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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 833554
Resolución de aprobación de la concesión y reconocimiento de obligación económica derivada de la convocatoria de la XI Edición de los Premios Artesanía de Mallorca 2024

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 El día 10 de diciembre de 2024, la vicepresidenta primera y consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó la siguiente

Resolución:

“Antecedentes

1. El día 9 de octubre de 2024, la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó la resolución de aprobación de la convocatoria pública de la XI Edición de los Premios Artesanía de Mallorca 2024 y autorizó el correspondiente gasto, por un importe total de 35.000,00€, con cargo a la aplicación 20.43900.48100.

2. El extracto de la convocatoria se publicó en el BOIB nº. 136, de día 17 de octubre de 2024.

3. En fecha 21 de octubre de 2024, la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó una resolución de modificación del punto 5 (Solicitudes y forma de presentación) de las bases de la convocatoria pública de la XI Edición de los Premios Artesanía de Mallorca 2024.

4. El nombramiento del jurado se publicó en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

5. El día 27 de noviembre de 2024 se reunió el Jurado calificador de la XI Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2024 para la categoría siguiente: F) Premio Gastronomía Artesana, con una dotación de 4.000,00 €.

6. El acta de la sesión mencionada en el punto anterior obra en el expediente e incluye la propuesta del jurado de conceder, por una parte, el premio Gastronomía Artesana, categoría F), al Forn Can Nadal, con el producto “La panada de 1940”, por un importe de 4.000,00 €, y por otra parte, un premio accésit en Onofre Martorell Ribera, con el producto “Farcidets de neula, tradició i modernitat”, por un importe de 1.000,00 €.

7. El día 2 de diciembre de 2024 se reunió el Jurado calificador de la XI Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2024 para las categorías siguientes: A) Premio Artesanía de Mallorca, con una dotación de 7.000,00 €, B) Premio Tradición Artesana, con una dotación de 5.000,00 €, C) Premio Diseño e Innovación Artesana, con uno dotación de 5.000,00€, D) Premio a la Promoción Artesana, con una dotación: 5.000,00 €, E) Premio Impulso, con una dotación de 2.000,00 €, G) Premio Moda Artesana, con una dotación de 4.000,00 €, H) Premio Trayectoria Artesana, y 2 premios accésits con una dotación de 1.000,00€ cada uno.

8. El acta de la sesión mencionada en el punto anterior obra en el expediente e incluye la propuesta del jurado para las categorías A) ,B) ,C), D), E), G), H) y los 2 premios accésits siguientes:

- Conceder el Premio Artesanía de Mallorca, categoría A), al Sr. Miguel Busquets Escobar, con la obra "Tramuntana Viva”, por un importe de 7.000,00 €.

- Conceder el Premio Tradición Artesana, categoría B), a la Sra. Raquel Pou Alarcón, con la pieza "El Setrill ", por un importe de 5.000,00 €.

- Conceder el Premio Diseño e Innovación Artesana, categoría C), al Sr. Damià Mulet Vanrell, con la obra "Brot de Taparera", por un importe de 5.000,00€.

- Conceder el Premio a la Promoción Artesana, categoría D), a la Sra. Araceli Iranzo Placer, con la obra "Artesanía Viva. Sembrando Futuro", por un importe de 5.000,00 €.

- Conceder el Premio Impulso, categoría E), al Sr. Jaime González García, con la pieza "Pencas de Chumbera en flor", por un importe de 2.000,00 €.

- Conceder el Premio Moda Artesana, categoría G), a la Sra. Yolanda Beatriz Izquierdo de la Rosa, con la obra "Bàrbara", por un importe de 4.000,00 €.

- Conceder el Premio honorífico de Trayectoria Artesana, categoría H), al Sr. Guillem Bujosa Cañellas, con la obra "Un viatge de vida entre fils i telers ".

- Conceder en esta sesión, atendiendo al gran número de solicitudes presentadas, los dos (2) premios accésits restantes previstos a la convocatoria a los solicitantes y para las obras/piezas siguientes:

- Fernando Luis Rubin Saglia Pereyra, con la obra "Rèplica Guitarra Martin 1918", accésit de 1.000,00 €.

- Josep Antoni Ferrer Ferrà, con la pieza "Perdivera", accésit de 1.000,00 €.

- Excluir las solicitudes presentadas por:

- Associació Art de la Pauma al Parc Natural de Llevant, con CIF nº. ***747***, con el proyecto: “Art de la Pauma”,

- Catalina Borràs Vives, con NIF ***140***, con la pieza: “Capa Tradicions”,

- Joana Maria Borràs Riera, con NIF ***694***, con la pieza “Maleta traveler”,

- y Maria Genovard Sancho, con NIF ***997***, con la pieza “Arrels i ales. Vestit de núvia”, por incumplimiento de las bases de la convocatoria.

