Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL
Núm. 836745
Resolución del consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural por la que se somete al trámite de información pública el Proyecto de orden por el que se aprueba el Plan Anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025
Hechos
La consulta pública previa a la redacción del Proyecto de orden por el que se aprueba el Plan Anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 se publicó en la página de Participación Ciudadana desde el día 4 de octubre de 2024 hasta el 17 de octubre de 2024, tal y como acredita el certificado expedido en fecha 18 de octubre de 2024 por el Servicio de Participación y Buen Gobierno de la Dirección general de Coordinación y Transparencia.
En fecha 9 de diciembre de 2024 el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural dictó una Resolución por la que se ordena el inicio del procedimiento para elaborar el Proyecto de orden por el que se aprueba el Plan Anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 y designó a la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal como órgano responsable de su tramitación.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 58 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, de Gobierno de las Illes Balears.
2. El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter el Proyecto de orden por el que se aprueba el Plan Anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025 a información pública y ponerlo a disposición de la ciudadanía en la Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal (calle Gremi Corredors, 10, 07009 de Palma) y en la web de Participación Ciudadana del Gobierno (http://participaciociutadana.caib.es).
2. Fijar el plazo de audiencia en diez días desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones deberán presentarse en la sede de la Dirección General de Medio Natural i Gestión Forestal ubicada en la calle Gremi Corredors, 10, 07009 Palma, o en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos a través del apartado «Participación en elaboración normativa» de la página web de Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, dentro del plazo que se establece en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2.f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incorporen la identificación de la persona o entidad que hace las alegaciones, deberán incluirse en el expediente de elaboración normativa, a pesar de que no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A tal efecto, el funcionario o la funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente deberá emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.
4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, (firmado electrónicamente: 17 de diciembre de 2024) El consejero de Agricultura, Pesca y Medio Natural Joan Simonet Pons