Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 851267
Aprobación de la oferta pública de empleo del año 2024
Decreto de Alcaldía
1. El artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que las corporaciones locales formularán públicamente su oferta de ocupación, con ajuste a los criterios fijados a la normativa básica estatal.
2. El artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la oferta pública de empleo o instrumento similar, se aprueba anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas.
3. La oferta pública de empleo 2024 del Ayuntamiento de Calvià contiene las necesidades de recursos humanos presupuestadas en 2023 y en 2024, en orden a que la organización municipal pueda garantizar el ejercicio de las competencias y/o la prestación de los servicios. La distribución y cuantificación de las plazas es la que figura en la parte dispositiva de esta resolución.
4. El total de plazas de la oferta de ocupación pública 2024 suman 49, de las cuales un 38,78% corresponden a promoción interna. Dentro de las plazas de turno libre se reservan 2 plazas de auxiliar administrativo/tiva y una de operario/a a personas con discapacidad. Así mismo, la oferta de ocupación pública 2024 permite a la Corporación municipal avanzar en la reducción de la temporalidad en el empleo público, de cara a consolidar un índice inferior al 8%.
5. De acuerdo con el artículo 37 l) del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, los criterios generales aplicados por la elaboración de la oferta de ocupación pública 2024 s´han negociado en la Mesa General de Negociación con las representaciones sindicales.
Por todo lo anteriror y, en uso de las atribuciones que en materia de dirección de gobierno y administración municipal y de organización de los servicios me otorga el 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, así como del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la Oferta Pública de Empelo del Ayuntamiento de Calviá correspondiente al año 2024, con la relación de plazas siguiente:
PLAZA |
TURNO LIBRE |
PROMOCIÓN INTERNA |
DISCAPACIDAD INTELECTUAL |
OTRAS DISCAPACIDADES |
---|---|---|---|---|
ESCALA DE ADMÓN. GENERAL. SUB. TÉCNICA |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. GENERAL. SUB. GESTIÓN |
2 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. GENERAL. SUB. AUXILIAR |
9 |
2 |
* |
* |
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA SUPERIOR. CATEG. TITULADO/A SUPERIOR. TAE IGUALDAD |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA SUPERIOR. CATEG. TITULADO/A SUPERIOR. OBRAS Y PROYECTOS DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA SUPERIOR. CATEG. TITULADO/A SUPERIOR. TÉCNICO/A MEDIO AMBIENTE |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA SUPERIOR. CATEG. TITULADO/A SUPERIOR. TÉCNICO/A PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA SUPERIOR. CATEG. TITULADO/A SUPERIOR. INGENIERO/A CAMINOS CANALES Y PUERTOS |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA DIPLOMADA. CATEGORIA TGM. TÉCNICO/A TURISMO |
1 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA DIPLOM. CATEGORIA TGM. TRABAJO SOCIAL |
3 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA. CLASE TÉCNICO MEDIO. INGENIERO/A TÉCNICO INFORMÁTICO |
|
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. TÉCNICA.CLASE TÉCNICA AUXILIAR. CATEG. TÉCNICA AUXILIAR. DELINEANTE |
2 |
|
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. SERV.ESPECIALES. PERSONAL DE OFICIOS. ENCARGADO/A JEFE/A (*) |
1 |
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. SERV.ESPECIALES.PERSONAL DE OFICIOS. AYUDANTE/A (**) |
|
3 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. SERV.ESPECIALES. PERSONAL DE OFICIOS. OFICIAL (***) |
|
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. SERV.ESPECIALES. CLASE COMETIDOS ESPECIALES. NOTIFICADOR/A |
|
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL. SUB. SERV.ESPECIALES.PERSONAL DE OFICIOS. OPERARIO/A (****) |
5 |
|
|
* |
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL.SUB. SERVICIOS ESPECIALES.POLICIA LOCAL. INSPECTOR/A (*****) |
1 (externa) |
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL.SUB. SERVICIOS ESPECIALES.POLICIA LOCAL. SUBINSPECTOR/A |
|
1 |
|
|
ESCALA DE ADMÓN. ESPECIAL.SUB. SERVICIOS ESPECIALES.POLICIA LOCAL. OFICIAL |
|
8 |
|
|
TOTALES |
30 |
19 |
1 |
2 |
(*) 1 Plaza Medio ambiente. 1 Plaza Jardinería (**) 2 Plazas electricista. 1 Plaza protección animal (***) Chófer (****) 3 Peones especialistas. 2 Peones especialistas deportes 2 (*****) Plazas de Inspector/a de Policía Local: 1 plaza por promoción interna y 1 plaza por promoción externa
2. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Calviá, en la fecha de la firma electrónica (27 de diciembre de 2024)
La teniente de alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación, Transparencia, Innovación, Calidad, Coordinación municipal y Educación. (Delegación por Resolución de Alcaldía 21/11/2023) Isabel Bonet Saum
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contador desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se tendrá que presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y el que dispone la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo o la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere convenien.