- Excluir la solicitud presentada por Forn Can Nadal SL, con CIF nº. ***698***, con el producto “La ensaïmada mallorquina”, por no presentación de la pieza en tiempo y forma.

9. La sección de Artesanía emitió informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de los premios mencionados y los correspondiendo reconocimientos de las obligaciones económicas que se derivan.

10. En el presupuesto de gastos del Consejo Insular de Mallorca de 2024 hay crédito adecuado y suficiente para el gasto derivado de la concesión de los premios y los reconocimientos de las obligaciones económicas derivadas de los premios, por un importe total de 35.000,00€, con cargo a la aplicación 20.43900.48100.

11. El día 10/12/2024, la Intervención Delegada (Centro La Misericordia) fiscalizó de conformidad la aprobación de la concesión de los premios y los reconocimiento de las obligaciones económicas, en concepto de los premios mencionados FLP(2024/7282).

Fundamentos de derecho

1. El Departamento de Cultura y Patrimonio tiene, entre otras, la atribución de fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas, y crear canales para comercializar la artesanía, de acuerdo con el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023 por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 106 de 29 de julio de 2023).

2. La consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio es el órgano competente para aprobar la concesión de los premios, así como, para disponer el gasto que se deriva, de acuerdo con los artículos 33.2 k) y 33.2 l) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares, en relación con el artículo 39.2 h) del Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, la base 24.5 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2024 y el punto 9.3 de la convocatoria.

3. La consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio tiene la atribución de reconocer y liquidar las obligaciones en conceptos de los premios mencionados, de acuerdo con la base 25 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2024, el artículo 39.2 h) del Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca y el punto 9.3 de la convocatoria.

4. Las bases reguladoras de la convocatoria son las establecidas a la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18.02.2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 ( BOIB nº. 96, de 04.08.2018).

5. El procedimiento de concesión de los premios se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con el punto 9.1 de la convocatoria, en relación con el artículo 17.1 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.

6. La instrucción del procedimiento corresponde al secretario técnico del Departamento de Cultura y Patrimonio, de acuerdo con el punto 9.2 de la convocatoria, en relación con el artículo 18.2 del la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.

7. El punto 9.6 de la convocatoria establece que el órgano instructor elevará como propuesta a la consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio el veredicto del jurado para que dicte, en su caso, la resolución de aprobación de la concesión de los premios y de reconocimiento de las obligaciones económicas, en concepto de los premios. La resolución de la concesión de los premios se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y se incluirá la información sobre la concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

8. De acuerdo con el punto 10 de la convocatoria, se tiene que constituir un jurado, los miembros del cual serán nombrados por el director insular de Artesanía y estará integrado por el presidente/a, un secretario/a y un mínimo de 4 vocales, el nombramiento se hará público en la Sede Electrónica. 

9. En relación con el funcionamiento del jurado, el punto 10, apartados 5 ,6 y 7 de la convocatoria establece lo siguiente:

- Para cada categoría, el Jurado elegirá a tres finalistas en una primera ronda por elección con voto preferencial. En una segunda ronda entre los tres finalistas, se elegirá a dos vueltas el ganador. En caso de empate, decide el voto de la presidencia.

- El Jurado puede declarar desiertos los premios si considera que las candidaturas presentadas no reúnen los méritos suficientes.

- El Jurado puede cambiar la categoría de una obra si considera, previa motivación, que se adecua mejor a otra categoría.

10. En el expediente abren los certificados del órgano instructor, en el sentido que las personas beneficiarias están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante la Administración del Estado y con las obligaciones tributarias con el Consejo de Mallorca y de acuerdo con el punto 48.5 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca.

11. Las entidades propuestas como beneficiarias reúnen los requisitos para ser beneficiarios de esta convocatoria, de acuerdo con el punto 3 de la convocatoria, en relación con el artículo 8 de la OGS.

12. El artículo 9 e) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca establece, como obligación de la persona beneficiaria, acreditar, antes de dictarse la propuesta de resolución de concesión, que está al corriente del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos que dependen, y de las obligaciones con la Seguridad Social.

13. La propuesta de resolución de concesión de las presentes subvenciones se ajusta a la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y específicamente, en el previsto en el artículo 27.1 de la misma normativa.

14. La propuesta de resolución de concesión de las subvenciones se adecua a la base 35 de las de ejecución del presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca del 2024 relativa a los principios generales de la gestión y concesión de subvenciones.

