Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA
Núm. 43640
Acuerdo del Ple de día 19 de diciembre de 2024, punto undécimo, de aprobar la modificación del puesto de trabajo con código id. 1122 de la categoría técnica TAE asesor jurídico letrado, para convertirlo en un puesto de trabajo genérico de personal funcionario de la escala de administración especial de la especialidad de asesoría jurídica para la prestación de funciones de asesoramiento jurídico dentro de los Serveis Econòmics (expediente 2024/014400)
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El Ple del Ajuntament, en sesión ordinaria de día 19 de diciembre de 2024, en el punto undécimo del orden del día, adoptó los acuerdos siguientes:
“PRIMERO. Aprobar la modificación del puesto de trabajo, con código id. 1122, asignado a una plaza de personal funcionario, del subgrupo profesional A1, categoría técnica TAE asesor jurídico letrado, del programa presupuestario 932, para convertirlo en un puesto de trabajo genérico de personal funcionario, de la escala de administración especial, técnico superior, subgrupo A1, de la especialidad de asesoría jurídica para ocupar, para la prestación de funciones de asesoramiento jurídico dentro de los servicios económicos, y dentro del mismo programa presupuestario 932, mientras tanto no se apruebe, publique y entre en vigor la relación de puestos de trabajo que se encuentra en trámite de negociación; o se produzca cualquier otra causa o procedimiento que implique la modificación o supresión del puesto de trabajo que ahora se aprueba; todo ello, de conformidad con la catalogación siguiente que se lleva a aprobación:
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Denominación del puesto de trabajo: |
TAE asesor jurídico |
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Código identificación del puesto de trabajo |
1122 |
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Tipo |
Personal funcionario |
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Escala, subescala, clase/categoría, grupo/subgrupo |
Escala administración especial, subescala técnica, superior (subgrupo A1) |
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Nivel de complemento de destino |
24 |
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Complemento específico |
1.206,93 € (correspondiente al 2024) |
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Requisitos para ocupar el puesto de trabajo |
Estar en posesión del título de licenciado o graduado en Derecho Disponer del nivel B2 de conocimientos de lengua catalana o superior |
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Forma de provisión |
Todas las admitidas de acuerdo con la normativa vigente del momento |
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Área, servicios o departamento de adscripción |
Área de Organización, Servicios Económicos |
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Funciones genéricas a realizar |
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Apoyo técnico en materia jurídica, tanto en el ámbito interno de la corporación como en el externo: Elaborar informes en relación al servicio. Impulsar la tramitación de los expedientes que tengan asignados. Elaborar los informes con propuestas de resolución de los expedientes de su competencia. Mantener los contactos personales necesarios para llevar a cabo sus tareas, así como participar en las comisiones que le sean asignadas. Llevar a cabo el seguimiento y el estudio de la normativa, jurisprudencia y doctrina jurídica que pueda afectar la gestión de la actividad de la corporación. Analizar los expedientes como paso previo a la propuesta de resolución. Revisar la documentación técnica del servicio en cuanto a la normativa vigente, así como la resolución de consultas jurídicas. Elaborar y redactar pliegos de condiciones administrativas, decretos, propuestas de resolución, convenios y conciertos, contratos administrativos, bases para subvenciones, ordenanzas y reglamentos municipales, y cualquier otra documentación jurídica que sea necesaria. Instrucción de los expedientes que le sean encomendados. Atención al ciudadano y al personal municipal en la resolución de dudas. Participación en mesas de contratación y órganos de selección de personal. Asistencia a reuniones relacionadas con las tareas que sean propias del servicio, cuando sea requerido. En todos los expedientes, velar y controlar el cumplimiento de plazos de presentación de solicitudes, respuesta de requerimientos, emisión de informes, o exigencias de responsabilidades. Todas aquellas tareas propias de su categoría y relacionadas con el servicio que le sean encomendadas y para las que haya sido instruido. Todas estas tareas se tendrán que ejecutar según la normativa básica de PRL. |
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SEGUNDO. Disponer que se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a los efectos correspondientes.”
Lo cual se hace público para general conocimiento.
Ciutadella de Menorca en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2025)
El alcalde Llorenç Ferrer Monjo