Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 14112
Extracto de la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se convocan ayudas para la formación de personal investigador (FPI) y la formación de personal investigador empresarial (FPI-E), así como subvenciones para tasas académicas (FPI 2024), con cofinanciación del Fondo Social Europeo (FSE +)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el texto del extracto de la convocatoria de la que se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Son destinatarias de las ayudas las entidades ubicadas en las Illes Balears que tengan la capacidad de formalizar los contratos laborales que se describen a continuación:

a) Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración General del Estado o dependientes, y los centros de I+D vinculados a administraciones públicas territoriales o que dependen, independientemente de la personalidad jurídica.

b) Centros públicos y privados de I+D sin finalidad de lucro: las universidades privadas y entidades públicas y privadas sin finalidad de lucro con capacidad y actividad demostrada en I+D. Se incluyen los centros tecnológicos la propiedad y la gestión de los cuales corresponde mayoritariamente a las administraciones públicas.

c) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica: de acuerdo con el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el cual se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de estos centros.

d) Empresas privadas de I+D y/o innovación: entidades privadas con capacidad y actividad demostradas en I+D+I.

Segundo. Finalidad:

Otorgar subvenciones a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico y a empresas ubicadas en las Illes Balears para financiar veintiséis ayudas para formar personal investigador, cuyo objetivo es formar en investigación científica y técnica a titulados superiores universitarios que quieran hacer una tesis doctoral.

Otorgar subvenciones destinadas a cubrir las tasas académicas para el personal investigador en formación, que incluyen la tutela académica de doctorado, la apertura y el mantenimiento del expediente, y la defensa de la tesis doctoral.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia de 26 de enero de 2010 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOIB número 25, de 13 de febrero).

Cuarto. Importe:

El importe máximo para cofinanciar los contratos predoctorales en concepto de sueldo, cuota patronal de la Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato laboral de conformidad con lo que establece el artículo 7 del Real decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el cual se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, será de:

—  El primer año: 27.522,77 € anuales 

—  El segundo año: 34.384,73 € anuales

—  El tercer año: 35.244,35 € anuales.

—  El cuarto año: 36.466,48 € anuales

El importe máximo para la financiación del coste de la indemnización a la finalización del contrato a la última anualidad será de 3.123,05 euros.

Cada año se meritan 12 mensualidades.

La dotación máxima para cada ayuda, en concepto de tasas académicas, para las personas investigadoras en formación que realicen la tesis doctoral en un programa de la Universidad de les Illes Balears adscritas a las entidades beneficiarias de esta subvención es de 1.456,00 euros e incluye la tutela académica del doctorado, la apertura y mantenimiento de expediente, así como la defensa de la tesis doctoral.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para presentar las solicitudes de las ayudas es de veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 8 de enero de 2025)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany