Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 850969
Resolución del director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares, por la que se aprueba la publicación de la oferta pública de empleo ordinaria para el año 2024 correspondiente al personal laboral del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares
1. La Ley 15/2010, de 22 de diciembre de la EPRTVIB, en su artículo 35, dispone que el personal laboral al servicio del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (en adelante EPRTVIB) se rige por la legislación laboral, sin perjuicio de la aplicación de las normas de la legislación de la función pública sobre la contratación laboral. En todo caso, la selección de este personal se rige por los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. El artículo 70.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que: «Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso deben ser objeto de la oferta de empleo público, o a través de otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal [...]»
3. El artículo 19 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2024, establece, entre otros aspectos, lo siguiente:
Artículo 19. Oferta pública de empleo.
1. Durante el año 2024, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público instrumental autonómico, así como, en su caso, los sectores, funciones y categorías profesionales en las que deben concentrarse, y las plazas que debe incluir la oferta pública de empleo, deben fijarse de conformidad con la delimitación que, con carácter básico, haga el Estado para el año 2024, por medio de la norma de rango legal correspondiente y en el marco de los presupuestos generales del Estado para el año 2024, o, si no hay, con la que resulta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, y de acuerdo también con el Estatuto básico del Empleado Público. [...]
2. En todo caso, las ofertas públicas de empleo de personal funcionario, de personal estatutario, de personal funcionario docente y de personal laboral de la Administración de la comunidad autónoma y de los entes que integran el sector público instrumental autonómico requieren los informes previos y favorables de la dirección General de Función Pública y de la dirección General de Presupuesto, que deben pronunciarse, respectivamente, sobre los aspectos de legalidad aplicables y sobre los aspectos presupuestarios y de sostenibilidad financiera, a solicitud motivada del órgano directivo competente por razón de la materia.
[...]
4. El artículo 20.uno de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, prorrogada para el año 2024, para con la oferta de empleo público ordinario, dispone:
“Uno. Oferta de Empleo Público.
1. La incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del articulo anterior [es refereix als òrgans constitucionals de l'Estat i a les assemblees legislatives de les comunitats autònomes], se llevarà a cabo a través de la Oferta de Empleo Público, como plasmación del ejercicio de la planificación en un marco plurianual.
Dos. Articulación de la Oferta de Empleo Público.
1. La Oferta de Empleo Público se articularà a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos:
a) En los sectores prioritarios la tasa serà del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.
[...]
Lo establecido en los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, o de normas anteriores”
5. El apartado Uno.2 de la disposición adicional vigésima primera de la Ley de Presupuestos del Estado antes citada, en cuanto a la aplicación de las reglas de articulación de las OPE para las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles públicas, se remite al artículo 20.dos de la misma ley y concreta que, cuando gestionen Servicios públicos o realicen actividades de las enumeradas en el artículo 20.dos.2 (sic.es refiere al 20.dos.3), tendrán una tasa de reposición del 120 por ciento, siempre que quede justificada la necesidad de la tasa para la adecuada prestación del servicio o realización de la actividad y en el resto de casos la tasa de reposición será del 110 por ciento.
6. El certificado de bajas y altas ocurridas durante el año 2023, da un resultado de 11 plazas que se pueden incluir en la OPO por tasa de reposición ordinaria del 110 por ciento. Por lo tanto, se pueden ofrecer en la oferta de empleo pública ordinaria once (11) plazas de personal laboral que de conformidad con lo que dispone el artículo 70.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público las convocatorias correspondientes a los procesos selectivos de las plazas de la oferta pública ordinaria del año 2024 se tienen que desarrollar en el plazo improrrogable de tres años contados desde la fecha de la publicación de este acuerdo.
7. Se ofrecen por turno de promoción interna, cuatro (4) plazas, que se detallan en el anexo.
8. En cuanto a la reserva de plazas por personas con discapacidad, se da cumplimiento, al mandato del artículo 59 del TREBEP i no resulta ninguna plaza de reserva con discapacidad.
9. El EPRTVIB ha recibido el informe favorable de la Dirección General de Función Pública en fecha 20 de diciembre, i el informe favorable de la Dirección General de Presupuestos en fecha 23 de diciembre de 2024.
Por todo ello, haciendo uso de las competencias que me otorga el artículo 23.2 de la Ley 15/20210, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Ofrecer la oferta de empleo pública para el año 2024 del personal laboral del EPRTVIB de once (11) plazas y cuatro (4) plazas por el turno de promoción interna.
2. La articulación de los correspondientes procesos selectivos deberá garantizar el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, méritos, capacidad y publicidad.
3. Las convocatorias correspondientes a los procesos selectivos de las plazas de la oferta pública ordinaria del año 2024 se tienen que desarrollar en el plazo improrrogable de tres (3) años contados desde la fecha de la publicación de este acuerdo.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Contra esta resolución se puede interponer demanda ante el orden jurisdiccional social en el plazo de dos meses desde su publicación de conformidad con el artículo 10.4 a) y concordantes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
Calvià, en la fecha de la firma electrónica (27 de diciembre de 2024)
El director general del EPRTVIB Albert Salas Dominguez
ANEXO 1 Oferta de ocupación pública ordinária
Número de puestos de trabajo
Categoria/especialidad |
Isla |
Turno Libre |
Turno promoción interna |
Total |
---|---|---|---|---|
Técnico/a superior antena |
Mallorca |
1 |
|
1 |
Técnico/a recursos humanos |
Mallorca |
1 |
|
1 |
Técnico sistemas |
Mallorca |
1 |
|
1 |
Administrativo/a |
Mallorca |
2 |
|
2 |
Técnico/a especialista sistemas |
Mallorca |
1 |
|
1 |
Técnico/a especialista operaciones |
Mallorca |
2 |
|
2 |
Técnico/a especialista operaciones |
Mallorca |
1 |
|
1 |
Auxiliar administrativo/a |
Mallorca |
2 |
|
2 |
Técnico/a superior especialidad sistemas información |
Mallorca |
|
1 |
1 |
Técnico/a superior econónico financiero |
Mallorca |
|
1 |
1 |
Técnico/a especialidad gestión |
Mallorca |
|
1 |
1 |
Técnico/a sistemas |
Mallorca |
|
1 |
1 |
Total |
|
11 |
4 |
15 |