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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 839706
Requerimiento de enmienda de deficiencias en relación con la solicitud de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU
El 22 de agosto de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Orden 31/2024 del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y la economía circular a establecimientos turísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea con Next Generation EU.
El artículo 14 de la Orden 31/2024 y el apartado 10 de la convocatoria regulan la forma y el contenido necesarios de las solicitudes. Asimismo, el artículo 15 de la Orden dispone que, si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en la convocatoria o no va acompañada de la documentación exigida, el órgano instructor tiene que requerir a la persona solicitante que, en un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación del requerimiento mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, subsane las deficiencias.
Por otra parte, el artículo 15.3 de la Orden establece que la subsanación de las deficiencias afecta la fecha que se tiene que tener en cuenta como fecha de presentación de la solicitud. En este caso, se tiene que considerar como fecha de presentación de la solicitud la fecha de presentación de la subsanación.
El órgano instructor ha examinado las solicitudes presentadas y ha detectado deficiencias en los expedientes que figuran en el anexo.
Por ello, se requiere a las personas solicitantes que se incluyen en el anexo que, en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación de este requerimiento, subsanen las deficiencias indicadas en el anexo.
Para subsanar las deficiencias, se tiene que utilizar el trámite electrónico específico puesto a disposición de los interesados en el portal de la Dirección General de Turismo y en la Sede Electrónica de la CAIB. Se puede acceder a este trámite desde la página web mrrturisme.caib.es > Convocatorias en tramitación > Ayudas de minimis para la concesión de subvenciones para financiar proyectos de mejora de la eficiencia energética y economía circular a establecimientos turísticos > Enlace al trámite telemático > Enmienda de la solicitud.
En el trámite telemático de enmienda de la solicitud debe indicarse el número de expediente correspondiente que se indica en el anexo de este requerimiento. Las enmiendas efectuadas por cualquier otro medio diferente del anterior no se consideran válidas y se entienden como no presentadas, de acuerdo con el artículo 15.2 de la Orden.
Asimismo, se hace constar que, en el caso de no subsanar las deficiencias señaladas en el plazo otorgado, se considera que la persona solicitante desiste de la solicitud, tras la resolución previa que se tiene que dictar de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 39/2015.
Palma , en la fecha de la firma electrónica (17 de diciembre de 2024)
La secretaria general María Isabel Sáez Sastre
ANEXO Lista de solicitudes con deficiencia
NIF |
Nombre del establecimiento |
Núm. de expediente |
Deficiencia |
B57813602 |
FERGUS CLUB EUROPA |
TUR_AJDEF2_182/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
B16637902 |
PALMIRA CORALIAN, S.L. |
TUR_AJDEF2_183/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
B57813602 |
FERGUS STYLE BAHAMAS |
TUR_AJDEF2_184/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
B07900863 |
HOTEL ARAXA |
TUR_AJDEF2_185/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
E07144785 |
HOTEL SON BAULÓ |
TUR_AJDEF2_187/2024 |
Las personas beneficiarias deben ser personas físicas o jurídicas de naturaleza privada (apartado 3.1 de la convocatoria). Las comunidades de bienes no tienen personalidad jurídica, por lo que no pueden ser beneficiarias de la subvención |
B57851909 |
HOTEL PLAYAMAR |
TUR_AJDEF2_193/2024 |
Falta copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras respecto de la actuación de sustitución de iluminación (apartado 10.4.i) de la convocatoria). Se trata de un suministro de más de 15.000 euros. |
B57983967 |
RESTAURANTE REBROTS |
TUR_AJDEF2_204/2024 |
Las actividades relacionadas con los combustibles fósiles, incluida la utilización ulterior de éstos, no se considerarían gastos subvencionables (apartado 6.2.j).1º de la convocatoria) |
