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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 43618
Acuerdo del Ple de día 19 de diciembre de 2024, punto sexto del orden del día, de aprobar la modificación del puesto de trabajo con código id. 2051 de la categoría de ayudante de jardinero por oficial de jardinero (expediente 2024/013463)

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Texto

El Ple del Ajuntament, en sesión ordinaria de día 19 de diciembre de 2024, en el punto sexto del orden del día, adoptó los acuerdos siguientes:

“PRIMERO. Aprobar la modificación del puesto de trabajo código id. 2051, asignado a una plaza de personal laboral, del grupo profesional C2, categoría ayudante de jardinero, adscrito al programa presupuestario 171, y reconvertirlo en una plaza de personal laboral, del grupo laboral C2, con la categoría de oficial de jardinero, dentro del mismo programa presupuestario. Al nuevo puesto de trabajo se le asignarán las mismas retribuciones que al puesto de trabajo código 2047, adscrito al mismo servicio y programa presupuestario, mientras tanto no se apruebe, publique y entre en vigor la relación de puestos de trabajo que se encuentra en trámite de negociación; o se produzca cualquier otra causa o procedimiento que implique la modificación o supresión del puesto de trabajo que ahora se aprueba. Todo ello de conformidad con la siguiente catalogación que se lleva a aprobación.

Denominación del puesto de trabajo:

Oficial de jardinero

Código identificación del puesto de trabajo

2051

Tipo

Personal laboral

Escala, subescala, clase/categoría, grupo/subgrupo

Escala especialistas y oficios, categoría oficial CMO, grupo C2

Sueldo base

1431,75 €. Año 2024

Complemento de residencia

56,22 € . Año 2024

Requisitos para ocupar el puesto de trabajo

Graduado de ESO o equivalente.

Disponer del nivel B1 de conocimientos de lengua catalana o superior

Forma de provisión

Todas las admitidas de acuerdo con la normativa vigente del momento

Jornada:

 

Área, servicios o departamento de adscripción

Territori i Entorn / Medi Ambient i Sostenibilitat

Funciones genéricas a realizar

Ejecutar actividades de siembra, poda, trasplantar, riego, así como excavar, fertilizar y mantener en general parques y jardines.

Llevar a cabo las tareas encomendadas por el encargado o superior jerárquico.

Traslado de las tareas y coordinación y distribución de estas con el personal asignado.

Conservación y mantenimiento de las herramientas y de los materiales.

Revisar las instalaciones que le sean encomendadas.

Informar al superior jerárquico de las actividades llevadas a cabo y las incidencias que hayan podido surgir en el desarrollo de estas.

Localizar y reparar averías o situaciones de riesgo, si procede.

Tareas relativas a la instalación, reparación y al mantenimiento y/o montaje:

Preparar la tierra, acondicionar el suelo, nivelarlo...

Preparación de insecticidas para su uso.

Organización e instalaciones del sistema de drenaje.

Construir instalaciones dentro de los jardines, tales como caminos o áreas pavimentadas, paredes, fuentes, cierres.

Verificar la salud de las plantas y árboles, identificar y tratar plagas y enfermedades, y aplicar abonos.

Desbroce.

Realización de cierres para impedir el paso y la colocación de equipaciones en áreas de ocio.

Plantación de cualquier especie de elemento vegetal.

Realización de ornamentos florales y con plantas.

Recorte y limpieza de ramas y frutos.

Riego automatizado.

Protección y entierro de árboles, matas, trepadoras...

 

Poda de todo tipo de árboles y de palmeras.

Cortar el césped y los arbustos.

Embalaje y transporte de plantas.

Abonar la tierra de cultivo y jardinería.

Manejo de maquinaria de jardinería.

Utilizar correctamente los equipos de protección personal, así como las protecciones colectivas.

Prestar apoyo al resto de brigadas municipales cuando fuera necesario por motivos del servicio, y especialmente en situaciones excepcionales (temporales, inundaciones, incendios, torrentadas...).

Todas las tareas propias de su categoría y relacionadas con el servicio que le sean encomendadas y para la que haya sido instruido.

Todas estas tareas se deberán ejecutar según la normativa básica de PRL.

SEGUNDO. Disponer que se publique este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, a los efectos correspondientes.”

Lo cual se hace público para general conocimiento.

 

Firmado en Ciutadella de Menorca en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2025)

El alcalde Llorenç Ferrer Monjo