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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 817860
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Municipal Aguas y Alcantarillado, S.A. (EMAYA, S.A.) (código de convenio 07000291011981)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El 31 de enero de 2023, la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Municipal Aguas y Alcantarillado, S.A. acordó, las tablas salariales para el año 2023 y suscribió la correspondiente acta de la reunión.

2. El 30 de septiembre de 2024, Nuria Gallego Cañellas, en representación de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada acta. 

Fundamentos de derecho

1. El artículo 90.3 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Inscribir y depositar el acta del acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la Empresa Municipal Aguas y Alcantarillado, S.A., de 31 de enero de 2023, en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.

2. Notificar esta Resolución a la persona interesada.

 

3. Publicar el Acta en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, firmado electrónicamente: 25 de noviembre de 2024

La secretaria autonómica de Trabajo, Empleo y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía y por suplencia de la directora general de Trabajo y Salud Laboral (BOIB núm. 67/2024)

 

Acta núm. 01/2023 – Acta de la mesa de negociación del convenio colectivo de EMAYA, Empresa Municipal d´Aigües i Clavegueram, S.A. - Área de calidad urbana

En Palma de Mallorca, 31 de enero de 2023 a las 8:00h, se reúne de manera presencial la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de EMAYA – Calidad Urbana, en la sala Proyectos de Son Pacs, siendo los asistentes los que siguen:

Por parte de la Empresa:

  • D. Carles Juanes, vocal y secretario.
  • Dña. Nuria Gallego, vocal (no asiste y delega el voto a Carles Juanes)

Y por la parte social como miembros de la Mesa de Negociación:

  • D. Vicente Vilches, como Presidente del Comité de Empresa.
  • D. Juan Carles Nicolau, como Secretario del Comité de Empresa.
  • D. Antonio Montoro Pérez – vocal por SITEIB
  • D. César Vera Martínez - vocal por CCOO
  • D. Javier Sánchez Herrero - vocal por CGT
  • D. Jose Villanueva Vidal - vocal por USTE
  • D. José Ángel Vico Fontán -USTE
  • D. Miguel Romero Bolívar - vocal por USO
  • D. Raquel Romero Zaragoza – Vocal por USO
  • D. Álvaro Abad Pons – Vocal por USO
  • D. Fco Javier Pérez García – Vocal por USO
  • D. Víctor Pérez Méndez - vocal por CSIF
  • D. Valentin Nikolaev Valev – vocal por CSIF
 

​​​​​​​Delegados Sindicales:

  • D. José Antonio Díaz Arellano -CGT
  • D. José Luís García Monteagudo -CGT
  • D. Pedro Amparo González-CCOO
  • D. Juan Carlos Carvajal -CCOO
  • D. Fernando Herrera García - vocal por SITEIB
  • D. Joaquín Zapata León -CSIF
  • D. Fco. Javier Fernández Arjona -CSIF
  • D. Francisco Sánchez Reolid -USTE

Asesores por parte de la Dirección.

  • D. Felipe Belinchón, Director Calidad Urbana.
  • D. Xavier Hernández, Jefe de Administración de Personal.
  • Dña. Isabel Llull, Jefa de Relaciones Laborales.

Orden del día:

1. Firma acta de 22 de diciembre de 2022.

2. Revisión salarial.

3. Tasa reposición.

4. Planificación tribunales.

5. Fijos discontinuos: 10 meses de duración mínima del contrato.

6. Ruegos y preguntas.

Se inicia la reunión:

El Sr. Juanes manifiesta que en los puntos donde no esté presente la Sra. Gallego, le delega el voto al Sr. Juanes.

1. Firma acta de 22 de diciembre de 2022.

Se procede a la firma del acta del día 22 de diciembre de 2022.

