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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 27972
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la cual se rectifica el error material advertido a la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 21 de diciembre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria informativa para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo para personas con discapacidad a centros especiales de empleo por medio de la financiación parcial de sus costes salariales, la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 11 de enero de 2025, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 21 de diciembre de 2024 por la cual se aprueba la convocatoria informativa para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo para personas con discapacidad a centros especiales de empleo por medio de la financiación parcial de sus costes salariales, la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas.

2. Posteriormente en la publicación se ha advertido un error material relativo a las fechas publicadas de presentación de las solicitudes.

3. Advertido un error material, es necesario corregirlo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dispone que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativos corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Rectificar el error material advertido en el siguiente sentido:

Donde dice:

«1. Los plazos para presentar las solicitudes son los siguientes:

a. Programas 1 y 2: costes salariales

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de octubre de 2024 y el día 31 de mayo de 2025: el plazo de presentación comprende desde el tercer día hábil siguiente al de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el día 9 de mayo de 2025.

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de abril y el día 30 de junio de 2025: el plazo de presentación de solicitudes comprende desde el día 15 de mayo de 2025 hasta el día 18 de julio de 2025.

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de junio y el día 30 de septiembre de 2025: el plazo de presentación de solicitudes comprende desde el día 14 de agosto de 2025 hasta el día 10 de octubre de 2025.

En el caso de solicitar una subvención de costes salariales correspondientes a más de un mes, se tiene que presentar una solicitud por cada mes. Cada solicitud tiene que llevar su propio registro de entrada.

b)  Programa 3: adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas

El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el tercer día hábil siguiente al de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 11 de octubre de 2025.»

Tiene que decir:

«1. Los plazos para presentar las solicitudes son los siguientes:

a. Programas 1 y 2: costes salariales

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de octubre de 2024 y el día 31 de marzo de 2025: el plazo de presentación comprende desde el tercer día hábil siguiente al de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta el día 9 de mayo de 2025.

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de abril y el día 30 de junio de 2025: el plazo de presentación de solicitudes comprende desde el día 15 de mayo de 2025 hasta el día 18 de julio de 2025.

— Solicitudes de costes salariales generados entre el día 1 de julio y el día 30 de septiembre de 2025: el plazo de presentación de solicitudes comprende desde el día 14 de agosto de 2025 hasta el día 10 de octubre de 2025.

En el caso de solicitar una subvención de costes salariales correspondientes a más de un mes, se tiene que presentar una solicitud por cada mes. Cada solicitud tiene que llevar su propio registro de entrada.

b) Programa 3: adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas

El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el tercer día hábil siguiente al de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears hasta el día 10 de octubre de 2025.»

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (14 de enero de 2025)

El consejero de Empresa, Empleo y Energía Alejandro Sáenz de San Pedro García