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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 851315
Aprobación de la concesión de subvenciones, reconocimiento de la obligación y propuesta del pago dentro de la convocatoria de subvenciones 2024 a los Ayuntamientos de Mallorca para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal

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Texto

BDNS: 805840

https://webpub2.igae.hacienda.gob.es/teseonet/convocatoria/detalle?id=1007400

La Consejera<A[consejera|consellera]> Ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local del Consejo Insular de Mallorca, día 23 de diciembre de 2024, ha dictado la siguiente resolución:

“Antecedentes

1.- La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local en fecha de 6 de noviembre de 2024, aprobó la convocatoria de subvenciones 2024 en los Ayuntamientos de Mallorca para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal.

El extracto de esta resolución se publicó en el BOIB nº. 147, de día 9 de noviembre de 2024

2.- El plazo para presentar las solicitudes de subvención finalizó el día 29 de noviembre de 2024, y podían acogerse a esta convocatoria todos los ayuntamientos de Mallorca (excepto Palma).

3.- A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destinó la cantidad total de doscientos mil euros (200.000,00 €) con cargo al presupuesto de 2024, y con cargo a la aplicación presupuestaria 65 94310 46203, RC número de operación: 220240025698. Con la concesión del gasto conjunto por el total del gasto previsto conceder, por importe de 683.842,66 € se ha agotado el crédito destinado a la convocatoria. La distribución del importe subvencionado se realiza según los criterios establecidos en el punto 6 de la convocatoria.

4.- Que teniendo en cuenta el tipo de convocatoria, dentro del plazo de presentación de la solicitud de subvención, en el mismo momento las entidades presentaron la documentación justificativa.

5. Dado el informe del órgano instructor relativo al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos necesarios para acceder a la subvención, y que las actuaciones que se proponen subvencionar también cumplen con los requisitos de la convocatoria, así como el reconocimiento de la obligación y su pago, atendiendo a las cuentas justificativas presentadas.

6. Dada la memoria justificativa de la concesión de subvenciones de esta convocatoria, emitida por el director insular de Desarrollo Local, según la cual se considera del todo punto justificado aprobar, en los términos informados por el órgano instructor, esta concesión, reconocimiento de la obligación y propuesta del pago de las subvenciones de la convocatoria de subvenciones 2024 a los Ayuntamientos de Mallorca para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal.

7. Dado el informe jurídico de la jefa del servicio de Desarrollo Local.

8. Dado que el expediente ha sido fiscalizado de conformidad por la Intervención delegada de la Misericordia.

Fundamentos

 I.- La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca aprobada por acuerdo del Pleno en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB núm. 21, de día 18 de febrero de 2017), y modificada por acuerdo del Pleno de día 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018), y los artículos concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento de despliegue.

II.- La convocatoria de subvenciones 2024 a los Ayuntamientos de Mallorca para la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal.

III.- La base 26.2.b de las de ejecución del presupuesto de 2024 del Consejo Insular de Mallorca establece que:

 “Los documentos que justifiquen la realización del gasto o reconocimiento de la obligación serán:

a. Si se trata de gastos de personal, serán las nóminas mensuales y las resoluciones administrativas que concedan cualquier otra percepción. b) En lo que se refiere a las subvenciones serán: facturas, minutas expedidas a nombre del beneficiario, memoria de actividades o documentos acreditativos de haber cumplido con la finalidad para la que se concedió la subvención como norma general. El reconocimiento de la obligación se hará cuando se dicte el acto por el que se reconozca y cuantifique el derecho de cobro del ente beneficiario. Si a fin de ejercicio, el ente beneficiario ha cumplido los requisitos para el cobro que se les ha exigido por la normativa reguladora y el centro gestor de la subvención tiene constancia de este hecho, aunque no se haya dictado acto de reconocimiento de la obligación, se reconocerá igualmente la obligación y el gasto. Se podrá dotar una provisión en las subvenciones y transferencias concedidas y que al cierre del ejercicio esté pendiente el cumplimiento de cualquier condición o trámite necesario para poder reconocer la obligación, con el fin de poder cubrir el posible gasto y en orden a dar una imagen fiel.”

