Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS Y ASUNTOS SOCIALES

Núm. 840906
Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se excluye a una entidad y se concede una subvención, se autoriza y se dispone el gasto y se reconoce la obligación y se propone el pago a favor del resto de entidades presentadas a la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. En fecha 29 de octubre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 25 de octubre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

2. Dentro del plazo previsto en el punto 7.1 de la convocatoria, las entidades que se indican en los anexos de esta propuesta de resolución han presentado una solicitud de subvención para financiar proyectos y actuaciones de entidades sin ánimo de lucro destinadas a cubrir las necesidades básicas de personas y familias en situación de precariedad económica a fin de reducir las situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.

3. En fecha 21 de noviembre de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 18 de noviembre de 2024, por la que se amplía el crédito de la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

Por lo tanto, el presupuesto total de esta convocatoria es de 2.295.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias siguientes de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears:

Año

Cuantía

Partida presupuestaria

2024

1.158.781,77 €

17401.313E01.48000.00. FF 24073

2024

1.136.218,23 €

17401.313E01.48000.00

La distribución del crédito se hará atendiendo las modalidades y los criterios siguientes:

 

— Modalidad 1. Proyectos de distribución de alimentos entre las entidades dedicadas al reparto de alimentos: 375.000,00 €.

— Modalidad 2. Proyectos de reparto de alimentos y/o productos de primera necesidad que atienden usuarios de uno o más municipios: 1.565.000,00 €.

— Modalidad 3. Proyectos de comedores sociales: 355.000,00 €.

La distribución por modalidades es orientativa y, a efectos de la concesión de subvenciones, las cuantías de las tres modalidades están vinculadas. El orden de prelación en la asignación del crédito no agotado es el de las modalidades 2, 1 y 3, sucesivamente.

4. El personal del Servicio de Servicios Sociales de la Dirección General de Asuntos Sociales ha revisado la documentación de las solicitudes presentadas y ha comprobado si se adaptan al objeto que dispone el punto 1 de la convocatoria y si las entidades cumplen los requisitos que establece el punto 3.

5. En fecha 25 de noviembre de 2024 se ha aprobado el informe técnico que fundamenta la propuesta provisional de exclusión y concesión de subvenciones. Este informe incluye las solicitudes excluidas, con el motivo de exclusión, y las solicitudes aprobadas.

6. De acuerdo con el punto 9.4 de la convocatoria, si la suma de los importes solicitados por todas las solicitudes presentadas a la convocatoria que cumplan los requisitos establecidos en el punto 3 no supera el importe máximo previsto en el punto 2, se tiene que otorgar a las entidades el 100 % del importe solicitado siempre teniendo en cuenta el presupuesto disponible en cada una de las modalidades.

7. En fecha 28 de noviembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el punto 10.3 de la convocatoria, la propuesta de resolución provisional del director general de Asuntos Sociales, de 25 de noviembre de 2024, de exclusión y concesión de las solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

8. En fecha 29 de noviembre y 2 de diciembre de 2024, todas las entidades de los anexos han comunicado que no presentarán ninguna alegación a la propuesta provisional.

9. Dado que, no se han presentado alegaciones a la propuesta provisional, no hay cambios entre la propuesta provisional y la propuesta de resolución definitiva, se entiende que las entidades relacionadas aceptan la propuesta de resolución definitiva.

10. En fecha 12 de diciembre de 2024, de acuerdo con el punto 10.4 de la convocatoria, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears, la propuesta de resolución definitiva del director general de Asuntos Sociales, de 4 de diciembre de 2024, de exclusión y concesión de las solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025.

11. Intervención General ha emitido informe de fiscalización de conformidad de todos los expedientes de concesión de subvención.

12. Se ha comprobado, de conformidad con lo que dispone el punto 3 de la convocatoria de subvenciones, en relación con el artículo 11.f del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 38 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears, que las entidades propuestas por la concesión de la subvención se encuentran al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

13. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 4 de octubre de 2024 establece que, de acuerdo con el punto 11 de la convocatoria, los pagos que se derivan de este expediente se harán de manera anticipada y serán del 100% del importe de la subvención, de acuerdo con el artículo 37.2 del TRLS. También exime las entidades de presentar aval bancario por la cantidad que se le anticipa, de conformidad con el que prevé el artículo 25.3.b) del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.

2. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears, que en el artículo 3 establece que los objetivos de las políticas sociales son, entre otros, prevenir y atender las situaciones de vulnerabilidad de las personas y de los grupos en situación de exclusión social. Así mismo, el artículo 4 dispone, entre los principios rectores, el de universalidad e igualdad, por el cual los servicios públicos tienen que garantizar a todo el mundo el derecho de acceso a los servicios sociales y el uso efectivo en condiciones de igualdad, equidad y justicia distributiva.

