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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 29814
Notificación del Decreto de Presidencia acordando el reconocimiento de la obligación de pago de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025

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Texto

De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59, de fecha 4-05-2024), se notifica a las siguientes personas solicitantes/beneficiarias de las ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2024001056, de fecha 19 de diciembre de 2024, y del siguiente tenor:

“.../...

Visto el Decreto de Presidencia núm. 20240000949, de fecha 21 de noviembre de 2024, que establece lo siguiente:

«.../...

Primero.- Denegar la concesión de la ayuda económica solicitada a las personas que se relacionan a continuación por los motivos que se detallan:

EXP. TAO

NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

CIF/DNI

Motivación

2024/13173V

ANTONIO JOSÉ PLANELLS PRATS

***5360**

No cumple con la cuantía mínima de concesión establecida en el punto 6. de la línea e) Ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola de la Convocatoria de ayudas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59 de 04-05-2024)

Segundo.- Disponer la concesión de una ayuda económica a las personas solicitantes de ayuda para el FOMENTO DEL USO DE MATERIALES BIODEGRADABLES EN ACOLCHADO AGRÍCOLA, que supone una subvención total de 10.898,38€ con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, distribuidos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que la mencionada convocatoria exige:

Exp. TAO

Nombre y apellidos / Razón social

CIF/DNI

Cantidad Concesión (€)

2024/11945P

JUAN RIERA CARDONA

***4359**

410,85

2024/12000V

CAN ESCARRER, S.L.

B16607780

2.613,12

2024/12151F

JOSE RIBAS CARDONA

***4529**

893,86

2024/12378G

JOSE MARIA PLANELLS PALAU

***5519**

683,10

2024/12422W

J. ANTONIO AGUILÓ VALLESPIR

***7634**

701,35

2024/12446A

VANESA PLANELLS BANDERA

***5980**

343,77

2024/12983B

ANTONIO PLANELLS ROSELLÓ

***5878**

3.000,00

2024/13548R

RAIMON TORRES KORKEAMAKI

***5148**

513,61

2024/13629J

ANTONIO TUR BONED

***5395**

719,55

2024/14032W

MARINA CARDONA BAOS

***5638**

470,31

2024/14299Q

CAN SOLDAT, S.C.

J16564718

548,86

El remanente no utilizado de esta ayuda supone un total de 1.101,62 € a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

.../...»

Visto que las personas beneficiarias, en el mismo momento que solicitaron la subvención para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, comunicaron y justificaron al Departamento competente en materia de agricultura la finalización de las actuaciones objeto de subvención mediante la solicitud de pago; acompañando las facturas y documentos acreditativos de los gastos realizados, junto con los correspondientes justificantes de pago, así como una relación detallada de las facturas mencionadas.

Visto el informe técnico de fecha 19 de noviembre de 2024 de justificación de las ayudas concedidas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola para el año 2024, emitido por la ingeniera agrícola de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino), incorporado al expediente de referencia con CSV .../..., una vez revisadas las solicitudes de concesión y pago y la documentación que las acompañan.

Visto el informe de seguimiento de fecha 19 de noviembre de 2024 sobre el estado de seguimiento de la subvención a las personas interesadas en la línea de ayudas para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, en cumplimiento del art. 88.3. del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un total de 10.898,38€.

Dado que existe crédito presupuestario, que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que consta en el expediente de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 la retención de crédito para este expediente (contabilizada por la Intervención de esta Corporación en fecha 12 de marzo de 2024 y núm. exp. contable ATM 2/2024000001716 y el expediente de retención de crédito a futuros núm. 2/2024000001717).

Vista la Propuesta de resolución de pago de la ayuda para el fomento del uso de materiales biodegradables en acolchado agrícola, línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024, emitida el 21 de noviembre de 2024 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza en funciones.

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 12 de diciembre de 2024.

Dadas las Bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de los ámbitos agrícola, ganadero, pesquero y cinegético en la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 51 de 15-04-2008 y su modificación en el BOIB núm. 100 ext. de 30-06-2011.

Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 12 de abril de 2024 de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 y correspondiente extracto, que se publicó en el BOIB núm. 59 de fecha 4 de mayo de 2024 y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) con núm. 757249.

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dados los artículos 21 y 33 de la Ley 4/2022 de 28 de junio, de Consejos Insulares (BOIB núm. 88, de 7 de julio de 2022); el artículo 52 del Reglamento Orgánico del CIE (BOIB núm. 136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016); el Decreto de Presidencia núm. 2023000467, de estructura del Gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de Departamentos (BOIB núm. 88, de 29 de junio de 2023) y el Decreto de Presidencia núm. 2023000472, de fecha 28 de junio de 2023, de nombramiento de las personas miembros del Consejo Ejecutivo y de las vicepresidencias del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 88, de 29 de junio de 2023),

DECRETO

Primero.- Reconocer la obligación de pago de las ayudas para el FOMENTO DEL USO DE MATERIALES BIODEGRADABLES EN ACOLCHADO AGRÍCOLA, Línea e) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025, que supone una subvención total de 10.898,38 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, distribuidos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que la mencionada convocatoria exige:

Exp. TAO

Nombre y apellidos / Razón social

CIF/DNI

Cantidad Concesión (€)

2024/11945P

JUAN RIERA CARDONA

***4359**

410,85

2024/12000V

CAN ESCARRER, S.L.

B16607780

2.613,12

2024/12151F

JOSE RIBAS CARDONA

***4529**

893,86

2024/12378G

JOSE MARIA PLANELLS PALAU

***5519**

683,10

2024/12422W

J. ANTONIO AGUILÓ VALLESPIR

***7634**

701,35

2024/12446A

VANESA PLANELLS BANDERA

***5980**

343,77

2024/12983B

ANTONIO PLANELLS ROSELLÓ

***5878**

3.000,00

2024/13548R

RAIMON TORRES KORKEAMAKI

***5148**

513,61

2024/13629J

ANTONIO TUR BONED

***5395**

719,55

2024/14032W

MARINA CARDONA BAOS

***5638**

470,31

2024/14299Q

CAN SOLDAT, S.C.

J16564718

548,86

Teniendo en cuenta que la cantidad máxima destinada a esta línea es de 12.000€ con cargo a la aplicación presupuestaria 4100 47900, resulta un remanente en la aplicación presupuestaria 4100 47900 por un importe de 1.101,62 €.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de pago, en virtud de lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2024-2025 (BOIB núm. 59, de 04-05-2024).

.../...»

De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares (BOIB nº. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB nº.136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB nº.148 de 14.10.2010, modificación en BOIB nº. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.

De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el articulo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa (BOE nº. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo esto, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.

 

Ibiza, 16 de enero de 2025

La técnica de Administración General Maria José Cardona Muñoz