IV.- Corresponde a la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local resolver esta convocatoria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33.2 letra k) y l) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

En virtud de todo lo expuesto, la consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, adopta lo siguiente,

RESOLUCIÓN

1.-Aprobar y conceder las subvenciones a favor de los ayuntamientos relacionados en la mesa adjunta y por las cantidades que se mencionan por un importe total de 200.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 65.94310.46203 del presupuesto del Consell de Mallorca por en el año 2024.

2.- Aprobar las cuentas justificativas de los ayuntamientos beneficiarios que se relacionan a continuación, de acuerdo con el informe emitido por el órgano instructor.

Exp. SEGEX

Ayuntamiento

CIF

Importe solicitado

Importe justificado

Importe justificado aceptado por el órgano instructor

1119035Q

Ayuntamiento de Alaró

P0700100A

2.160,80 €

2.160,80 €

2.160,80 €

1119035Q

 Ayuntamiento de Algaida

P0700400E

37.151,40 €

37.151,40 €

37.151,40 €

1119035Q

Ayuntamiento de Andratx

P0700500B

72.297,29 €

72.297,29 €

72.297,29 €

1119035Q

Ayuntamiento de Ariany

P0706600D

14.084,40 €

14.084,40 €

14.084,40 €

1119035Q

Ayuntamiento de Artà

P0700600J

3.509,00 €

3.600,96 €

3.509,00 €

1119035Q

Ayuntamiento de Banyalbufar

P0700700H

544,28 €

544,28 €

544,28 €

1119035Q

Ayuntamiento de Binissalem

P0700800F

15.848,80 €

10.792,50 €

10.792,50 €

1119035Q

Ayuntamiento de Búger

P0700900D

2.201,35 €

2.201,35 €

2.201,35 €

1119035Q

Ayuntamiento de Bunyola

P0701000B

3.049,20 €

3.049,20 €

3.049,20 €

1119035Q

Ayuntamiento de Campanet

P0701200H

3.582,37 €

3.582,37 €

3.582,37 €

1119035Q

Ayuntamiento de Campos

P0701300F

45.460,53 €

48.503,69 €

45.460,53 €

1119035Q

Ayuntamiento de Consell

P0701600I

5.445,00 €

5.445,00 €

5.445,00 €

1119035Q

Ayuntamiento de Esporles

P0702000A

5.590,20 €

5.590,20 €

5.590,20 €

1119035Q

Ayuntamiento de Estellencs

P0702100I

2.727,34 €

2.727,34 €

2.727,34 €

1119035Q

Ayuntamiento de Felanitx

P0702200G

26.451,08 €

26.451,08 €

26.451,08 €

1119035Q

Ayuntamiento de Inca

P0702700F

2.099,14 €

2.099,14 €

2.099,14 €

1119035Q

Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre

P0702800D

23.417,61 €

23.417,61 €

23.417,61 €

1119035Q

Ayuntamiento de Lloseta

P0702900B

12.530,76 €

12.530,76 €

12.530,76 €

1119035Q

Ayuntamiento de Llubí

P0703000J

76.012,81 €

76.012,81 €

76.012,81 €

1119035Q

Ayuntamiento de Manacor

P0703300D

15.281,15 €

15.281,15 €

 9.786,78€

1119035Q

Ayuntamiento de Mancor de la Vall

P0703400B

6.759,42 €

6.759,42 €

6.759,42 €

1119035Q

Ayuntamiento de Maria de la Salut

P0703500I

12.989,14 €

12.989,14 €

12.989,14 €

1119035Q

Ayuntamiento de Montuïri

P0703800C

41.988,06 €

41.988,06 €

41.988,06 €

1119035Q

Ayuntamiento de Muro

P0703900A

8.058,24 €

8.058,24 €

7.906,57€

1119035Q

Ayuntamiento de Petra

P0704100G

50.917,52 €

50.917,52 €

50.917,52 €

1119035Q

Ayuntamiento de Porreres

P0704300C

30.000,00 €

30.000,00 €

30.000,00 €

1119035Q

Ayuntamiento de Puigpunyent

