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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓN DE ATENCIÓN Y SOPORTE A LA DEPENDENCIA Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 838042
Resolución de la Presidenta del Patronato de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares por la que se rectifican los errores materiales advertidos en el anexo 1 de la resolución de día 11 de octubre de 2024 por la cual se aprueba la oferta pública de ocupación ordinaria para el año 2024

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Texto

Antecedentes

1. En el Boletín Oficial de les Illes Balears número 135, de 15 de octubre de 2024, se publicó la Resolución de la presidenta del Patronato de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Islas Baleares por la cual se aprobó la oferta pública de ocupación ordinaria para el año 2024.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dispone lo siguiente: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.”

3. Se han advertido errores materiales en el anexo 1 de la resolución citada, en el cual se especifican los puestos de trabajo incluidos en la oferta pública ordinaria para el año 2024, que hace falta corregir y que no afectan al número total de plazas.

Por todo eso dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN

Primero. Corregir los errores materiales detectados en el anexo 1 de Resolución de día 11 de octubre de 2024 por la cual se aprobó la oferta pública de ocupación ordinaria para el año 2024 en el sentido siguiente:

Donde dice

ANEXO 1 Oferta pública de ocupación ordinaria

Categoría/Especialidad

Destinación

Grupo

Número de plazas

Turno libre

Turno promoción interna

Total

Técnico/a de grado medio.

Especialidad: Fisioterapia

Palma

B

1

0

1

Técnico/a de grado medio. Especialidad: Enfermería

Marratxí

B

1

0

1

Técnico/a de grado medio. Especialidad: Relaciones laborales

Palma

B

1

0

1

Técnico/a de grado medio. Especialidad: Trabajo social

Palma

B

1

0

1

Técnico/a de integración social

Palma

C

2

0

2

Administrativo/a

Palma

C

2

0

2

Auxiliar administrativo/a

Palma

D

1

0

1

Auxiliar administrativo/a

Mallorca

D

2

0

2

Auxiliar técnico/a sociosanitario/a

Palma

D

1

0

1

Celador/a

Sant Antoni de Portmany (Ibiza)

E

1

0

1

Total

13

0

13

Ha de decir

ANEXO 1 Oferta pública de ocupación ordinaria

Categoría/Especialidad

Destinación

Grupo

Número de plazas

Turno libre

Turno promoción interna

Total

Técnico/a titulado/a superior.

Especialidad: Psicología

Palma

A

1

0

1

Técnico/a de grado medio.

Especialidad: Enfermería

Sant Antoni de Portmany (Ibiza)

B

1

0

1

Técnico/a de grado medio.

Especialidad: Fisioterapia

Palma

B

1

0

1

Técnico/a de grado medio

Marratxí

B

1

0

1

Auxiliar técnico/a sociosanitario/a

Palma

D

6

0

6

Auxiliar técnico/a sociosanitario/a

Sant Antoni de Portmany (Ibiza)

D

2

0

2

Auxiliar de recepción

Santa Eulària des Riu (Ibiza)

D

1

0

1

Total

13

0

13

Segundo. Dar cuenta de esta Resolución en la próxima reunión del Patronato de la Fundación y publicarla en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Este acuerdo se puede impugnar ante el orden jurisdiccional social, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni se deba interponer preceptivamente una reclamación previa a la vía jurisdiccional.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de diciembre de 2024)

La presidenta del Patronato Catalina Cirer Adrover