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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ENERGIA

Núm. 834955
Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU

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Texto

A fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la siguiente propuesta definitiva:

Hechos

1. El 3 de julio de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

2. La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el Anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica.

3. Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.

4. Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha examinado la documentación aportada y ha emitido informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación que figura en este anexo.

5. Con fecha 13 de noviembre de 2024 se emitió una propuesta de resolución provisional de revocación del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB núm. 150, de 16 de noviembre de 2024).

6. En fecha 21 de noviembre de 2024, la entidad BABYLON HOSPITALITY SLU, (expediente MOVESIII-2474/2021), presentó un escrito de alegaciones a la propuesta de revocación de la ayuda mencionada en el párrafo anterior, expone: «la documentación aportada en fase de justificación cumple con el carácter abonable establecido para que todos los documentos presentados por el pago,  el contrato de renting tanto condiciones generales como particulares están formalizados en fecha posterior a la solicitud del expediente y los pagos son también posteriores, por este motivo se solicita la no revocación de la ayuda»

7. Con fecha 21 de noviembre de 2024, una vez valoradas las alegaciones aportadas por la entidad BABYLON HOSPITALITY SLU, (expediente MOVESIII-2474/2021), los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han concluido lo siguiente: los contratos de renting se han formalizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud,  por lo que se cumplen los puntos 4.1.c) y el 4.2.i), se informa FAVORABLEMENTE la alegación a la revocación de la solicitud de la subvención para la adquisición de un vehículo eléctrico MINI COOPER SE, por 2.900 euros y, por tanto se elimina del anexo de la propuesta de revocación y se insta a proseguir con la tramitación del expediente en cuestión.

8. Con fecha 11 de diciembre de 2024, CARLOS JAVIER MONTEMAYOR PALOMAR (expediente MOVESIII-4227/2021), presentó un escrito de alegaciones a la propuesta de revocación del director general de economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB núm. 150, de 16 de noviembre de 2024) en el que expone: «Se manifiesta que la fecha de la primera matriculación es en la que se matriculó por primera vez el vehículo y que estaba en el permiso de circulación original. Por tanto se produjo una segunda matriculación en Países Bajos. Es un vehículo comprado en España y se matriculó en España como muestra el permiso de circulación original y posteriormente tuvo que matricularse en Países Bajos»

Los servicios técnicos de la DG de Energía y Cambio Climático con fecha 24/10/2024 propusieron la revocación de la ayuda para la adquisición de un vehículo eléctrico BMW i4, por no haber sido matriculado en España por primera vez.

9. Con fecha 24 de octubre de 2024, una vez valoradas las alegaciones aportadas por CARLOS JAVIER MONTEMAYOR PALOMAR (expediente MOVESIII-4227/2021), los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han concluido lo siguiente: Se ha comprobado que la primera matriculación del coche se realizó en Países Bajos y no en España,  por lo que no se puede continuar con el procedimiento. Por lo tanto, se propone la revocación de la ayuda para la adquisición de un vehículo eléctrico BMW i4.       

10. Se ha agotado el plazo que se concedía para realizar alegaciones sin que se hayan presentado.

Fundamentos de derecho

1. El consejero de Empresa, Empleo y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008 ).

4. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).

5. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 3 de agosto de 2022 por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU —BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022.

7. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº174, de 26 de diciembre de 2023).

8. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (BOIB nº100, de 30 de julio de 2024).

Propuesta de resolución definitiva

Propongo al consejero de Empresa, Empleo y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el Anexo, con cargo a la partida presupuestaria también indicada en el Anexo.

3. Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (17 de diciembre de 2024)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 67, de 21 de mayo de 2024)

El director general proponente Diego Viu Domínguez

 

ANEXO Lista de beneficiarios para revocarles la subvención

Expediente

Solicitante

NIF

Tipo de inversión

Importe subvención (€)

Partida presupuestaria

CONCE

Motivo revocación

MOVESIII-2229/2021

EDURAN SANVE PATRIMONIAL SL

***9376**

PRVE 7,2 kW

472,75

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000014831

El contrato de suministro está firmado con fecha anterior al registro de solicitud, se incumple el punto 4.3.b) y el 11.3.2.h) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-2510/2021

CAP WELLNESS LOUNGE SL

***6181**

VE CUPRA BORN 150kW (204CV) 58kWh

2.900,00

2024/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000015371 

La formalización del contrato de arrendamiento es anterior a la fecha de registro de la solicitud, por lo que se incumple el punto 4.2.i) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-2785/2021

WENEA URBAN S.L.

***8962**

PRVE 22kW y 7.4kW Hotel Meliá Sol Milano Pingüinos

1.900,35

2023/G/731A01/77000/00/19701/MR001

0000016060

La factura del punto de recarga es anterior a la fecha de registro de la solicitud, por lo que se incumplen los puntos 4.1.c) y 4.3.b) y 11.3.2e) de las bases de la convocatoria.

MOVESIII-4227/2021

MONTEMAYOR PALOMAR, CARLOS JAVIER  

***9707**

VE BMW i4 eDrive40

4.500,00

2024/G/731A01/78000/00/19701/MR001

0000010684 

Se ha comprobado que la primera matriculación del coche se realizó en Países Bajos y no en España, por lo que no puede continuarse con el procedimiento, ya que incumple el apartado 4.2.a) de las bases de la convocatoria.