P0704500H

7.468,12 €

7.468,12 €

7.468,12 €

1119035Q

Ayuntamiento Santa Eugènia

P0705300B

14.822,50 €

14.822,50 €

14.822,50 €

1119035Q

Ayuntamiento Santa Maria del Camí

P0705600E

11.918,50 €

11.918,50 €

11.918,50 €

1119035Q

Ayuntamiento de Santanyí

P0705700C

35.291,93 €

35.291,93 €

 9.572,18€

1119035Q

Ayuntamiento de Sant Joan

 P0704900J

7.247,90 €

7.247,90

7.247,90 €

1119035Q

Ayuntamiento de Sa Pobla

P0704400A

13.013,18 €

13.013,18 €

13.013,18 €

1119035Q

Ayuntamiento de Selva

P0705800A

19.970,29 €

19.970,29 €

19.350,65 €

1119035Q

Ayuntamiento de Sencelles

P0704700D

24.342,25 €

24.342,25 €

 23.082,64 €

1119035Q

Ayuntamiento de Ses Salines

P0705900I

21.780,34 €

21.780,34 €

21.780,34 €

1119035Q

Ayuntamiento de Son Servera

P0706200C

45.740,86 €

45.740,86 €

38.087,61 €

1119035Q

Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany

P0706500F

8.044,49 €

8.044,49 €

8.044,49 €

Totales    

729.797,25

727.876,07

683.842,66

3.- Disponer de un gasto de 200.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 65.94310.46203 a favor de los ayuntamientos beneficiarios y por las cuantías que figuran en el anexo I.

4. Reconocer y liquidar la obligación a favor de los ayuntamientos relacionados en el anexo I y con cargo a la partida presupuestaria detallada por importe de 200.000,00 euros en concepto de actuaciones destinadas a la limpieza, mantenimiento y conservación de caminos de titularidad municipal.

 5. Excluir la subvención solicitada a las siguientes entidades y por los motivos que se detallan, según establece la convocatoria:

EXP. SEGEX

AYUNTAMIENTO

CAUSA DE EXCLUSIÓN

1119035Q

Ayuntamiento de Capdepera

En la justificación presentada se incluyen actuaciones de inversión (capítulo 7) con un importe unitario y sin desglosar qué importe corresponde a las actuaciones subvencionables

1119035Q

Ayuntamiento de Deià

No se encuentra al corriente de obligaciones con el Consell de Mallorca

1119035Q

Ayuntamiento de Escorca

Los gastos justificados no son subvencionables

1119035Q

Ayuntamiento de Sineu

No se encuentra al corriente de obligaciones tributarias con la Administración del Estado

6. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca.

De conformidad con el artículo 44 en relación con el 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contra este acuerdo no se podrá interponer recurso en vía administrativa, si bien podrá formularse potestativamente REQUERIMIENTO para su anulación o revocación en el plazo de dos meses a contar desde el día en que se reciba la notificación con carácter previo a la interposición de recurso contencioso administrativo.

El requerimiento se entenderá desestimado si en el plazo de un mes desde su presentación no se notifica resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en el que se reciba comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o éste se entienda desestimado de forma presunta.

Si no se formulase requerimiento previo, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación. No obstante, lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Palma, en la fecha de la firma electrónica.

