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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 44286
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter extraordinario de 20 de diciembre de 2024, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria que rigen la concesión de ayudas a propietarios que tienen inmuebles con arrendamientos asequibles de larga duración con un alquiler estable (Exp. 5105-2024-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 809301

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/809301):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, siempre que se cumplan una de las siguientes condiciones:

  • Haber estado adheridos a un programa de intermediación entre propietarios e inquilinos del CIM desde el 3 de noviembre de 2023 al 2 de noviembre de 2024 y haber mantenido las condiciones establecidas en el contrato durante este período.
  • Ser titulares de una o más viviendas destinadas al alquiler de larga duración a un precio asequible, de acuerdo a la base decimoséptima que determina los ítems de la Calculadora Alquiler Asequible (https://goo.su/6UCtnD), durante el período que va del 03 de noviembre de 2023 al 02 de noviembre de 2024.

Se entiende como titular de una vivienda quienes ostenten un derecho real sobre el mismo que les faculta a alquilarla como arrendador (en régimen de propiedad, alquiler, usufructo o cualquier otro derecho que les faculte para ceder el uso).

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es establecer y regular las ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca dirigidas, por un lado, a las personas propietarias que han alquilado su inmueble a un precio asequible y a largo plazo dentro de programas de intermediación entre propietarios e inquilinos del CIM, y por otro lado, a aquellos propietarios que tienen alquilado su inmueble durante todo el año a un precio asequible de acuerdo a los criterios establecidos por la Calculadora Alquiler Asequible. Estas ayudas económicas están dirigidas a las familias y a los colectivos más vulnerables, para garantizar el derecho a la vivienda.

Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter extraordinario de 20 de diciembre de 2024.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es 100.000 € (cien mil euros), desglosados de la siguiente manera:

Línea 1

Mejora integral de inmuebles adheridos a programas de intermediación entre propietarios e inquilinos del CIM.

84.000 €

Línea 2

Inmuebles alquilados de larga duración y a un precio asequible: habitabilidad, certificado de eficiencia energética y seguro del hogar.

16.000 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes empezará al día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y finalizará el 28 de febrero de 2025.

 

Sexto. Otros datos

Los beneficiarios que dispongan de más de una vivienda tendrán que presentar una solicitud para cada inmueble objeto de subvención.

El importe máximo que podrá concederse por solicitud será de 4.850,24 euros para la primera línea. Asimismo, para los solicitantes de la segunda línea, el importe no podrá superar los 850,24 euros.

El período subvencionable es del 3 de noviembre de 2023 al 2 de noviembre de 2024.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2025)

Por delegación del presidente, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)