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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO DE RECURSOS SOCIOSANITARIOS Y ASISTENCIAS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 843989
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares relativo a la revisión de las tarifas de las plazas concertadas de la residencia para personas mayores asistidas de Manacor, gestionadas por la entidad Manacor Seniors SA con efectos de 1 de noviembre de 2024 a 31 de octubre de 2025. Exp. RP 6-2024

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 26 de Julio de 2005 el Consorcio firmó los contratos de concesión de obra pública para la construcción y posterior concesión de la explotación de las residencias para asistidos en Manacor con la empresa Geriátrico Manacor S.A.

2. De conformidad con la adenda de los contratos de concesión de obra pública, para la construcción y posterior concesión de la explotación de las residencias para personas mayores asistidas en los municipios de Manacor entre la Fundación Balear de Atención i Apoyo a la Dependencia. Residencia Joan Crespi (actualmente Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares) y Geriátrico Manacor, SA de fecha 4 de junio de 2007, las revisiones de precios correspondientes a las tarifas de las plazas concertadas, se tendrán que revisar en el mes de noviembre, aun así, se establece la fórmula para la revisión de precios, que será IPC siempre que sea superior a las tablas salariales.

3. En fecha 25 de octubre de 2019 se comunicó al Consorcio, que en fecha 5 de septiembre de 2019 se había cambiado el nombre a la empresa concesionaria Geriátrico Manacor SA, pasando a tener la denominación de Manacor Seniors SA.

4. En fecha 3 de agosto de 2010 se subscribió convenio de colaboración entre la Consejería de Servicios Sociales,  Promoción e Inmigración i el Instituto Mallorquín de Servicios Sociales para la gestión de diversos centros residenciales y centros de día,  en virtud del cual el IMAS se obliga a “la comprobación, la tramitación y el pago, de acuerdo con las condiciones de los contratos y del régimen económico aplicable, de las facturas presentadas por los concesionarios”, así como a “realizar el seguimiento de la gestión ordinaria de los centros, relativas a las condiciones de atención  a los usuarios que se prestan a los centros objeto de este Convenio”, entre otras obligaciones.

5. Los precios de las tarifas actuales son los siguientes:

  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (Grado I): 79,67 euros/día (IVA incluido).
  • Estancia en régimen de residencia con niel de dependencia medio (Grado II): 88,56 euros/día (IVA incluido).
  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (Grado III): 95,83 euros/día (IVA incluido).

6. Se han publicado las tablas salariales para el año 2024 del Convenio colectivo autonómico de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal, siendo un 5,81 %.

7. El cálculo para la revisión de tarifas de conformidad con aquello que prevé el IPC CAIB para el periodo comprendido entre octubre de 2023 y octubre de 2024, el cual ha sido del 1,9%. De acuerdo a las adendas si el coste de personal es superior al IPC CAIB, se tiene que dividir la tarifa en un 60 % de coste de personal y un 40 % el IPC CAIB. Así las cosas, la variación que han de experimentar las tarifas es de un 4,24%.

8. De la aplicación de estos parámetros se puede sintetizar la variación total en 4,24% sobre las tarifas actuales y que las nuevas tarifas tienen que ser:

  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (Grado I): 83,04 euros/día (IVA incluido.
  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia medio (Grado II): 92,31 euros/día (IVA incluido).
  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (Grado III): 99,89 euros/día (IVA incluido).

9. En fecha 9 de diciembre de 2024 se ha emitido informe por la Unidad Jurídica del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares.  La economista del Consorcio ha emitido certificado que el presente expediente no comporta ningún gasto por el Consorcio.

Consideraciones jurídicas

1. Disposición Transitoria primera de la Ley e30/2007, de 30 de octubre, de contractos del sector público, la cual establece que los contratos administrativos adjudicados antes de la entrada en vigor de esta Ley se rigen, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su duración y régimen de prorrogas, por la normativa anterior.

2. Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos de las administraciones públicas y al resto de disposiciones de aplicación general.

3. Contrato de concesión de obra pública para la construcción y posterior concesión de la explotación de residencias para las personas mayores asistidas en Manacor formalizado entre el Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales y Geriátrico Manacor, SA, de fecha 26 de julio de 2005 y posteriores adendas que rigen la gestión de la residencia.

Visto lo anterior Junta Rectora del Consorcio en fecha 12 de diciembre de 2024 tomó el siguiente

Acuerdo

1. Acordar que las tarifas de las plazas concertadas de la residencia de Manacor con efectos de 1 de noviembre de 2024 a 31 de octubre de 2025 tienen que ser las siguientes

  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia bajo (Grado I): 83,04 euros/día (IVA incluido).
  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia medio (Grado II):  92,31 euros/día (IVA incluido)
  • Estancia en régimen de residencia con nivel de dependencia alto (Grado III): 99,89 euros/día (IVA incluido).

2. Proceder a publicar el Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra este Acuerdo—que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Junta Rectora del Consorcio de Recursos Sociosanitarios y Asistenciales de las Islas Baleares en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente que se haya publicado, de conformidad con el articulo  123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el articulo  57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso en el plazo de dos meses contando a partir del día siguiente que se haya publicado esta Resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (20 de diciembre de 2024)

El secretario de la Junta Rectora Francesc Mas Ferrari