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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 842678
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera de delegación de competencias para llevar a cabo el proceso unificado para la selección de vacantes de la policía local

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Texto

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera de día 19 de diciembre de 2024, se ha acordado el siguiente:

Primero. Delegar en la Consellería de Presidencia, y Administraciones Públicas, a través de la EBAP, la ejecución del proceso unificado de selección de 7 vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Capdepera (derivadas de la oferta pública de ocupación 2025 que estará aprobada y publicada antes de febrero de 2025), de acuerdo con los términos que establece el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, de 4 de noviembre de 2024, de convocatoria para que los ayuntamiento deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local, publicada en el  BOIB n.º 146 de 7 de noviembre de 2024.

Se delegan las siguientes competencias:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación en la fase de prácticas que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.

Segundo.-. Publicar el acuerdo de delegación de competencias en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Tercero. Notificar este acuerdo, junto con su publicación en el  BOIB, a la Escuela Balear de Administración Pública.

 

Capdepera, 20 de diciembre de 2024

La alcaldesa Mireia Francesca Ferrer Jaume