B57295388 |
HOTEL ANFORA |
TUR_AJDEF2_206/2024 |
Falta copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras (apartado 10.4.i) de la convocatoria). Se trata de un suministro de más de 15.000 euros. De la actuación presentada no se desprende que exista una mejora de la eficiencia energética ni en las instalaciones o equipos (apartado 5.2 de la convocatoria). |
B16637902 |
MAR HOTELS PLAYA DE MURO SUITES |
TUR_AJDEF2_207/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
B07744584 |
MARTHAS APARTAMENTOS, S.L. |
TUR_AJDEF2_220/2024 |
Falta el formulario de la sol·licitud completo y firmado digitalmente (apartado 10.4.a) de la convocatoria) |
B35379841 |
HOTEL SUMBA |
TUR_AJDEF2_225/2024 |
Falta certificado emitido por auditor inscrito en el Registro oficial de auditores de cuentas que acredite que la entidad solicitante ha alcanzado el nivel de cumplimiento de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, legalmente exigido. En caso de que no sea posible emitir este certificado, informe de procedimientos acordados (apartado 10.4.j) de la convocatoria) |
B07010317 |
HOTEL LAGO PLAYA |
TUR_AJDEF2_227/2024 |
Falta acreditar la existencia de acuerdo con la entidad explotadora para llevar a cabo las actuaciones objeto de la convocatoria (apartado 3.2 de la convocatoria) |
B07089410 |
- |
TUR_AJDEF2_228/2024 |
El formulario de la solicitud no está debidamente cumplimentado (apartado 10.4.a) de la convocatoria). Falta indicar la denominación del establecimiento y su número de inscripción en el Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos. Falta acreditar la existencia de acuerdo con la entidad explotadora para llevar a cabo las actuaciones objeto de la convocatoria (apartado 3.2 de la convocatoria). No consta que esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (artículo 6 de la orden de bases) |
B07790512 |
MON PORT |
TUR_AJDEF2_234/2024 |
Falta indicar el importe de la actuación consistente en la implementación de un sistema de control y monitorización (apartado 10.4.h) de la convocatoria). Falta indicar el importe de la actuación consistente en la mejora de hornos (apartado 10.4.h) de la convocatoria) |
B07915325 |
HOTEL D'OR |
TUR_AJDEF2_241/2024 |
Falta copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras (apartado 10.4.i) de la convocatoria). En los presupuestos presentados faltan los datos identificativos de las empresas proveedoras y solicitante |
B07963523 |
MENORCA SUR |
TUR_AJDEF2_247/2024 |
Falta copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras (apartado 10.4.i) de la convocatoria). Se trata de un suministro de más de 15.000 euros. |
B16629958 |
BOREAL |
TUR_AJDEF2_249/2024 |
Los datos aportados en la solicitud sobre el establecimiento no figuran en el Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos (apartado 3.3 de la convocatoria y 10.4.e).14º de la convocatoria). Falta uno de los tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras que deben aportarse con la solicitud (apartado 10.4.i) de la convocatoria). No consta que esté al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (artículo 6 de la orden de bases) |
A07178908 |
HOTEL BAHIA CALA MILLOR |
TUR_AJDEF2_251/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
E07455058 |
DON QUIJOTE |
TUR_AJDEF2_252/2024 |
Las personas beneficiarias deben ser personas físicas o jurídicas de naturaleza privada (apartado 3.1 de la convocatoria). Las comunidades de bienes no tienen personalidad jurídica, por lo que no pueden ser beneficiarias de la subvención |
A07178908 |
CALA MILLOR PARK |
TUR_AJDEF2_253/2024 |
Las actuaciones presentadas no se consideran actuaciones subvencionables (apartado 5.2 de la convocatoria) |
A57044091 |
IBEROSTAR CLUB CALA BARCA |
TUR_AJDEF2_254/2024 |
El estudio no incluye el presupuesto detallado de las actuaciones presentadas (apartado 10.4.h).3º de la convocatoria). Falta copia de al menos tres presupuestos de diferentes empresas proveedoras para las actuaciones que superen los 15.000 euros, en el caso de suministros o servicios, o los 40.000 euros cuando se trate de obras (apartado 10.4.i) de la convocatoria) |