Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 40520
Contratación monitora educativa procedente del proceso de estabilización
El alcalde del Ayuntamiento de Son Servera, mediante Decreto de Alcaldía núm. 2025-0074, de 20 de enero de 2025, ha resuelto lo siguiente:
“El Decreto de alcaldía núm. 2022-0739, de 20 de mayo de 2022, que aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de la ocupación temporal (BOIB núm. 68, de 26 de mayo de 2022), modificada por Decreto de alcaldía núm. . 2022-0809, de 3 de junio de 2022 (BOIB núm. 75, de 9 de junio de 2022 y por Decreto de alcaldía núm. 2022-1408, de 19 de septiembre de 2022 (BOIB núm. 124, de 22 de septiembre de 2022).
El BOIB nº. 119 de 10 de septiembre de 2022 que publica la formalización del convenio de colaboración entre el Consell de Mallorca y el Ayuntamiento de Son Servera, para la convocatoria y gestión de los procesos de estabilización de la ocupación temporal.
La convocatoria proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional concurso méritos para cubrir plazas personal laboral fijo del subgrupo C2 entre otros del Ayuntamiento de Son Servera aprobada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022 .
La convocatoria del proceso selectivo por el sistema excepcional del concurso de méritos para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, entre otros del Ayuntamiento de Son Servera, aprobada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 30 de noviembre de 2022, modificada por Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de fecha 24 de enero de 2023 y de fecha 8 de febrero de 2023 y por Resolución de la consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública de fecha 29 de agosto de 2023 (BOIB núm. 158, de 6 de diciembre de 2022, BOIB núm. 13, de 28 de enero de 2023 y BOIB núm. 19, de 11 de febrero de 2023 y BOIB núm. 121, de 30 de agosto de 2023, respectivamente).
En esta convocatoria se convocó, entre otras, una plaza de monitor educativo del Ayuntamiento de Son Servera.
La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 3 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 159 de 7 de diciembre de 2024) que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2, entre otros de monitor-a educativo-iva de Son Servera, y remitida por el Consell de Mallorca con RGE 2024-E-RC-8436, de 13 de diciembre de 2024.
La declaración responsable presentada por la interesada con RGE 2024-E-RE-5165, de 20 de diciembre de 2024 en cumplimiento de la base 9.2 de la convocatoria reseñada, por la que declara que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realice ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Vista la propuesta de resolución PR/2025/64 de 14/de enero/2025 fiscalizada desfavorablemente con fecha de 20/de enero/2025.
Visto que el órgano gestor planteó discrepancia ya la vista de resolución de la misma a favor del órgano gestor con fecha 20/de enero/2025.
De acuerdo con las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia del régimen local, y concretamente de acuerdo con el artículo 21), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local .
RESUELVO:
PRIMERO.- Contratar, con efectos a partir de 21 de enero de 2025, a Maria del Pilar Marugan Gallardo con DNI ***7878** como monitora educativa, personal laboral fijo a jornada parcial (50%) grupo/subgrupo C2 d de acuerdo con la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 3 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 159 de 7 de diciembre de 2024) que aprueba la lista definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del subgrupo C2.
SEGUNDO.- Requerir a María de Pilar Marugan Gallardo el cumplimiento de la obligación establecida en la base 5.2 de la convocatoria para que en el plazo de dos años a partir de su contratación acredite el nivel de conocimiento de la lengua catalana B1. Si transcurrido el plazo de dos años, no se acredita el nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso, estas personas serán removidas del puesto de trabajo por falta de adecuación a sus funciones, mediante un procedimiento contradictorio y oídos los órganos de representación del personal correspondiente. La remoción supone el cese en el puesto de trabajo obtenido en el correspondiente proceso selectivo, y la pérdida de dicho puesto.
TERCERO.- Requerir a María del Pilar Marugan Gallardo para que justifique su participación en todas las convocatorias de pruebas de lengua catalana que durante este período convoquen la Dirección General de Política Lingüística y la EBAP para obtener el certificado de conocimientos de lengua catalana B1, tal y como dispone la base quinta de la convocatoria reseñada, mientras no haya obtenido el nivel de conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso
CUARTO.- Publicar la presente resolución en el BOIB y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Son Servera.
QUINTO.- Notificar la presente resolución a la persona interesada”
Son Servera, documento firmado electrónicamente (22 de enero de 2025)
El alcalde Jaume Servera lliteras