Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 20429
Resolución del gerente de la Fundación para el Deporte Balear por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Fundación para el Deporte Balear y se adjudica la plaza de personal laboral fijo de facultativo técnico / facultativa técnica en fisioterapia
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Antecedentes
1. El 30 de mayo de 2022, el Patronato de la Fundación para el Deporte Balear aprobó la oferta pública de estabilización correspondiente al personal de la Fundación para el Deporte Balear (BOIB n. º 71, de 31 de mayo).
2. El 22 de diciembre de 2022, la presidenta del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear dictó la Resolución por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Fundación para el Deporte Balear (BOIB n.º 169, de 29 de diciembre). Según las bases de la convocatoria publicadas en el BOIB y en la web de la Fundación para el Deporte Balear, se otorgó un periodo de treinta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria para presentar solicitudes.
3. El 18 de enero de 2023, la presidenta del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear dictó una resolución de corrección de errores por la que se modifica la Resolución mencionada en el punto anterior (BOIB n.º 10, de 21 de enero). En esta Resolución se otorga un nuevo plazo de treinta días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación para la presentación de solicitudes en la convocatoria.
4. Una vez acabado el procedimiento establecido en las bases, el Tribunal del grupo B se reúne en fecha 16 de diciembre de 2024 para resolver las alegaciones, constituir la lista definitiva y proponer a la persona ganadora de la plaza del grupo B.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
3. La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad a la ocupación pública.
4. El Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública de las Islas Baleares.
5. Los Estatutos de la Fundación para el Deporte Balear (BOIB n. º 127, de 26 de septiembre de 2024).
6. La Resolución de la presidenta del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear de 22 de diciembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso oposición para cubrir las plazas de personal laboral de la Fundación para el Deporte Balear (BOIB n.º 169, de 29 de diciembre).
7. La Resolución de corrección de errores de la presidenta del Patronato de la Fundación para el Deporte Balear de 18 de enero de 2023 por la que se modifica la Resolución mencionada en el punto anterior.
8. El acuerdo del Tribunal del grupo B de 18 de diciembre de 2024 por el que se constituye la lista definitiva una vez concluido el procedimiento de alegaciones en la publicación de las listas provisionales y acuerda proponer la adjudicación de las plazas del grupo B.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aprobar la lista definitiva con orden de clasificación de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2. Adjudicar la plaza de personal laboral fijo de fisioterapia del centro médico de la Fundación para el Deporte Balear (isla de Mallorca) a tiempo parcial (32,5 horas semanales) con la categoría de facultativo técnico en fisioterapia, grupo B, al aspirante que ha obtenido la mejor puntuación y cumple los requisitos necesarios y los méritos alegados: el señor Lluís Gómez Valero, con el DNI ***2098**.
3. Requerir a la Fundación para el Deporte Balear y al señor Lluís Gómez Valero que, en el plazo de tres días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB, formalicen el contrato de trabajo.
4. Dejar sin efecto las bolsas preferentes, dado que los cinco candidatos restantes no han obtenido una puntuación mínima de 5 puntos en la fase de oposición y el otro candidato que sí la ha superado no acredita los méritos alegados en la declaración responsable, según lo que establece el punto 20 del BOIB n. º 169, de 29 de diciembre de 2022.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la web de la Fundación para el Deporte Balear.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el presidente de la Fundación para el Deporte Balear en el plazo de un mes contador a partir del día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Palma, (firmado electrónicamente: 10 de enero de 2025)
El gerente Eladio Huertas Pons