Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 843335
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2024 por el que se aprueba el Marco Estratégico de Inversiones de las Illes Balears 2030
La Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, prevé, en su artículo 5.1, que el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, debe aprobar un plan estratégico autonómico orientado a alcanzar la transformación de las Illes Balears hacia un nuevo modelo económico y social, de acuerdo con los objetivos generales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y los específicos que se fijen a instancia de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas, y que este plan, de acuerdo con el apartado 2 del artículo 5, debe ejecutarse por medio de los proyectos, tanto de iniciativa pública como privada o público-privada, que sean declarados estratégicos por el Consejo de Gobierno y que pasarán a formar parte del plan estratégico autonómico.
El Gobierno de las Illes Balears aprobó por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2021 (BOIB n.º 137, de 7 de octubre) el Plan Estratégico Autonómico - Estrategia de Inversiones Illes Balears 2030 y declaró estratégicos los proyectos que en él se incluían.
El documento que se elaboró definía los ámbitos en los que se consideraba que se tenía que centrar el esfuerzo inversor, con el objetivo de que pudieran ser financiados prioritariamente con los fondos Next Generation EU, si bien planteaba que las líneas de actuación y los proyectos que se identificaban se pudieran llevar a cabo con cargo a otros fondos, ya fueran europeos incluidos en el Plan de Recuperación para Europa (Marco Financiero Plurianual 2021-2027) o bien programas sectoriales de gestión directa de la Comisión Europea, fondos estatales, autonómicos, locales o privados.
De acuerdo con el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas se adscribe a la Dirección General de Fondos Europeos y se integra dentro de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación. Según el Decreto 16/2021, de 15 de marzo, que la regula, le corresponde, entre otros, la función de coordinar la elaboración de un plan estratégico que defina los ámbitos concretos en los que hay que centrar el esfuerzo inversor y la planificación, la evaluación, la coordinación y el seguimiento de las inversiones estratégicas promovidas por el Gobierno.
Dos años después de haberse aprobado, el Gobierno de las Illes Balears se planteó revisar el Plan Estratégico Autonómico – Estrategia de Inversión Illes Balears 2030, a partir del análisis de la ejecución hasta el momento y de acuerdo con las prioridades del Gobierno de las Illes Balears para los próximos años. En este sentido, y en relación con los fondos Next Generation EU, por una parte, el plazo de ejecución de las actuaciones financiadas por la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (React-EU) ha finalizado y, por otra parte, las asignaciones de fondos a la Comunidad Autónoma provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través del marco del PRTR han determinado, con carácter general, de forma muy precisa las actuaciones que se podían llevar a cabo, y el plazo de ejecución finaliza en 2026.
El proceso de revisión, impulsado por la Dirección General de Fondos Europeos, se ha realizado con un nuevo enfoque centrado no tanto en la identificación de proyectos estratégicos, sino en el establecimiento de una metodología para realizar el seguimiento de todas las fases del ciclo de vida de los proyectos (definición de ejes clave, prioridades transversales, líneas estratégicas y objetivos; presentación de proyectos, evaluación ex ante y análisis de las oportunidades de financiación, seguimiento de la ejecución y evaluación), con el objetivo de maximizar la eficiencia financiera en la asignación de fondos finalistas a proyectos y la ejecución sostenible del presupuesto.
Así, se realizó una propuesta de configuración de un nuevo instrumento de planificación estratégica, que sustituyera el plan vigente. Por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 2 de agosto de 2024 se aprobaron las líneas maestras del Marco Estratégico de Inversiones de las Illes Balears 2030 (MEIIB30) y se instó a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, a través de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas de la Dirección General de Fondos Europeos, a elaborarlo y a actualizar la relación de proyectos declarados estratégicos al amparo de la mencionada Ley 4/2021.
Vista su relevancia estratégica para la gestión pública en los próximos años y con el objetivo de que sea un documento lo más consensuado posible, la estructura preliminar del MEIIB30 se ha sometido a un proceso participativo.
