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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 833986
Notificación: Resolución de revocación parcial. Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2015-2020. Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas. Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores. Convocatoria CEJA2018_1

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Texto

RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2015-2020 Medida 6 - Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresas Submedida 6.1 - Creación de empresas de jóvenes Agricultores Convocatoria: CEJA2018_1 Expediente: CEJA2018_1/05 Código DIR3: A04026954 Código SIA: 208251 Código BDNS: 449691

Antecedentes

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores .La Resolución mencionada se modificó en fecha 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54).

2. Una vez analizada toda la documentación presentada, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió favorablemente la concesión de la ayuda a favor de los interesados ​​que figuran en el anexo de la Resolución con los datos e importes correspondientes.

3. El 2 de mayo de 2019, en el BOIB núm. 59, se publicó la Resolución de la concesión a los beneficiarios de las ayudas en la que se incluye MARIA FLORENCIA GARAY GOÑI (núm. Exp. CEJA2018_1/52), con un importe prima de 50.000,00€.

4. El 10 de mayo de 2019 (con registro de entrada GOIBE14566) la beneficiaria presenta la solicitud del primer pago parcial de la prima (50 %), por el que se realizó un pago por importe de 25.000,00 €.

5. El 24 de mayo de 2024 se requirió la solicitud de pago del segundo tramo a través de una publicación en la página web del FOGAIBA

6. El 9 de junio de 2024 (registro de entrada GOIBE4433594), el beneficiario presenta la solicitud del segundo pago y el servicio de gestión de ayudas al desarrollo rural revisa el expediente y comprueba que la explotación no realiza producción integrada.

7. Este hecho implica realizar una revocación parcial de 5.000,00 €, por tanto, el importe de ayuda auxiliable es de 45.000,00 € y el pago correspondiente al 2º tramo será de una cuantía de 20.000,00 €.

8. El 22 de noviembre de 2024 se publica en la página web del FOGAIBA la notificación de deficiencias. Una vez transcurridos los 10 días hábiles, la persona interesada no ha presentado alegación alguna.

9. Se ha considerado el Informe Propuesta provisional de resolución de la revocación parcial/Resolución de revocación parcial de la ayuda concedida a MARIA FLORENCIA GARAY GOÑI con NIF ***8137**, de día 21 de noviembre de 2024.

Fundamentos de derecho

1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 .

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Revocar parcialmente las resoluciones de ayuda concedidas a las personas beneficiarias por el importe y con los plazos detallados en el anexo de esta resolución, que es de 1 expediente y que comienza y termina con MARIA FLORENCIA GARAY GOÑI, que suma un importe total de 5.000,00 euros, relativa a la línea de ayuda “Creación de empresas de jóvenes agricultores”.

2. Finalizar el procedimiento de revocación del expediente CEJA2018_1/052.

3. Notificar esta resolución a la persona beneficiaria mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA Fernando Fernández Such»

 

ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CEJA2018_1 PARA REVOCAR

 

COFINANCIACIÓN _1

Anualidad

TITULAR

NIF

NÚM. EXPEDIENTE

Importe ayuda concedida

Importe ayuda auxiliable

Importe a revocar

CAIB 14,00%

FEADER 80,00%

AGE (Fega) 6,00%

Maria Florencia Garay Goñi

***8137**

CEJA2018_1/052

50.000,00 €

45.000,00 €

5.000,00 €

6.300,00 €

36.000,00 €

2.700,00 €

2019

 

(Firmado electrónicamente: 17 de diciembre de 2024)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni