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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 852469
Resolución n.º 2024/BS/0001454 de 20/12/2024 de la Consejera de Bienestar Social en relación a la concesión de ayudas económicas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2024

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Texto

 

EXP. 1820-2024-000001

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca (de ahora en adelante CIM), en sesión ordinaria de día 16 de septiembre de 2024, aprobó las bases que rigen la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2024 y la convocatoria correspondiente, (BOIB n.º 132 de 8 de octubre de 2024).

El plazo para la presentación de solicitudes acababa el 7 de noviembre de 2024 y se presentaron las 20 solicitudes siguientes:

ORDEN

ENTIDAD

CIF

NÚM. RE

1

FUNDACIÓ TUTELAR DEMÀ

G57676124

GE/034391/2024

2

IGLESIA EVANGELICA

R2800564C

GE/034746/2024

3

AFAM

G07335581

GE/034782/2024

4

PROJECTE HOME

G07488059

GE/035990/2024

5

PADRES TDAH

G57402695

GE/036026/2024

6

MEDICOS DEL MUNDO

G79408852

GE/036648/2024

7

SMAP (CELIACS)

G08841751

GE/036659/2024

8

ALBA

G07998321

GE/036661/2024

9

ASPANOB

G07608771

GE/036898/2024

10

ABFQ FIBROSI QUÍSTICA

G07563075

GE/036938/2024

11

FUNDACIÓN NEMO

G57989519

GE/036942/2024

12

ASAMDIB

G57738866

GE/036961/2024

13

FUNDACIO PERE TARRES

R5800395E

GE/036962/2024

14

CARITAS

R0700070F

GE/036993/2024

15

MENORCA PARA TODOS

G57823015

GE/037017/2024

16

CREU ROJA

Q2866001G

GE/037030/2024

17

AECC

G28197564

GE/037034/2024

18

LA SONRISA MÉDICA

V07664188

GE/037036/2024

19

MISIÓN INTERNACIONAL AVIVA EL FUEGO

R0700621F

GE/037214/2024

20

DISFAM

G57133019

GE/037735/2024

La novedad de la convocatòria de este año es la creación de una nueva línia de ayuda totalmente excluyentes la una de la otra, de forma que las entidades podían elegir entre la línia 1, con un importe de 500.000 euros, referente a la financiación de programas, o la línia 2, con un importe de 20.000 euros, con relación al apoyo a la realización de cursos, jornadas, seminarios, conferencias y otras actividades formativas.

El punto 8 de las bases establece que la instrucción corresponde a los técnicos que se indiquen a la convocatoria, que tienen que realizar de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de las cuales se tiene que dictar resolución sobre la concesión de las ayudas.

Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecidos en la convocatoria se han sometido al examen de la instructora del expediente y se han notificado las deficiencias existentes a los afectados.

De las 20 solicitudes presentadas, 17 cumplen todos los requisitos establecidos a las bases y se han denegado tres: dos por presentarse fuera de plazo y una por desisitird de la solicitud y no contestar un requerimiento de documentación.

El 18 de diciembre de 2024 se reunió la Comisión evaluadora, la cual informó sobre la admisión de las solicitudes, examinó la documentación y evaluó las solicitudes de subvención que cumplían los requisitos, en base a la valoración previa de la técnica y la documentación recogida durante este trámite.

El presupuesto del CIM por el año 2024 cuenta con un crédito por un importe de 500.000 euros para la línea 1 y 20.000 euros para la línea 2, para apoyar a la convocatoria para la concesión de subvenciones del CIM a las entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de atención a personas en el ámbito social realizados durante el año 2024.

La convocatoria determina que el crédito se repartirá en base a los criterios objetivos que aparecen en las bases para valorar la concesión. En todo caso, el total de las solicitudes propuestas para otorgarles la ayuda que hayan obtenido las puntuaciones mínimas indicadas superen el importe global de la convocatoria, las ayudas se reducirán proporcionalmente a la puntuación obtenida y atendiendo al importe de la convocatoria. Además, las bases establecen la posibilidad de destinar a la línea 1 los posibles remanentes de crédito que se puedan producir a la línea 2 y viceversa.

La base 11 estipula que las entidades beneficiadas restan obligadas a justificar la aplicación de los fondos hasta la fecha establecida a la convocatoria correspondiente.

Vista la fiscalización favorable, con fecha 19 de diciembre de 2024, del interventor.