6. El Decreto 8/2013, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluye, bajo la dirección del Gobierno, la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, de la que depende la Dirección General de Asuntos Sociales.

7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, atribuye a la Dirección General de Asuntos Sociales las competencias, entre otras, de gestión de programas de servicios sociales y de fomento de los programas de inclusión social.

8. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo de 2021).

9. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 25 de octubre de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025 (BOIB núm. 142, de 29 de octubre de 2024).

10. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 12 de noviembre de 2024, por la que se rectifica el error advertido a la Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025 (BOIB núm. 149, de 14 de noviembre de 2024).

11. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, de 18 de noviembre de 2024, por la que se amplía el crédito de la convocatoria de ayudas para entidades sin ánimo de lucro que desarrollan programas de garantía alimentaria con cargo a los presupuestos generales de la CAIB y a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondientes al año 2024, para acciones a realizar durante los años 2024 y 2025 (BOIB núm. 152, de 21 de noviembre de 2024).

Por todo esto, dicto la siguente

 

Resolución

1. Excluir la solicitud correspondiente al proyecto que consta en el anexo 1 de esta propuesta de resolución con especificación del motivo de inadmisión.

2. Aprobar la concesión de las subvenciones solicitadas a favor de las entidades, por los importes y con el periodo de ejecución que constan en el anexo 2 para ejecutar proyectos y actuaciones destinadas a cubrir las necesidades básicas de personas y familias en situación de precariedad económica a fin de reducir las situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.

3. Autorizar y disponer un gasto a favor de las entidades que constan en el anexo 2 por el importe de la columna «Importe adjudicado», con cargo a las partidas presupuestarias 17401.313E01.48000.00. FF 24073 y 17401.313E01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

4. Reconocer la obligación y proponer el pago, en concepto de anticipo, a favor de las entidades que consten en el anexo 2 por el importe de la columna «Importe adjudicado», con cargo a las partidas presupuestarias 17401.313E01.48000.00. FF 24073 y 17401.313E01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

5. Informar que el anexo 3 contiene la imputación por partidas presupuestarias para cada subvención, de acuerdo con los conceptos reflejados en el anexo 2.

6. El Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 4 de octubre de 2024 y el apartado 11 de la convocatoria establecen que los pagos que se derivan de este expediente se harán de manera anticipada, eximiendo las entidades de presentar aval bancario por la cantidad que se le anticipa.

7. Informar las entidades beneficiarias que:

- Están obligadas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el punto 4 de la convocatoria.

- El pago de la subvención concedida se efectuará de conformidad con lo que dispone el punto 11 de la convocatoria.

- La justificación de la subvención concedida se efectuará de conformidad con lo que disponen los puntos 12 y 13 de la convocatoria.

8. Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears esta propuesta de resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de diciembre de 2024)

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover

 

ANEXO 1 Proyectos excluidos con el motivo de exclusión

Exp.

Entidad

NIF

Motivo de exclusión

GAR_ALI/7/2024

IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA DE PALMA DE MALLORCA

R0700051F

La entidad no cumple el requisito del punto 3.3.c) de la convocatoria.

 

ANEXO 2 Proyectos aprobados y estimación definitiva de adjudicación de subvención

1. Modalidad 1

Exp.

Entidad

NIF

Proyecto

Núm. CONCE

Período ejecución proyecto

Coste proyecto

Importe solicitado

Importe adjudicado

GAR_ALI/2/2024

FUNDACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE MALLORCA

G57152639

CESTA BASICA GARANTIZADA

2024/

22838

01/01/2024 a 31/12/2025

375.000,00

375.000,00

375.000,00

2. Modalidad 2

Exp.

