Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS
Núm. 843072
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se conceden ayudas para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears para el año 2024
Hechos
1. En fecha 27 de febrero de 2024 se publicó en el BOIB núm. 29, la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de 23 de febrero de 2024 por la que se convocan ayudas para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la il ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears para el año 2024.
2. En fecha 19 de diciembre de 2024 se publicó en el BOIB núm. 166, la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos de modificación de la Resolución por la que se convocan ayudas para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la i ilustración, las artes visuales y el audiovisual de las Illes Balears para el año 2024.
3. De acuerdo con lo que establece el punto 10 de la convocatoria, el 9 de septiembre de 2024 se publicó la lista provisional de admitidos y excluidos de todas las solicitudes recibidas, en la que se especificaba las deficiencias y carencias detectadas en la documentación presentada. Esta lista se publicó en la sede electrónica de la CAIB y en la web del IEB. Los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para subsanar las deficiencias detectadas.
4. Transcurrido este plazo y una vez revisadas las enmiendas, el 5 de noviembre de 2024 se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5. De acuerdo con el apartado 13.2 de la convocatoria, para la evaluación de las solicitudes presentadas se nombraron a los miembros de la Comisión Evaluadora de cada modalidad, publicados en el anexo 3 de la lista definitiva de admitidos y excluidos.
6. Durante el mes de noviembre de 2024 las Comisiones Evaluadoras nombradas revisaron y valoraron las solicitudes admitidas a trámite en la convocatoria, correspondientes a las líneas de artes escénicas, música, literatura, cómic e ilustración, artes visuales y audiovisual.
7. El 27 de noviembre de 2024, de acuerdo con el punto 14.5 de la convocatoria, el instructor formuló la Propuesta de resolución de concesión de las ayudas, que se publicó el mismo día en la web del IEB.
8. Se presentaron un total de 8 alegaciones a la citada Propuesta de resolución, de las cuales 2 han sido estimadas y 6 desestimadas.
Fundamentos de derecho
1. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan ayudas para apoyar la creación de los sectores de las artes escénicas, la música, la literatura, el cómic y la ilustración, las artes visuales y l audiovisual de las Illes Balears para el año 2024.
2. La disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, para la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).uno 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar y conceder subvenciones por importe total de 490.000 € a favor de los beneficiarios que se incluyen en el anexo 1.
2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB, con los importes detallados en el citado anexo.
3. Denegar la concesión de subvenciones a las solicitudes que se incluyen en el Anexo 2.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 20 de diciembre de 2024)
El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos Jaime Bauzá Mayol