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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 852917
Resolución nº. 154/2024, de 13 de diciembre de 2024, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, relativa a la corrección de errores en la resolución de la convocatoria de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguarda y la difusión del patrimonio histórico de Menorca, incluido el patrimonio cultural inmaterial, para el año 2024 (exp. 2112-2024-000001)

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Texto

Dadas las bases que rigen la concesión de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguarda y la difusión del patrimonio histórico de Menorca, incluido el patrimonio cultural inmaterial, y la convocatoria correspondiente al año 2024, fueron aprobadas por el Consejo Ejecutivo día 8 de abril de 2024 y publicadas en el BOIB núm. 58 de 2 de mayo de 2024.

Visto el acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 29 de julio de 2024 relativo a la aprobación del cambio de los instructores de la convocatoria de ayudas, se publicó en el BOIB núm. 105 de 10 de agosto de 2024.

Considerando las reuniones de la Comisión Evaluadora de día 2 de septiembre y 10 de octubre de 2024 y sus propuestas de resolución al consejero ejecutivo de Cultura, Educación, Juventud y Deportes.

Vista la Resolución nº. 126/2024, de 27 de octubre de 2024, del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, donde se acordó conceder y denegar las ayudas a acciones para mejorar el conocimiento histórico de Menorca año 2024, que fue publicar en el BOIB núm. 145 de 5 de noviembre de 2024.

Visto el informe del administrativo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes y secretario de la Comisión Evaluadora, de día 3 de diciembre de 2024 que figura en el expediente.

Dado que la Comisión Evaluadora se reunió el día 2 de diciembre de 2024 para revisar un error en la concesión de las ayudas y que consistía en que no se tuvo en cuenta que los cambios en la puntuación de la línea 2, que están detallados en el acta de día 10 de octubre, afectaban a la distribución del importe de los remanentes de las demás líneas.

Dado que esta corrección implica que existe una entidad a la que no correspondía incrementar la ayuda inicial, y en cambio hay dos a quienes les corresponde un importe superior al previsto, tal y como se especifica en el informe antes transcrito. Estas modificaciones no afectan al crédito global de la convocatoria.

Dado que los miembros de la Comisión se dan por enterados y se muestran conformes en que se rectifiquen los importes de estas ayudas.

Dado que el artículo 33.2.K de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, establece como atribución de los consejeros ejecutivos resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Como titular del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023)

RESUELVO:

Primero. Aprobar una corrección de errores de la resolución nº. 126/2024, de 27 de octubre de 2024, del consejero ejecutivo de Cultura, Educación, Juventud y Deportes relativa a la concesión de ayudas correspondientes a la convocatoria de ayudas a acciones para mejorar el conocimiento, la salvaguarda y la difusión del patrimonio histórico, incluido el patrimonio cultural inmaterial, de Menorca para el año 2024

Segundo. Corregir el acuerdo, en lo que se refiere a la concesión de las ayudas de la línea 2 de intervenciones arqueológicas y paleontológicas, y

Donde dice:

Beneficiario: Fundació Illes Balears

NIF: G07431604

Proyecto: Tercera campaña del proyecto de intervención arqueológica y de restauración de la estructura postmedieval de “Torralba d'en Salort”

Total puntos obtenidos : 65,73

Cantidad concedida: 13.916,85 €

 

Beneficiario: Associació d'Amics des Museu d'Història de Manacor

NIF: G57278392

Proyecto: Primera campaña de intervención del segundo proyecto quinquenal en el yacimiento del “coll de cala Morell”

Total puntos obtenidos: 69,56

Cantidad concedida: 11.243,91

Concesión anticipo: 3.000 €

 

Beneficiario: Asociación Gea Cultura

NIF: G02881621

Proyecto: Segunda campaña del proyecto quinquenal de excavación de “Torre d'en Galmés”, Espacio y tiempo de ocupación diacrónica

Total puntos obtenidos: 68,20

Cantidad concedida: 11.024,07 €

Concesión anticipo: 3.000 €

Debe decir:

Beneficiario: Fundació Illes Balears

NIF: G07431604

Proyecto: Tercera campaña del proyecto de intervención arqueológica y de restauración de la estructura postmedieval de “Torralba d'en Salort”

Total puntos obtenidos : 65,73

Cantidad concedida: 10.624,81 €

 

Beneficiario: Associació d'Amics des Museu d'Història de Manacor

NIF: G57278392

Proyecto: Primera campaña de intervención del segundo proyecto quinquenal en el yacimiento del “coll de cala Morell”

Total puntos obtenidos: 69,56

Cantidad concedida: 14.000 €

Concesión anticipo: 3.000 €

 

Beneficiario: Asociación Gea Cultura

NIF: G02881621

Proyecto: Segunda campaña del proyecto quinquenal de excavación de “Torre d'en Galmés”, Espacio y tiempo de ocupación diacrónica

Total puntos obtenidos: 68,20

Cantidad concedida: 11.560,02 €

Concesión anticipo: 3.000 €

Tercero. Notificar la presente resolución a las entidades afectadas.

Cuarto. Remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el presente acuerdo en cumplimiento del arte. 20.8 de la LGS y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Maó, en la fecha de la firma electrónica (26 de diciembre de 2024)

El consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes Juan Domingo Pons Torres (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 de 11.7.2023)