurrencia)» y «relación beneficiarios con derecho a ayuda» respectivamente, la ayuda se concedió parcialmente al interesado con una puntuación de 72 puntos y con importe de concurrencia de 19.979,52 euros. En su Anexo III se determinan la relación de inversiones no elegibles donde se encuentra el presente expediente con los siguientes motivos:
- Moderación de costes: el importe elegible del tractor John Deere 5075E es de 33.299,20 euros.
- El almacén de la sala de verdura se considera un mantenimiento y, por tanto, es una inversión no elegible.
-La empresa Badia de Ciutat SA no realiza las actividades por las que presenta factura dentro de su objeto social.
4. Transcurrido el plazo establecido, el interesado no presentó alegaciones a la propuesta provisional y en fecha 4 de febrero de 2022 el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó Resolución de concesión a los beneficiarios de las ayudas.
5. El 4 de febrero de 2022, el vicepresidente del FOGAIBA dictó la Resolución de concesión de ayudas para las inversiones en las explotaciones agrarias (R1), publicada en el BOIB núm. 23, de 12 de febrero de 2022, en la que se incluye una concesión a favor de SR. LUIS CIRERA PLANAS, con NIF ***6524**, con una puntuación de 72 puntos y un importe concedido de 19.979,52 €, con núm. de expediente INEA2019_1/244 donde figura un nivel de ayuda de un 60%.
6. Con fecha 2 de marzo de 2022, el Sr. LLUIS CIRERA PLANAS interpuso recurso de alzada contra la resolución de concesión de las ayudas, RSE1 de fecha 4 de febrero de 2022, que fundamenta en los siguientes argumentos:
- El error que se ha cometido es no considerar, sin justificación alguna, el coste de la pala delantera John Deere H240 por un importe de 8.678,74 €.
- Se ha excluido la inversión en un almacén de verduras por considerarla de mantenimiento de un almacén preexistente, cuando si bien es una remodelación de una construcción ya existente, su ubicación es totalmente diferente.
- Se han excluido las partidas correspondientes a barreras por un total de 12.000,00 € sin argumentación alguna.
7. Al respecto, con fecha 21 de septiembre de 2022 se dictó la Resolución por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por el señor Lluís Cirera Planas contra la resolución de concesión de las ayudas RSE1 de 4 de febrero de 2022, y anularla parcialmente en los términos expuestos en el cuerpo de la misma resolución, retrotrayendo las actuaciones sólo con respecto a la concreta solicitud de subvención presentada por el interesado, debiéndose dictar una nueva resolución que se pronuncie expresamente sobre si la pala delantera del tractor (partida 1) y las partidas 2, 3, 4 y 5 presentadas por el interesado, son o no subvencionables y, en caso de no serlo, los motivos concretos para la denegación .
8. El 26 de septiembre de 2022 se firmó la remesa de pago a favor del señor Lluís Cirera Planas por un importe de 19.979,00.- euros.
9. Con fecha 9 de enero de 2024, tuvo entrada en la Consellería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, la solicitud del SR. LLUÍS CIRERA PLANAS relativa a dictar resolución motivada sobre el carácter subvencionable de los gastos a que se refiere en el recurso de alzada estimado, en relación con el expediente INEA 2019 1/244.
10. El 22 de febrero de 2024 se realizó una inspección de control in situ. Revisado el expediente de concesión se extraen los siguientes puntos en relación con el carácter subvencionable de los gastos:
- Actuación 1. Tractor con pala delantera es elegible, aunque en la factura proforma no estuviera desglosada, y si en la factura final. El informe de moderación de costes, de 28 de septiembre de 2020, realizó la comparativa con distintos tractores de la misma marca y modelo incluyendo la pala a los precios de moderación, siendo estos mayores que si se hubiera hecho por los importes de facturas proforma separadas, dado que el valor absoluto del conjunto es mayor a la hora de elegir precios. Por tanto, la pala y el tractor forman un único bloque elegible a la vista de la factura proforma presentada de donde se extrae una media (30.272,00 €), importe al que se le incrementó un 10% (3.027,20.-Euros) como corrección del intervalo de confianza, que aplicándole la intensidad correspondiente del 60% resulta un importe de 19.979,00.- euros.
El 26 de septiembre de 2022 se firmó la remesa de pago a favor del señor Lluís Cirera Planas por importe de 19.979,00.- euros.
- Actuación 2. Obras de mejora realizadas en el almacén de salas de verduras. Según las observaciones hechas en la visita y la documentación obrante, donde consta una imagen-croquis aclaratoria de la distribución de las edificaciones dentro de la finca con las señales adecuadas, se deduce que la estancia que se pretende adecuar por sala de verduras no había sufrido mejoras constructivas ni de instalación ciones en anteriores convocatorias; habiéndose basado estas últimas inversiones hasta la fecha, en inversiones de máquinas y no consta obra o instalación básica alguna realizada en esta sala designada por la inversión.
