Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 48614
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de 2025 por el que se declara proyecto industrial de interés estratégico el parque fotovoltaico Son Vivot, ubicado en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690 de Inca (RE030/22)
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La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático lleva a cabo la tramitación del procedimiento para el parque fotovoltaico Son Vivot, ubicado en el polígono 7, parcelas 235, 659 y 690, de Inca (RE030/22).
La disposición final decimotercera de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, que modifica la Ley 14/2019, de 29 de marzo, de proyectos industriales estratégicos de las Illes Balears, establece la posibilidad de tramitar los parques fotovoltaicos por la vía de proyecto industrial estratégico.
El expediente ha seguido el procedimiento para la declaración de proyectos industriales estratégicos que regula la Ley 14/2019.
El artículo 3.7 de la Ley 14/2019 establece que, una vez recibidos los informes de las administraciones consultadas, el Consejo de la Industria de las Illes Balears tiene que emitir un informe del proyecto; informe que emitió en sentido favorable en la sesión de 2 de diciembre de 2024. El 19 de diciembre 2024, la secretaria del Consejo de la Industria de las Illes Balears certificó:
1. Que el dia 2 de desembre de 2024, des de les 10.10 fins a les 11.10 hores, es va desenvolupar la divuitena reunió del Consell de la Indústria de les Illes Balears, amb caràcter extraordinari; dins l'ordre del dia d'aquesta convocatòria s'incloïa, entre d'altres, la proposta i aprovació de l'informe relatiu a la declaració de Projecte Industrial Estratègic Son Vivot.
2. Que la declaració de projecte estratègic industrial del parc fotovoltaic Son Vivot, ubicat al polígon 7, parcel·les 235, 659, 690, d'Inca (RE030/22), es va presentar al Consell de la Indústria d'acord amb les previsions de la Llei 14/2019, de 29 de març, de projectes industrials estratègics de les Illes Balears.
3. Que el Consell de la Indústria, en la sessió del dia 2 de desembre de 2024, va informar favorablement de la proposta de declaració de projecte estratègic industrial del Parc fotovoltaic Son Vivot, ubicat al polígon 7, parcel·les 235, 659, 690, d'Inca (RE030/22).
D'acord amb el que preveu l'article 19.5 de la Llei 40/2015, d'1 d'octubre, de règim jurídic del sector públic, es fa constar que, a data d'avui, l'acta corresponent a la divuitena reunió del Consell de la Indústria de les Illes Balears encara no s'ha sotmès a aprovació.
El artículo 3.8 de la Ley 14/2019 indica que, una vez emitido el informe del Consejo de la Industria de las Illes Balears, la persona titular de la consejería competente en materia de industria tiene que elevar al Consejo de Gobierno la propuesta de declaración de la inversión como proyecto industrial estratégico, o bien la propuesta de denegación.
Por todo ello, visto el informe del Consejo de la Industria de las Illes Balears, y al amparo del artículo 3 de la Ley 14/2019, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Empresa, Empleo y Energía, en la sesión de 24 de enero de 2025, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Aprobar la declaración del proyecto del parque fotovoltaico Son Vivot, promovido por Enel Green Power España, SLU, como proyecto industrial estratégico, con los efectos previstos en el artículo 4 de la Ley 14/2019. Las características del proyecto son las siguientes:
— expediente: RE030/22
— denominación: Sueño Vivot
— situación: polígono 7, parcelas 235, 659 y 690, de Inca
Datos técnicos:
— Tipo: parque fotovoltaico sobre el terreno.
— Superficie ocupada: 186.700 m2.
— 32.910 paneles solares de 650 Wp cada uno. Potencia de pico de 21.391,50 kWp.
— 101 inversores de 215 kW. Potencia instalada de 21.715,00 kWn.
— 10 centros de transformación 0,8/15,4 kV de 2.500 kVA.
— 1 centro de maniobra y medida (CMM).
— Subestación colectora elevadora de 15 kV a 66 kV dentro de la parcela 235 del parque, con una superficie aproximada de 1.350 m2
— Línea de evacuación sepultada AT de 66 kV de 6.000 m de longitud y sección 1.000 mm2, hasta la subestación eléctrica Inca 66 kV, que se sitúa en las coordenadas aproximadas UTM, Datum ETRS89 x: 492.923, y: 4.396.028 (huso 31).
Se prevé, en un futuro, una segunda fase de almacenamiento con baterías de 20.000 kW de potencia y 80.000 kWh de capacidad total.
Segundo. Disponer que esta declaración como proyecto industrial estratégico queda condicionado a la obtención de la autorización administrativa y a la aprobación del proyecto de ejecución, que tiene que incluir todas las prescripciones indicadas en los informes de las administraciones consultadas.
Tercero. Notificar este Acuerdo al propietario de la instalación y al Ayuntamiento de Inca.
Cuarto. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra este Acuerdo del Consejo de Gobierno cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 24 de enero de 2025
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens