Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ESPORLES
Núm. 845728
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito extraordinario 1709/2024
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 177 de la Ley 2/2004 de 5 de marzo y visto que no se han presentado reclamaciones, queda aprobado definitivamente y se expone al público, el expediente de modificación de crédito/crédito extraordinario 1709/2024, aprobado por el Pleno del ayuntamiento de día 28 de noviembre de 2024 y publicado en el BOIB n.º 156 de 30 de noviembre de 2024.
En relación con el expediente relativo a la modificación de créditos n.º 1709/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario crédito por compra mobiliario financiado con cargo otras partidas y de acuerdo con lo fijado en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, emito el siguiente informe-propuesta, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Visto que se presentó su propuesta en la cual argumentaba la necesidad de tramitar el procedimiento para llevar a cabo la modificación presupuestaria para la concesión de Transferencia de crédito por compra mobiliario financiado con cargo a Fira.
Visto que ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente y por los cuales el crédito consignado resulta insuficiente o no ampliable la alcaldía, mediante provisión, incoó el expediente.
Visto que se emitió Memoria de la Alcaldía en la cual se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
Visto que se emitió informe jurídico sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
Visto que se emitió informe de Control Permanente por el cual se informó favorablemente la propuesta de Alcaldía y se elaboró Informe de Control Permanente sobre el cálculo la Estabilidad Presupuestaria, se propone:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 1709/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con bajas a otras partidas, de acuerdo con el siguiente resumen:
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos a transferir |
|
Progr. |
Económica |
|
|
4311 |
22699 |
Fira |
2.300 |
1621 |
22700 |
Recogida de Residuos |
20.000 |
|
|
TOTAL |
22.300 |
Altes en Aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos a incorporar |
|
Progr. |
Económica |
||
4311 |
62500 |
Mobiliario |
2.300 |
241 |
62500 |
Mobiliario diverso (Impresora C. Formación) |
2.800 |
231 |
62301 |
Maquinaria, Inst. Técnicas y utillaje (TV i Aires C. Dia) |
3.500 |
323 |
62300 |
Maquinaria, Inst. Técnicas y utillaje (Puerta, banqueta i cambiador Escoleta) |
4.000 |
320 |
62302 |
Maquinaria, Inst. Técnicas y utillaje (Fregadora Polideportivo) |
5.000 |
920 |
62300 |
Maquinaria, Inst. Técnicas i utillaje (Impresora y mesa Casal Joves) |
1.500 |
334 |
62300 |
Maquinaria, Inst. Técnicas i utillaje (Sillas y Carpa) |
3.200 |
|
|
TOTAL INGRESOS |
22.300 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el cual se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b) La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que tendrá que verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica.
Esporles, documento firmado electrónicamente (19 de diciembre de 2024)
El alcalde Josep Maria Ferrà Terrassa