De esta forma, el coste elegible por esta actuación es de 19.111,50.- euros, siendo correspondiente con la realidad del año que se pidió. Por tanto el coste subvencionable para las mejoras en la sala de verduras es de 19.111,50.- euros. X 60% nivel ayuda = 11.466,90.- euros
- Actuaciones 3, 4 y 5. Barreras. Una vez hecha la visita a la finca ya la vista de la documentación, se comprueba que existen algunas barreras que no existían al plazo de presentar la solicitud y otras que sí, y por tanto estas últimas no son elegibles por reposición.
Teniendo en cuenta la moderación realizada por la partida 3, el importe elegible y los demás importes menores de 5.000 Euros, el detalle de las fotos del acta de inspección y la visita, se establece que es elegible y subvencionable de las barreras los siguientes importes de no reposición:
- Llucmajor. Polígono 41 parcela 129:
3,6m: 1 Ud. 1.150.- Euros
Total: 2.350,00.- Euros
4m: 1 Ud. 1.250,00.-Euros
- Llucmajor. Polígono 27 parcela 19 y polígono 26 parcela 2:
4 m: 2 Ud. 1.250.- Euros.
Total: 2.600,00.- Euros.
4,5 m: 1 Ud. 1.350,00.-Euros
- Valldemossa. Polígono 1 parcela 97:
Barrera de reposición.
- Valldemossa. Polígono 1 parcela 62 (corregida por el control hecho en la la 68):
No consta en el plan empresarial, por tanto, no es elegible.
- Total barreras importe subvencionable:
4.950,00.- Euros. X 60% nivel ayuda = 2.970,00.- Euros
11. El 15 de mayo de 2024 se notifica a la persona interesada, mediante la publicación en la web, el Informe/Propuesta provisional de resolución de modificación de resolución de 14 de mayo de 2024, donde se admite la elegibilidad de las inversiones propuestas . Una vez transcurridos los 10 días hábiles, la persona interesada no ha presentado ninguna alegación.
12. Se ha considerado el Informe/Propuesta provisional de resolución de 14 de mayo de 2024, de modificación de resolución de la ayuda concedida a Lluís Cirera Planas.
Fundamentos de derecho
1.Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA)de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para Inversiones en las explotaciones agrarias.
2.Programa de Desarrollo Rural e las Islas Baleares 2014-2020.
3. Orden del Conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020 .
4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1.Modificar la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de 4 de febrero de 2022 de concesión (R1), por el importe y los datos detallados en el anexo 1 de esta resolución, que es un total de 1 expediente y comienza con LLUÍS CIRERA PLANAS y termina con LLUÍS CIRERA PLANAS, que suma un importe total de 34.416,42 €, relativa a la línea de ayuda “Inversiones en las explotaciones agrarias”.
2. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Medio Natural, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución , de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, Fernando Fernández Such”
ANEXO I Concedida Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de 4 de febrero de 2022 de concesión (R1),
Donde dice:
O. |
Código expediente |
NIF |
Nombre solicitante |
Estatdo |
Importe inversiones Ajustado |
Nivel Ayuda |
Importe a conceder |
Tiempo ejecución |
Importe concurrencia |
FEADER |
AGE |
CAIB |
Inmuebles |
Instalaciones |
Maquinaria |
Honorarios |
50 |
INEA2019_1/244 |
***6524** |
LLUIS CIRERA PLANAS |
Concesión parcial |
33.299,20 |
60 |
19.979,52 |
6 |
19.979,52 |
10.589,15 |
2.817,11 |
6.573,26 |
0,00 |
0,00 |
33.299,20 |
0,00 |
Se modifica a:
O. |
Código expediente |
NIF |
Nombre solicitante |
Estatdo |
Importe inversiones Ajustado |
Nivel Ayuda |
Importe a conceder |
Tiempo ejecución |
Importe concurrencia |
FEADER |
AGE |
CAIB |
Inmuebles |
Instalaciones |
Maquinaria |
Honorarios |
50 |
INEA2019_1/244 |
***6524** |
LLUIS CIRERA PLANAS |
Concesión total |
57.360,70 |
60 |
34.416,42 |
12 |
34.416,42 |
18.240,70 |
4.852,72 |
11.323,00 |
24.061,50 |
0,00 |
33.299,20 |
0,00 |
Se incrementa la ayuda en:
O. |
Código expediente |
NIF |
Nombre solicitante |
Estado |
Importe incremento ayuda |
FEADER |
AGE |
CAIB |
Anualidad Inmuebles |
50 |
INEA2019_1/244 |
***6524** |
LLUIS CIRERA PLANAS |
Concessió total |
+14.436,90 |
7.651,55 |
2.035,61 |
4.749,74 |
COF1 2022 |
Palma, en fecha de la firma electrónica (27 de enero de 2025)
El director gerente del FOGAIBA Joan Josep Coll Bibiloni