Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 852477
Resolución n.º 2024/BS/0001455 de 20/12/2024 de la Consejera de Bienestar Social en relación a la concesión de ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados correspondientes al año 2024 del Consell Insular de Menorca
EXP. 1819-2024-000001 y consecutivos relacionados hasta el 1819-2024-000006
Dado que el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 23 de septiembre de 2024, aprobó las bases y la convocatoria que tenían que regular la concesión de ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados correspondientes al año 2024, (BOIB número 141 de 26 de octubre de 2024).
Atendidas las cinco solicitudes de ayuda económica para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y desplazamientos asociados, presentadas dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Atendida el acta de la Comisión Evaluadora celebrada el día 17 de diciembre de 2024, reunida de acuerdo con aquello que establecen las bases undécima y duodécima de la convocatoria de estas ayudas y la propuesta de distribución de las ayudas.
Vista la fiscalización favorable de la concesión de estas ayudas, en fecha 19 de diciembre de 2024 por parte del interventor del Consell Insular de Menorca.
Como titular del Departamento de Bienestar Social, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, por el Decreto de presidencia n.º 227/2023, de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y de reestructuración del resto de departamentos (BOIB n.º 158 de 21 de noviembre de 2023)
RESUELVO
Primero.- Informar favorablemente sobre las siguientes cinco solicitudes presentadas, así como la concesión de los importes que constan, a cargo de la partida presupuestaria 23131-4800006-3 de las ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y por desplazamientos asociados correspondientes a la convocatoria del año 2024, por un importe total de 31.333,61 €.
- Titular del EXP. 1819-2024-000002 M.A.B. (registro de entrada GE/038347/2024), con DNI ***4429**, la cantidad total de 20.070,80 €, en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda por el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
- Titular del EXP. 1819-2024-000003 P.P.C. (registro de entrada GE/038702/2024), con DNI ***1032**, la cantidad total de 962,52 € en concepto de los gastos justificados por los desplazamientos del beneficiario y de sus familiares, derivados de su estancia en un centro terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
- Titular del EXP. 1819-2024-000004 I.C.M. (registro de entrada GE/038823/2024), con DNI ***4963**, la cantidad total de 874,56 € en concepto de los gastos justificados por desplazamientos y alojamientos de familiares derivados de la estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
- Titular del EXP. 1819-2024-000005 C.P.C. (registro de entrada GE/038848/2024), con DNI ***3642**, la cantidad total de 6.020,00 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
- Titular del EXP. 1819-2024-000006 J.C.V. (registro de entrada GE/038906/2024), con DNI ***1212**, la cantidad total de 3.405,73 € en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.
Segundo.- Notificar, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la presente resolución a los interesados, de acuerdo con lo que establecen la base undécima de la convocatoria de ayudas referenciada y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, lo que comunico para su conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al mismo tiempo que os hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular, sin perjuicio que podáis utilizar cualquier otro recurso que consideréis procedente en derecho.
El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.
Tercero.- Comunicar estos acuerdos al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Maó, 24 de diciembre de 2024
La consejera ejecutiva Carmen Reynés Calvache (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)