Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 11233
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales a propuesta de la directora general de Atención a la Dependencia, por la cual se reconoce la obligación y se propone el pago parcial de la subvención otorgada a favor de la entidad RES-MIRO 4, SL, para financiar inversiones dirigidas a la reforma y la rehabilitación de espacios residenciales para reconvertir plazas para personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En la fecha de la firma electrónica que consta en este documento, la directora general de Atención a la Dependencia ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. En fecha 6 de julio de 2024, se publicó la Resolución de 21 de junio de 2024 de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas titulares de servicios residenciales para gente mayor para financiar inversiones dirigidas a la reforma y la rehabilitación de espacios residenciales para reconvertir plazas para personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia (BOIB n.º 89 de 6 de julio) y modificada por Resolución de 16 de octubre de 2024 de la consejera de Familias y Asuntos Sociales (BOIB n.º 137 de 19 de octubre).

2. En fecha 6 de noviembre de 2024, dentro del plazo establecido por el punto 8.5 de la convocatoria para la presentación de solicitudes de subvenciones a la línea 1 de subvenciones, la entidad RES-MIRO 4, SL, con NIF B07964471, presentó una solicitud de subvención por un importe de 1.160.890,42€ para reformar o rehabilitar 44 plazas para personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia.

3. Instruido el procedimiento de concesión, en fecha 13 de diciembre de 2024, la consejera de Familias y Asuntos Sociales dictó una resolución por la cual se concede una subvención por importe de setecientos mil euros (700.000,00€) a la entidad RES-MIRO 4, SL con NIF B07964471,para financiar, con cargo a la línea 1 de subvenciones de la convocatoria, el proyecto «Proyecto de adecuación de las plazas de la residencia de gente mayor y creación de nuevos espacios de convivencia a Fontsana Son Armadams», en la isla de Mallorca, de acuerdo con el presupuesto presentado que asciende a 1.160.890,42€.

El periodo de ejecución es del 1 de enero de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2025.

En esa misma resolución se autorizó y se dispuso un gasto de setecientos mil euros (700.000,00€) a la entidad RES-MIRO 4, SL, con NIF B07964471, para financiar los gastos de inversión a cargo de la partida presupuestaria 17301/313D01/77000/00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los años 2024- 2025, con la siguiente distribución:

Partida Presupuestaria

Anualidad

Importe

17301/313D01/77000/00

2024

420.000,00€

17301/313D01/77000/00

2025

280.000,00

4. De acuerdo con lo que dispone el punto 13.1 a) de la convocatoria de subvenciones, el abono de las anualidades relativa a la línea 1 de subvenciones que prevé la convocatoria, para el año 2024 se ordenará el pago del 60% de la subvención concedida una vez se haya justificado, antes del 15 de noviembre de 2024, que se ha ejecutado el 60% del proyecto que haya servido para conceder la subvención, de todos los proyectos en ejecución en el periodo 2022-2025.

En el supuesto de que la entidad beneficiaria de la subvención presente una justificación por un importe inferior al lo 60% del proyecto, se abonará como máximo el porcentaje del proyecto justificado en esta anualidad, sin perjuicio que la entidad pueda solicitar una ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones en las condiciones marcadas en el artículo 15.3 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud y con la previa resolución a la que hace referencia el punto 3.3 de esta convocatoria.

 

5. Consta en el expediente el informe de liquidación parcial de 16 de diciembre de 2024 de la subvención a favor de la entidad RES-MIRO 4, SL con NIF B07964471,para financiar, con cargo a la línea 1 de subvenciones de la convocatoria, el proyecto «Proyecto de adecuación de las plazas de la residencia de gente mayor y creación de nuevos espacios de convivencia a Fontsana Son Armadams», en la isla de Mallorca, de acuerdo con el presupuesto aprobado que asciende a 1.160.890,42€, que concluye que la entidad beneficiaria ha presentado una justificación parcial de 696.657,50 euros, que corresponde a lo 60,01% del importe del presupuesto aprobado así como, una vez hechas las comprobaciones a las que hace referencia el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, se declara correcta la justificación presentada por la entidad beneficiaria.

6. Se ha comprobado, de conformidad con lo que dispone el punto 7.2.f) de la convocatoria de subvenciones, en relación con el artículo 11.f) del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones, y el artículo 38 del Decreto 75/2004, de 7 de julio, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que la entidad interesada se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias ante la Hacienda autonómica.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el cual se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 5 de marzo de 2021, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y juventud.

6. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears , por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Dentro de esa estructura, y bajo la dirección del Gobierno, se incluye la Consellería de Familias y Asuntos Sociales de la cual depende la Dirección General de Atención en la Dependencia.

7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears , por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, que atribuye a la Consellería de Familias y Asuntos Sociales, mediante la Dirección General de Atención a la Dependencia, la atención y el apoyo a personas con dependencia, a personas con discapacidad, a personas de la tercera edad y a otros colectivos en situación de riesgo o de necesidad social.

8. La Resolución de 21 de junio de 2024 de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas titulares de servicios residenciales para gente mayor para financiar inversiones dirigidas a la reforma y la rehabilitación de espacios residenciales para reconvertir plazas para personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia (BOIB n.º 89 de 6 de julio) y modificada por Resolución de 16 de octubre de 2024 de la consejera de Familias y Asuntos Sociales (BOIB n.º 137 de 19 de octubre).

9. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 21 de julio de 2023 por la cual se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consellería, y se establece el régimen de suplencia (BOIB n.º 103, de 22 de julio de 2023).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Familias y Asuntos Sociales que dicte una resolución en los términos siguientes:

Reconocer la obligación y proponer el pago de 420.000,00€ (cuatrocientos veinte mil euros), a favor de la entidad RES-MIRO 4, SL con NIF B07964471,para financiar, con cargo a la línea 1 de subvenciones de la convocatoria, el proyecto «Proyecto de adecuación de las plazas de la residencia de gente mayor y creación de nuevos espacios de convivencia a Fontsana Son Armadams», en la isla de Mallorca, con cargo a la partida 17301.313D01.77000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears correspondientes al ejercicio 2024.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

 

Palma, 17 de diciembre de 2024

El secretario general David Lozano Ortiz (Por delegación de competencias, BOIB n.º 103, de 22 de julio de 2023)

La directora general Maria Castro Amor