Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)
Núm. 843549
Acuerdo del Patronato de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears de 17 de diciembre de 2024 por el que se aprueba el certificado R3 como prueba de evaluación externa válida a los efectos del artículo 31.2 del Decreto 17/2019, de 15 de marzo de 2019, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador laboral al servicio de institutos de investigación sanitaria de las Illes Balears
El Decreto 17/2019, de 15 de marzo de 2019, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador laboral al servicio de los institutos de investigación sanitaria de las Illes Balears, en el artículo 31.2, en cuanto a la selección del personal investigador asociado, dispone que
2. La selección del personal al que hacen referencia las letras a) y b) del apartado 1 de este artículo implica que, en el supuesto de que una vez concluido el programa de incorporación de doctorados superen la evaluación final o, en caso de que no haya esta evaluación final, una evaluación externa e independiente por parte de una entidad evaluadora de la investigación de acuerdo con lo que establezca el órgano de gobierno del instituto de investigación sanitaria, pasarán a ser contratados con carácter fijo y por tiempo indefinido, de acuerdo con el artículo 15.1 del texto refundido del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, Tecnología y la Innovación establece, en el artículo 22 bis, relativo al reconocimiento del certificado R3 como investigador establecido o investigadora establecida y participación en procesos selectivos, que
El certificado R3 como investigador/a establecido/a será reconocido en los procesos selectivos de personal de nuevo ingreso estable que sean convocados por las universidades, por los Organismos Públicos de Investigación y otros organismos de investigación de la Administración General del Estado, por los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas, incluidos los centros del Sistema Nacional de Salud o vinculados o concertados con este y las fundaciones y consorcios de investigación biomédica, así como los consorcios públicos y fundaciones del sector público. Con independencia de la Administración pública que los convoque, el contrato de acceso de personal investigador doctor finalizará a partir del momento en que se haga efectivo el ingreso estable
Asimismo, dispone que
El certificado R3 se tendrá en cuenta a los efectos de su valoración como méritos investigadores en dichos procesos selectivos, y se proyectará sobre las pruebas o fases de valoración del currículo del personal investigador que forme parte de estos procesos, de forma que tendrá efectos de exención o compensación de parte de las pruebas o fases de evaluación curricular o equivalentes, para todas las Administraciones Públicas
De acuerdo con lo previsto en el artículo 22.3 de la Ley 14/2011, el órgano competente para la evaluación de los requisitos de calidad de la producción y actividad científica tecnológica establecidos para el certificado R3 como investigador establecido o investigadora establecida es la Agencia Estatal de Investigación.
En vista de lo expuesto, el Patronato de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria Illes Balears adoptó, en la sesión ordinaria de 17 de desembre de 2024, el siguiente
Acuerdo
1. Aprobar el certificado R3 como prueba de evaluación externa válida a los efectos del artículo 31.2 del Decreto 17/2019, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador laboral al servicio de institutos de investigación sanitaria de las Illes Balears.
2. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de diciembre de 2024)
La presidenta Manuela García Romero