Por una parte, durante los meses de junio y julio de 2024 se ha llevado a cabo un proceso de consulta en todas las administraciones y agentes económicos y sociales, el cual ha complementado el MEIIB30 con varias propuestas que se han incorporado al documento definitivo.
Por otra parte, el mes de octubre de 2024 se ha realizado una encuesta a una muestra representativa de la ciudadanía de las Illes Balears para conocer su percepción sobre los retos prioritarios de las Islas y su valoración sobre los objetivos que identifica la propuesta de marco para afrontarlos. Del análisis de los resultados se desprende un alineamiento del Marco con las preocupaciones de la ciudadanía de las Illes Balears.
Asimismo, dado que se enmarcan las actuaciones financiadas con fondos Next Generation EU, cuyo plazo de ejecución se extiende hasta el 2026, de acuerdo con el artículo 5.1 de la mencionada Ley 4/2021, en fecha 16 de diciembre de 2024 se ha sometido al análisis de la Comisión Interinsular del Plan Estratégico, con representación de todos los consejos insulares y de la Federación de Entidades Locales de las Illes Balears, constituida por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de julio de 2021 (BOIB n.º 96, de 20 de julio), modificado mediante el Acuerdo de 25 de abril de 2022 (BOIB n.º 55, de 26 de abril).
El MEIIB30 pretende ser una herramienta para priorizar inversiones, para dar apoyo a su selección y alinear las actuaciones inversoras con el Marco y con las fuentes de financiación disponibles que sean más eficientes en cada caso, además de realizar su seguimiento y evaluación (ex ante, durante y ex post). Este enfoque refuerza la vocación de herramienta de planificación de inversiones por una pluralidad de fuentes de financiación y amplía el ámbito del plan estratégico previsto en la normativa aprobada para la gestión de los fondos europeos Next Generation.
Dado que, una vez que finalice la ejecución de los fondos Next Generation EU, habrá una menor disponibilidad de recursos, la nueva estrategia tiene que proporcionar unos criterios claros que contribuyan a optimizar la ejecución y a priorizar proyectos inversores. Más que identificar proyectos a priori, con independencia del grado de madurez y las perspectivas de financiación, se considera que lo que es prioritario es disponer de un marco estratégico que integre las fuentes de financiación finalista disponibles para llevar a cabo inversiones. Así, el MEIIB30 incorpora un análisis detallado de condicionantes y fuentes de financiación. Los proyectos que se planteen deben estar alineados con el MEIIB30 y se realizará un seguimiento de su ejecución.
El MEIIB30 se estrutura en tres ejes clave, que son los pilares, y cuatro prioridades transversales, que son los valores que deben guiar las decisiones de inversión hacia el objetivo de sostenibilidad económica, ambiental y social. A partir de los tres ejes, se definen siete líneas estratégicas que concretan la orientación de la acción inversora estratégica. Las líneas estratégicas se despliegan en noventa objetivos específicos, que agruparán las actuaciones inversones que se vinculen.
La planificación y dirección por objetivos es un principio general de actuación de las administraciones públicas recogido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 30 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Al mismo tiempo, el artículo 64 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, establece que el Gobierno y sus miembros tienen que garantizar la transparencia, la participación y la colaboración ciudadana en los asuntos públicos con diferentes medidas como informar de manera clara y comprensible de los servicios, planes, programas y actividades de que se desarrollan.
Visto todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Economía, Hacienda e Innovación, en la sesión del día 20 de diciembre de 2024, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Aprobar el Marco Estratégico de Inversiones de las Illes Balears 2030 (MEIIB30), que se adjunta como anexo a este Acuerdo, y que sustituye la Estrategia de Inversiones Illes Balears 2030 (EIIB2030) aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de octubre de 2021.
Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears y dar publicidad al anexo, el Marco Estratégico de Inversiones de las Illes Balears 2030, en el web de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es), concretamente en el web de la Oficina de Planificación y Coordinación de Inversiones Estratégicas (http://oie.caib.es), sin perjuicio de que se cree un web propio del MEIIB30 para poder dar más publicidad y transparencia al seguimiento de la ejecución.
Palma, 20 de diciembre de 2024
La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens