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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 845777
Resolución del director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares por el cual declara deserta la oferta pública de estabilización por concurso oposición de la plaza Técnico/a especialidad gestión, grupo B (Mallorca)

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Texto

Antecedentes

  1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Dirección del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares (en adelante, EPRTVIB), en fecha 25 de mayo de 2022, se aprobó la oferta pública de ocupación de estabilización correspondiente al personal laboral al servicio de esta entidad (BOIB núm. 69 de 28 de mayo de 2022), en el marco de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública.

  2. Mediante acuerdo del Consejo de Dirección del EPRTVIB, de fecha 28 de noviembre de 2022, se modificó la oferta pública de estabilización y la oferta de ocupación ordinaria para el año 2022 correspondiente al personal laboral del EPRTVIB (BOIB núm. 156, de 1 de diciembre).

  3. El día 27 de diciembre de 2022 (BOIB núm. 168 de 27 de diciembre de 2022) se publicó la Resolución del director del EPRTVIB por la cual se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir una plaza de personal laboral del EPRTVIB.

  4. El día 8 de febrero de 2023 finalizó el plazo que proveen las bases reguladoras para la presentación de solicitudes para tomar parte en la convocatoria mencionada.

  5. El día 20 de abril de 2023 se publicó la lista provisional de personas admitidas i excluidas del proceso de estabilización por concurso oposición para cubrir una plaza de personal laboral del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares.

  6. El día 25 de abril de 2023 se publicó la Resolución por la cual se nombran los miembros de los órganos de selección de la convocatoria del proceso selectivo de estabilización mediante concurso oposición parar cubrir una plaza de personal laboral del EPRTVIB.

  7. El día 24 de mayo de 2023 se publicó la resolución del director del EPRTVIB por la cual se aprueba la lista definitiva de personas admitidas i excluidas del proceso de estabilización del concurso extraordinario de méritos según la base 10.3 de la mencionada convocatoria.

  8. El día 28 de junio de 2024 se publicó el lugar, fecha y hora del ejercicio de la fase de oposición de la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición.

  9. El día 27 de septiembre de 2024, se publicó a petición del tribunal la lista provisional de personas aprobadas en el ejercicio para cubrir una plaza de Técnico/a especialidad gestión.

  10.  Durante el período de alegaciones a la lista provisional de personas aprobadas en el ejercicio de oposición se recibió la alegación del Sr. José Manuel Ariza López con DNI ***871**S.

  11.  El día 15 de octubre el tribunal envía al EPRTVIB el acta donde acuerda desestimar las alegaciones presentadas por el Sr. Ariza y aprueba la lista definitiva de personas que han aprobado el ejercicio de oposición. El tribunal pidió al departamento de recursos humanos del EPRTVIB que pidiera los requisitos y los méritos a la Sra. Joana Llucia Adrover Kokkelink.

Consideraciones Técnicas

1. La Sra. Joan Llucia Adrover Kokkelink presenta los méritos y los requisitos a petición del tribunal el día 24 de octubre.  Según la resolución del director del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares por la cual se aprueba la convocatoria del proceso de estabilización por concurso oposición (BOIB núm. 168 de 27 de diciembre de 2022) en las bases específicas de la convocatoria dice lo siguiente:

Base 4.3 y 10.4: “El hecho de constar en la lista de personas admitidas no implica el reconocimiento a les persones interesadas que se cumplen los requisitos para participar en esta convocatoria”.

Base 9.1.2.: “Para ser admitido en el procedimiento selectivo correspondiente y tomar parte, los aspirantes tienen que presentar la solicitud de forma electrónica, que incorpora una declaración responsable en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, relativa al cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos de participación exigidos en la base 4, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias. En esta solicitud los aspirantes deben establecer las fechas relativas al cumplimiento de los requisitos de participación y no las tiene que acreditar hasta el plazo regulado en la base 13.2.2.”

Base 9.1.3. “El Ente, de oficio o a propuesta del presidente del tribunal, puede requerir en cualquier momento que los aspirantes aporten la documentación que acredite el cumplimento de los requisitos declarados, así como la veracidad de cualquiera de los documentos que tengan que aportar en este proceso selectivo y el interesado tiene que aportarlos. La inexactitud, la falsedad o la omisión, de carácter esencial, de cualquier fecha o información que se incorpore en la declaración responsable o la no presentación delante de la administración convocante de la documentación que, en su caso, haya estado requerida para acreditar el complimiento de aquello declarado determina la exclusión del procedimiento selectivo sin perjuicio de les responsabilidades penales, civiles o administrativas en que hayan podido incurrir.”

Base 13.2.3. “Los requisitos pueden ser comprobados en cualquier momento, y siempre antes de que se publique la lista definitiva de méritos comprobados.”

2. Una vez hechas las comprobaciones de la documentación aportada por la Sra. Adrover, se comprueba en el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de títulos universitarios oficiales, creado por el real decreto 1497/1987, de 27 de noviembre (BOE 17/11/1994), que la Diplomatura en Turismo, no es equivalente a la titulación requerida: “titulación universitaria de grado medio en Ciencias económicas o Empresariales o equivalente”, para el ingreso en la categoría y especialidad de Técnico especialidad gestión.

Por todo esto, dicto la siguiente 

RESOLUCIÓN

1. Declarar desierta la convocatoria por concurso oposición en la categoría y especialidad de Técnico/a especialidad gestión.

2. Ordenar la publicación de esta en el Boletín oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ente.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del director del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Balears en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Calvià, en la fecha de la firma electrónica (20 de diciembre de 2024)

El director general del EPRTVIB Albert Salas Domínguez