ANEXO I

Exp. SEGEX

Ayuntamiento

CIF

Importe solicitado

Importe justificado aceptado por el órgano instructor

Importe concedido y reconocimiento de obligación

1119035Q

Ayuntamiento de Alaró

P0700100A

2.160,80 €

2.160,80 €

631,96

1119035Q

Ayuntamiento de Algaida

P0700400E

37.151,40 €

37.151,40 €

10.865,48

1119035Q

Ayuntamiento de Andratx

P0700500B

72.297,29 €

72.297,29 €

21.144,42

1119035Q

Ayuntamiento de Ariany

P0706600D

14.084,40 €

14.084,40 €

4.119,19

1119035Q

Ayuntamiento de Artà

P0700600J

3.509,00 €

3.509,00 €

1.026,26

1119035Q

Ayuntamiento de Banyalbufar

P0700700H

544,28 €

544,28 €

159,18

1119035Q

Ayuntamiento de Binissalem

P0700800F

15.848,80 €

10.792,50 €

3.156,43

1119035Q

Ayuntamiento de Búger

P0700900D

2.201,35 €

2.201,35 €

643,82

1119035Q

Ayuntamiento de Bunyola

P0701000B

3.049,20 €

3.049,20 €

891,78

1119035Q

Ayuntamiento de Campanet

P0701200H

3.582,37 €

3.582,37 €

1.047,72

1119035Q

Ayuntamiento Campos

P0701300F

45.460,53 €

45.460,53 €

13.295,61

1119035Q

Ayuntamiento de Consejo

P0701600I

5.445,00 €

5.445,00 €

1.592,47

1119035Q

Ayuntamiento de Esporles

P0702000A

5.590,20 €

5.590,20 €

1.634,94

1119035Q

Ayuntamiento de Estellencs

P0702100I

2.727,34 €

2.727,34 €

797,65

1119035Q

Ayuntamiento de Felanitx

P0702200G

26.451,08 €

26.451,08 €

7.736,01

1119035Q

Ayuntamiento de Inca

P0702700F

2.099,14 €

2.099,14 €

613,92

1119035Q

Ayuntamiento Lloret de Vistalegre

P0702800D

23.417,61 €

23.417,61 €

6.848,83

1119035Q

Ayuntamiento de Lloseta

P0702900B

12.530,76 €

12.530,76 €

3.664,81

1119035Q

Ayuntamiento de Llubí

P0703000J

76.012,81 €

76.012,81 €

22.231,08

1119035Q

Ayuntamiento de Manacor

P0703300D

15.281,15 €

9.786,78 €

2.862,29

1119035Q

Ayuntamiento de Mancor de la Vall

P0703400B

6.759,42 €

6.759,42 €

1.976,89

1119035Q

Ayuntamiento de Maria de la Salut

P0703500I

12.989,14 €

12.989,14 €

3.798,87

1119035Q

Ayuntamiento de Montuïri

P0703800C

41.988,06 €

41.988,06 €

12.280,04

1119035Q

Ayuntamiento Muro

P0703900A

8.058,24 €

7.906,57 €

2.312,39

1119035Q

Ayuntamiento de Petra

P0704100G

50.917,52 €

50.917,52 €

14.891,59

1119035Q

Ayuntamiento de Porreres

P0704300C

30.000,00 €

30.000,00 €

8.773,95

1119035Q

Ayuntamiento Puigpunyent

P0704500H

7.468,12 €

7.468,12 €

2.184,16

1119035Q

Ayuntamiento de Santa Eugènia

P0705300B

14.822,50 €

14.822,50 €

4.335,06

1119035Q

Ayuntamiento de Santa Maria del Camí

P0705600E

11.918,50 €

11.918,50 €

3.485,74

1119035Q

Ayuntamiento de Santanyí

P0705700C

35.291,93 €

9.572,18 €

2.799,53

1119035Q

Ayuntamiento de Sant Joan

 P0704900J

7.247,90 €

7.247,90 €

2.119,76

1119035Q

Ayuntamiento de Sa Pobla

P0704400A

13.013,18 €

13.013,18 €

3.805,90

1119035Q

Ayuntamiento de Selva

P0705800A

19.970,29 €

19.350,65 €

5.659,39

1119035Q

Ayuntamiento de Sencelles

P0704700D

24.342,25 €

23.082,64 €

6.750,86

1119035Q

Ayuntamiento Ses Salines

P0705900I

21.780,34 €

21.780,34 €

6.369,99

1119035Q

Ayuntamiento de Son Servera

P0706200C

45.740,86 €

38.087,61 €

11.139,29

1119035Q

Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany

P0706500F

8.044,49 €

8.044,49 €

2.352,74

TOTALES    

729.797,25 €

683.842,66 €

200.000,00 €

Palma, a la fecha de la firma electrónica (27 de diciembre de 2024)

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local (Art. 35.2 g) Ley 4/2022, 28 de junio de Consejos Insulares. BOIB nº. 88, de 7 de julio de 2022) Diego de la Fuente Rama