Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN DE ATENCIÓN Y SOPORTE A LA DEPENDENCIA Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 41043
Resolución de la Presidenta del Patronato de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares por la que se rectifican los errores materiales advertidos en el Anexo 1 de la Resolución de día 22 de diciembre de 2023 por la que se aprueba la oferta pública de ocupación ordinaria para el año 2023
Antecedentes
1. En el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 175, de 28 de diciembre de 2023, se publicó la Resolución de la Presidenta del Patronato de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares de 22 de diciembre por la que se aprueba la oferta pública de empleo ordinario para el año 2023.
2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas dispone lo siguiente: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
3. Se han advertido errores materiales en el Anexo 1 de la citada Resolución, en el que se especifican los puestos de trabajo incluidos en la oferta pública de empleo ordinaria para el año 2023, que deben corregirse y que no afectan al número total de plazas.
RESOLUCIÓN
Primero. Corregir los errores materiales detectados en el Anexo 1 de la Resolución de día 22 de diciembre de 2023 por la que se aprobó la oferta pública de empleo ordinaria para el año 2023 en el siguiente sentido:
Donde dice
ANEXO 1 Oferta pública de ocupación ordinaria
Categoría/Especialidad |
Isla |
Número de plazas |
||
Turno libre |
Turno promoción interna |
Total |
||
Coordinador/a de trabajadores sociales |
Mallorca |
1 |
0 |
1 |
Trabajador/a social |
Mallorca |
2 |
0 |
2 |
Técnico/a de integración social |
Mallorca |
2 |
0 |
2 |
Administrativo/a |
Mallorca |
1 |
0 |
1 |
Auxiliar de farmacia |
Mallorca |
1 |
0 |
1 |
Auxiliar de recepción |
Mallorca |
1 |
0 |
1 |
Limpiador/a |
Ibiza |
1 |
0 |
1 |
|
Total |
9 |
0 |
9 |
Debe decir
ANEXO 1 Oferta pública de empleo ordinaria
Categoría/Especialidad |
Isla |
Grupo |
Número de plazas |
||
|
Turno libre |
Turno promoción interna |
Total |
||
Técnico/a titulado/a de grado medio. Coordinador/a de trabajadores sociales (Plaza singularizada) |
Mallorca |
B |
1 |
0 |
1 |
Técnico/a titulado/a de grado medio. Trabajador/a social |
Mallorca |
B |
2 |
0 |
2 |
Técnico/a de integración social |
Mallorca |
C |
2 |
0 |
2 |
Auxiliar administrativo/a |
Mallorca |
D |
1 |
0 |
1 |
Auxiliar de farmacia |
Mallorca |
D |
1 |
0 |
1 |
Auxiliar de recepción |
Mallorca |
D |
1 |
0 |
1 |
Limpiador/a |
(Ibiza) |
E |
1 |
0 |
1 |
|
Total |
|
9 |
0 |
9 |
Segundo. Dar cuenta de esta Resolución en la próxima reunión del Patronato de la Fundación y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Esta Resolución se puede impugnar ante el orden jurisdiccional social, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni se tenga que interponer preceptivamente una reclamación previa a la vía jurisdiccional social.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de enero de 2025)
La presidenta del Patronato Catalina Cirer Adrover