2. Revisión salarial.

El Sr. Hernández informa que la masa salarial 2022 ha sido puesta a disposición en la biblioteca digital. Y como referencia expone el Art.19 de la Ley 31/2022, Título III Capítulo 1, De los gastos del personal al servicio del sector público, establece los siguientes criterios generales y límites de incremento:

Incremento global definido por PGE 2023, en términos de homogeneidad, no podrá experimentar un incremento global superior al 3,5% respecto a las vigentes a 31.12.2022.

Desglose del incremento configurado para el año 2023 respecto la masa del 2022:

I. Incremento fijo del 2,5%.

II. Dos cláusulas complementarias de revisión supeditada a la aplicación al acuerdo del Consejo de Ministros publicado en el BOE:

 

a. +0,5% por el IPCA (si la suma del IPCA del año 2022 y el IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 fuera superior al 6%).

b. +0,5% por el PIB (si el se igualase o superase PIB nominal 2023 previsto en el estimado por el Gobierno en el cuadro macroeconómico)

En base al anterior punto, la empresa propone aplicar el incremento salarial con la siguiente configuración:

1. Se declina destinar incremento a las aportaciones al plan de pensiones de Emaya.

2. Incremento del 2,50% distribuido porcentual a los conceptos de tablas salariales de convenio a partir del 01 de enero del 2023: Salario Base, residencia y beneficios.

3. Incremento adicional: se prevé destinar con la misma distribución del anterior punto 2, las dos cláusulas complementarias previstas del +0,5% por el IPCA y del +0,5% por el PIB (o el porcentaje que quede finalmente configurado), en el momento que quede autorizada y publicada oficialmente en el BOE su aplicación por el Consejo de Ministros.

Nota:

a. se incrementa indirectamente los conceptos vinculados por base a tablas salariales.

b. Se mantiene la aportación de las pólizas de contratos de seguro colectivos del Plan de Pensiones, o de naturaleza similar, que no tengan por objeto la cobertura de la contingencia de jubilación.

Ambas partes acuerdan aplicar el incremento salarial anteriormente descrito. Y se acuerda facultar y mandatar a Dña. Núria Gallero Cañellas, con DNI 43XXXX, Directora de Área Servicio Corporativo, para que, realice los trámites necesarios del registro y publicación del acuerdo con el ánimo de actualizar las tablas salariales a 01.01.2023, así como a que pueda realizar los trámites necesarios para el registro y publicación de las tablas salariales actualizadas 2023.

Del presente acuerdo se dará traslado para su visto bueno a la Oficina del Control de Gasto Público del Ayuntamiento y al Consejo de Administración de EMAYA.

Se adjunta documento:

  • Anexo 1_Tabla salarial de convenio (Anexo I) e incremento previsto por categoría laboral.

CCOO solicita que se revise el plus de kilometraje establecido en el art. 33 del convenio colectivo.

3. Tasa reposición.

El Sr. Hernández expone las bajas definitivas del año 2022 con un total de 13 de calidad urbana. También explica que hay 3 bajas definitivas del año 2022 que no generan vacante al no ser fijas las personas que han causado baja. También se han generado 17 bajas no definitivas.

Se aprueba por unanimidad la convocatoria de las 13 vacantes definitivas del 2022 por tasa de reposición en base al puesto asignado:

Plaza vacante

Nº de Plazas

Conductor/a 1ª Limpieza

3

Conductor/a recogedor 2ª Recogida

2

Conductor/a recogedor/a 2ª Limpieza

2

Peón especialista

5

Subjefe/a de servicio (Almacén)

1

Total

13

Para la cobertura de las vacantes, se seguirá el orden en primer lugar por promoción interna y en caso de quedar desiertas se sacarán por OPE, juntamente con la plaza de la persona que promociona.

Se mandará a todas las secciones sindicales una propuesta de Art. 12 para su estudio. Al mismo tiempo se mandará un listado completo de todas las plazas por promoción interna pendientes.

USO, solicita que se convoquen todas las plazas de superior categoría.

Sr. Juanes, esto no será posible hasta que no se negocie y acuerde el nuevo artículo 12 del convenio.

