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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUBÍ

Núm. 853770
Acuerdo del Pleno de fecha 18 de noviembre de 2024, del Ayuntamiento de Llubí, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos núm. º 28/24 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería

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Texto

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de crédito nº 28/24, financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica éste para su general conocimiento a efectos de l artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

 Suplementos en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

Créditos  finales

Progr.

Económica

 

 

 

 

330

20200

Arrendamiento matzazem

5.720 €

5.000 €

10.720 €

 

 

TOTAL

5.720 €

5.000 €

10.720 €

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería, efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algunos conceptos del Presupuesto corriente, en los siguientes términos:

Suplementos en Conceptos de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Ninguna.

Arte.

Conc.

8

87

87000

 

5.000 €

 

 

 

TOTAL INGRESOS

5.000 €

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Llubí, documento firmado electrónicamente (30 de diciembre de 2024)

La alcaldesa Magdalena Perelló Frontera.