De acuerdo con el artículo 33.2 k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, corresponde a los consejeros ejecutivos de sus departamentos «resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones».

Como titular del Departamento de Bienestar Social, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia n.º 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB n.º 158 de 21 de noviembre de 2023).

Por todo esto y en base al informe de la comisión evaluadora,

RESUELVO

PRIMERO. No admitir la solicitud de las entidades «Missión internacional Aviva lo Fuego» y DISFAM para presentar las respectivas solicitudes fuera de plazo.

SEGUNDO. No admitir la solicitud de la entidad «Menorca para todos» por no contestar el requerimiento de documentación. Así, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en caso de no aportar la documentación requerida se entenderá que se desiste de la solicitud.

SEGUNDO. Admitir 17 de las 20 solicitudes de subvención de las entidades que se han presentado a la convocatoria. Concretamente, 16 solicitud con relación a la línea 1 y 1 solicitud con relación a la línea 2.

TERCERO. Aprobar la puntuación obtenida en la evaluación con relación a la solicitud de la línea 2, la fuera de determinación del importe de la subvención prevista a la base tercera, los límites previstos en la base 7 y las solicitudes concretas de los solicitantes, de acuerdo con la distribución siguiente:

Nombre entidad

Cantidad solicitada

Puntos

Total concesión

TDAH Menorca

11.021,56 €

60%

1.429,5 euros

CUARTO. Aprobar la puntuación obtenida en la evaluación con relación a las solicitudes de la línea 1, la forma de determinación del importe de la subvención prevista a la base tercera, los límites previstos en la base 7 y las solicitudes concretas de los solicitantes, de acuerdo con la distribución siguiente:

Número

Nombre entidad

Cantidad solicitada

Puntos

1r reparto

2n reparto

Total concesión

1

Fundació Tutelar Demà per a persones amb trastorn mental greu

80.000 euros

62,92%

36.110,99 euros

6.354,53 euros

42.465,52 euros

2

Iglesia Evangélica Española

56.000 euros

58,74%

33.713,79 euros

5.932,69 euros

39.646,48 euros

3

Asoc. Familiares Enfermos de Alzheimer

12.420 euros

40,13%

12.420 euros

0

12.420 euros

4

Fundació Projecte Home Balears

50.000 euros

60,06%

34.471,41 euros

6.066,01 euros

40.537,41 euros

5

Médicos del Mundo

53.510 euros

54,67%

31.376,67 euros

5.521,42 euros

36.898,09 euros

6

SMAP Celíacs de Catalunya

4.753,96 euros

50,51%

4.753,96 euros

0

4.753,96 euros

7

Asoc. Dones Afectades Càncer Mama Menorca

28.015 euros

41,47%

23.800,54 euros

4.188,23 euros

27.988,77 euros

8

Asoc. De Padres de Niños con Cancer de Baleares (ASPANOB)

80.000 euros

70,74%

40.601,19 euros

7.144,68 euros

47.745,86 euros

9

Associació Balear de Fibrosi Quística

7.857,42 euros

71,32%

7.857,42 euros

0

7.857,42 euros

10

Fundación Nemo

69.556,27 euros

64,25%

36.876,25 euros

6.489,19 euros

43.365,45 euros

11

Associació d'ajuda al malalt desplaçat de les Illes Balears (ASAMDIB)

80.000 euros

65,72%

37.718,24 euros

6.637,36 euros

44.355,60 euros

12

Fund. Institut Pere Tarrés d'Educació en l'Esplai

29.257,31 euros

41,29%

23.697,51 euros

4.170,10 euros

27.867,62 euros

13

Càritas Diocesana Menorca

52.248,86 euros

71,25%

40.893,90 euros

7.196,19 euros

48.090,09 euros

14

Creu Roja

80.000 euros

45,03%

25.844,94 euros

4.547,99 euros

30.392,94 euros

15

Asociación Española contra el Cáncer (AECC)

80.000 euros

56,89%

32.649,69 euros

5.745,44 euros

38.395,13 euros

16

La Sonrisa Médica

25.790,17 euros

48,53%

25.790,17 euros

0

25.790,17 euros

Total

 

 

 

 

518.570,50 euros

QUINTO. Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la concesión de subvenciones de esta convocatoria.

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición.

Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma

 

Firmado en Maó en la fecha de la firma electrónica (24 de diciembre de 2024)

La consejera ejecutiva Carmen Reynés Calvache (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)