El Sr. Hernández abandona la reunión a las 11:30

4. Planificación tribunales.

La Sra. Llull se incorpora a la reunión a las 11:30 y expone es sistema de composición de tribunales del proceso de estabilización y que se va a llevar a cabo una formación a los miembros de los tribunales. El objetivo a corto plazo es: constituir tribunales, publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos, de todas las convocatorias antes del 28 de febrero.

El Sr. Nicolau solicita que la formación que se imparta y el material que se facilite en cuanto al funcionamiento y composición de tribunales se suba a la aplicación de calidad.

5. Fijos discontinuos: 10 meses de duración mínima del contrato.

CGT; sobre el punto de los fijos discontinuos quiere comentar que en la última negociadora se habló por parte de todos y cgt comentó que la estabilización habla de estabilizar los contratos fijos. Como en Emaya ha entrado la figura del fijo discontinuos culpa de dos sindicatos: USO y USTE que fueron los abanderados en interponer estas demandas con el mero hecho de perjudicar el orden de bolsa. ahora nos vemos abocados a solucionar de nuevo esta figura y que es lo que proponemos.

Resulta que muchos trabajadores y trabajadoras que a día de hoy son fijos y tras la estabilización y debido a la figura del fijo discontinuo pues muchos trabajadores serán fijos discontinuos tras pasar la fase de méritos y examen , que serán un total de 150 más o menos, proponemos que estos trabajadores una vez con su nuevo contrato de fijo discontinuo se le dé una garantía de 10 meses de contratación por que - por que la estabilización a ellos les ha perjudicado, porque en la actualidad están trabajando todo el año y al ser fijos discontinuos pues la empresa va a tener que cubrir con mas meses a estos fijos discontinuos que va hacer más falta este personal para cubrir todo el año.

También le pedimos a la empresa que todas las plazas que se crean fijas, sean dadas automáticamente a los fijos discontinuos por orden después de la oferta pública que las plazas pasen directamente a los fijos discontinuos y que se creen plazas públicas de fijos discontinuos.

En resumen, sacar plazas públicas fijas discontinuas y las plazas fijas se den a los primeros fijos discontinuos por estabilización.

El Sr. Juanes lo trasladará a la Dirección y contestará en consecuencia.

6. Ruegos y preguntas.

a) CCOO y USO solicitan tratar los gastos de renovación de carnet de conducir.

Sr. Carvajal, se les ha denegado a unos compañeros de taller, cuando hasta la fecha se le estaba abonando.

Sr. Juanes, les daremos contestación en la próxima negociadora o adelantaremos por escrito.

b) CCOO tiempo necesario para exámenes de catalán y carnet de conducir.

CCOO estamos en contra de que se proporcione el tiempo necesario para los exámenes de catalán, pero para la realización del carnet de conducir no se dé. Queremos que se dé el tiempo indispensable para la realización de los exámenes del carnet de conducir.

Sr. Juanes, el Estatuto de los Trabajadores establece un permiso por el tiempo indispensable para acudir a la realización de exámenes oficiales, siendo que el examen de catalán es para la obtención de un título oficial.

c) CSIF censo electoral.

CSIF: revisando el censo electoral hemos visto que, de nuevo, se vuelve a incluir a los controladores en el colegio de técnicos y administrativos.

Como pasó en las últimas elecciones, se discutió este tema y se estableció que dicho colectivo pertenecía al colegio de especialistas y no cualificados.

Sra. Llull, la detección de este o cualquier otro error se debe comunicar a la mesa electoral.

d) SITEIB y CGT, bajas de it: sabemos que, a partir de abril, se van a informatizar los partes de asistencia médica. que se siga aceptando el parte de baja en papel.

Sr. Juanes, no se le podrá imputar ningún incumplimiento a una persona trabajadora por no aportar un parte de baja, si no tiene la obligación de hacerlo.

Finaliza la reunión a las 13.15h, firmando en señal de conformidad los asistentes presentes.

Documentos adjuntos