Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 16352
Elección cargo juez o jueza de paz titular
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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, el Ayuntamiento de Pollença ha iniciado el expediente para la elección de juez de paz titular.
En su virtud, se hace público que se abre el plazo de presentación de instancias, que será de quince días hábiles a contar desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Las personas interesadas que reúnan las condiciones legales de capacidad y compatibilidad señaladas por el artículo 13 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, podrán presentar su solicitud en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien en cualquier otra de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los requisitos que, de acuerdo con la normativa aplicable, deben cumplir los interesados y las interesadas son:
- Ser español/a
- Ser mayor de edad
- No estar incluido o incluida en ninguna de las causas de incapacidad establecidas en el artículo 303 de la Ley orgánica 6/985, de 1 de julio, del poder judicial, que literalmente dice: «Están incapacitadas para el ingreso en la carrera judicial las personas impedidas física o psíquicamente para la función judicial; las condenadas por delito doloso mientras no hayan obtenido la rehabilitación; las procesadas o inculpadas por delito doloso mientras no sean absueltas o se dicte sentencia de sobreseimiento, y las que no están en el pleno ejercicio de sus derechos civiles».
- No incurrir en ninguna de las incompatibilidades y prohibiciones reguladas en los artículos 389 a 397 de la Ley orgánica 6/985, de 1 de julio, del poder judicial.
El modelo de solicitud específica se encuentra a disposición de las personas interesadas en las Oficinas de Atención Ciudadana (calle Calvari, 2 – 07460 Pollença y calle Metge Llopis, 1 – 07470 Puerto de Pollença, respectivamente) donde se podrán presentar presencialmente en el plazo establecido. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://ajpollenca.sedelectronica.es) donde se podran presentar de forma telemática.
Lo que se publica de acuerdo con lo que dispone el artículo 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz.
Pollença, en la fecha de firma electrónica (10 de enero de 2025)
El alcalde Martí March Cerdà