Entidad

NIF

Proyecto

Núm. CONCE

Período ejecución proyecto

Coste proyecto

Importe solicitado

Importe adjudicado

GAR_ALI/3/2024

ASSOCIACIÓ MALLORCA SENSE FAM

G57632234

CUBRIR NECESIDADES BÁSICAS DE FAMILIAS EN SITUACIÓN DE PRECARIEDAD ECONÓMICA

2024/

22839

01/01/2024 a 31/12/2025

450.000,00

400.000,00

400.000,00

GAR_ALI/5/2024

CARITAS DIOCESANA MENORCA

R0700070F

SERVEI DE ALIMENTS

2024/

22843

01/01/2024 a 31/12/2025

290.000,00

290.000,00

290.000,00

GAR_ALI/6/2024

AAVV BONS AIRES ARXIDUC

G57154965

NINGUN HOGAR SIN RECURSOS

2024/

22844

01/01/2024 a 31/12/2025

100.000,00

100.000,00

100.000,00

GAR_ALI/8/2024

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Q2866001G

GARANTIA ALIMENTARIA

2024/

22854

01/01/2025 a 31/12/2025

154.500,00

154.500,00

154.500,00

GAR_ALI/9/2024

CARITAS DIOCESANA DE MALLORCA

R0700067B

REPARTIMENT DE ALIMENTS

2024/

22862

01/01/2025 a 31/12/2025

107.000,00

107.000,00

107.000,00

GAR_ALI/11/2024

FUNDACIÓ D'AJUDA INTEGRAL A LES PERSONES MONTI-SION SOLIDÀRIA

G57999963

ALIMENTS I SOLIDARITAT

2024/

22864

01/01/2024 a 31/12/2025

200.000,00

200.000,00

200.000,00

GAR_ALI/12/2024

SOS MAMAS BALEARES

G57819179

ALIMENTACIÓN PARA FAMILIAS VULNERABLES

2024/

22865

01/01/2024 a 31/12/2025

100.000,00

100.000,00

100.000,00

GAR_ALI/13/2024

CARITAS DIOCESANA IBIZA

R0700071D

REPARTO DE ALIMENTOS

2024/

22866

01/01/2024 a 31/12/2025

180.000,00

77.658,63

77.658,63

3. Modalidad 3

Exp.

Entidad

NIF

Proyecto

Núm. CONCE

Período ejecución proyecto

Coste proyecto

Importe solicitado

Importe adjudicado

GAR_ALI/1/2024

ASOCIACIÓN EBENEZER MARANATA

G57742165

COMEDOR SOCIAL

2024/

22836

01/01/2024 a 31/12/2025

35.000,00

35.000,00

35.000,00

GAR_ALI/4/2024

ASOCIACION ZAQUEO

G07929672

COMEDOR SOCIAL ZAQUEO

2024/

22840

01/01/2024 a 31/12/2025

35.000,00

35.000,00

35.000,00

GAR_ALI/10/2024

ASSOCIACIÓ TARDOR

G57837981

COMEDOR SOCIAL

2024/

22863

01/01/2024 a 31/12/2025

53.000,00

53.000,00

53.000,00

 

 

​​​​​​​ANEXO 3 Imputación de partidas presupuestarias para cada subvención

Exp.

Entidad

NIF

Proyecto

Núm. CONCE

Importe adjudicado

Partida presupuestaria

GAR_ALI/1/2024

ASOCIACIÓN EBENEZER MARANATA

G57742165

COMEDOR SOCIAL

2024/

22836

35.000,00

17401.313E01.48000.00. FF 24073

GAR_ALI/2/2024

FUNDACIÓN BANCO DE ALIMENTOS DE MALLORCA

G57152639

CESTA BASICA GARANTIZADA

2024/

22838

375.000,00

17401.313E01.48000.00. FF 24073

GAR_ALI/3/2024

ASSOCIACIÓ MALLORCA SENSE FAM

G57632234

CUBRIR NECESIDADES BÁSICAS DE FAMILIAS EN SITUACIÓN DE PRECARIEDAD ECONÓMICA

2024/

22839

400.000,00

17401.313E01.48000.00. FF 24073

GAR_ALI/4/2024

ASOCIACION ZAQUEO

G07929672

COMEDOR SOCIAL ZAQUEO

2024/

22840

35.000,00

17401.313E01.48000.00. FF 24073

GAR_ALI/5/2024

CARITAS DIOCESANA MENORCA

R0700070F

SERVEI DE ALIMENTS

2024/

22843

290.000,00

17401.313E01.48000.00. FF 24073

GAR_ALI/6/2024

AAVV BONS AIRES ARXIDUC

G57154965

NINGUN HOGAR SIN RECURSOS

2024/

22844

100.000,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/8/2024

CRUZ ROJA ESPAÑOLA

Q2866001G

GARANTIA ALIMENTARIA

2024/

22854

154.500,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/9/2024

CARITAS DIOCESANA DE MALLORCA

R0700067B

REPARTIMENT DE ALIMENTS

2024/

22862

107.000,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/10/2024

ASSOCIACIÓ TARDOR

G57837981

COMEDOR SOCIAL

2024/

22863

53.000,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/11/2024

FUNDACIÓ D'AJUDA INTEGRAL A LES PERSONES MONTI-SION SOLIDÀRIA

G57999963

ALIMENTS I SOLIDARITAT

2024/

22864

200.000,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/12/2024

SOS MAMAS BALEARES

G57819179

ALIMENTACIÓN PARA FAMILIAS VULNERABLES

2024/

22865

100.000,00

17401.313E01.48000.00

GAR_ALI/13/2024

CARITAS DIOCESANA IBIZA

R0700071D

REPARTO DE ALIMENTOS

2024/

22866

23.781,77

17401.313E01.48000.00. FF 24073

53.876,86

17401.313E01.48000.00