Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 849432
Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos urbanos o municipales
El Pleno del Ayuntamiento de Marratxí, en sesión extraordinaria y urgente de día 5 de noviembre de 2024, aprobó inicialmente el Acuerdo de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos urbanos o municipales.
Finalizado el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Acuerdo inicial mencionado se entiende definitivamente adoptado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del mencionado Texto Refundido, a continuación se publica el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza.
Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de residuos urbanos o municipales
Se modifica el apartado 3 del artículo 7, que queda redactado de la siguiente manera:
“3. Para el ejercicio 2025, se establece una reducción del 100% de la cuota para aquellas actividades comprendidas en los epígrafes B.1, B.2, C, D, excepto los supermercados con superficie tributable superior a 1.500 m², F y I del artículo 6.1 de esta ordenanza. La reducción se aplicará de oficio sin necesidad de solicitud previa por parte de los sujetos pasivos de la tasa.”.
Contra el presente acuerdo definitivo que aprueba la modificación señalada, y que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de DOS MESES, a contar a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Marratxí, 23 de diciembre de 2024
El alcalde Jaume Llompart Caldés