Por<A[Por|Para]> todo lo que se ha expuesto, la vicepresidenta primera y consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Cultura y Patrimonio dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de la XI Edición de los Premios de Artesanía de Mallorca 2024, de acuerdo con las propuestas de los jurados a las personas siguientes para las obras y por los importes que acto seguido se detallan:

- Ganador Premio Artesanía de Mallorca, categoría A), Sr. Miguel Busquets Escobar, con la obra "Tramuntana Viva”, por un importe de 7.000,00 €.

- Ganadora Premio Tradición Artesana, categoría B), Sra. Raquel Pou Alarcón, con la pieza "El Setrill", por un importe de 5.000,00 €.

- Ganador Premio Diseño e Innovación Artesana, categoría C), Sr. Damià Mulet Vanrell, con la obra "Brot de Taparera", por un importe de 5.000,00€.

- Ganadora Premio a la Promoción Artesana, categoría D), Sra. Araceli Iranzo Placer, con la obra "Artesanía Viva. Sembrando Futuro", por un importe de 5.000,00 €.

- Ganador Premio Impulso, categoría E), Sr. Jaime González García, con la pieza "Pencas de Chumbera en flor", por un importe de 2.000,00 €.

- Ganador Premio Gastronomía Artesana, categoría F), Forn Can Navidad, con el producto “La panada de 1940”, por un importe de 4.000,00 €.

- Ganadora Premio Moda Artesana, categoría G), Sra. Yolanda Beatriz Izquierdo de la Rosa, con la obra "Bàrbara", por un importe de 4.000,00 €.

- Ganador Premio honorífico de Trayectoria Artesana, categoría H), Sr. Guillem Bujosa Cañellas, con la obra " Un viatge de vida entre fils i telers ".

- Ganador Accésit, Sr. Onofre Martorell Ribera, con el producto “Farcidets de neula, tradició i modernitat”, por un importe de 1.000,00 €.

- Ganador Accésit, Sr. Fernando Luis Rubin Saglia Pereyra, con la obra " Rèplica Guitarra Martin 1918", por un importe de 1.000,00 €.

- Ganador Accésit, Sr. Josep Antoni Ferrer Ferrà, con la pieza "Perdivera", por un importe de 1.000,00 €.

2. Disponer el gasto que se deriva de la concesión mencionada en el punto anterior, por un importe total de 35.000,00€, con cargo a la aplicación 20.43900.48100 y reconocer las obligaciones económicas, en concepto de los premios mencionados, a favor de las personas siguientes y de acuerdo con la distribución que acto seguido se detalla:

- Siete mil euros (7.000,00 €), a favor del Sr. Miguel Busquets Escobar, con DNI ***887***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016991).

- Cinco mil euros (5.000,00 €), a favor de la Sra. Raquel Pou Alarcón, con DNI ***681***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016933).

- Cinco mil euros (5.000,00 €), a favor del Sr. Damià Mulet Vanrell, con DNI ***119***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016934).

- Cinco mil euros (5.000,00 €), a favor de la Sra. Araceli Iranzo Placer, con DNI ***490***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016938).

- Dos mil euros (2.000,00 €), a favor del Sr. Jaime González García, con DNI ***315***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016996).

- Cuatro mil euros (4.000,00 €), a favor de Forn Can Nadal, con CIF ***698***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016952).

- Cuatro mil euros (4.000,00 €), a favor de la Sra. Yolanda Beatriz Izquierdo de la Rosa, con DNI ***393***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016953).

- Mil euros (1.000,00 €) a favor del Sr. Onofre Martorell Ribera, con DNI ***127***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016954).

- Mil euros (1.000,00 €), a favor del Sr. Fernando Luis Rubin Saglia Pereyra, con DNI ***650***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016955).

- Mil euros (1.000,00 €), a favor del Sr. Josep Antoni Ferrer Ferrà, con DNI ***680***, con cargo a la aplicación 20.43900.48100, operación contable provisional (DO 920240016957).

3. Excluir las solicitudes presentadas por:

- Associació Art de la Pauma al Parc Natural de Llevant, con CIF nº. ***747***, con el proyecto: “Art de la Pauma”,

- Catalina Borràs Vives, con NIF ***140***, con la pieza: “Capa Tradicions”,

- Joana Maria Borràs Riera, con NIF ***694***, con la pieza “Maleta traveler”,

- y Maria Genovard Sancho, con NIF ***997***, con la pieza “Arrels i ales. Vestit de núvia”, por incumplimiento de las bases de la convocatoria.

4. Excluir la solicitud presentada por Forn Can Nadal SL, con CIF nº. ***698***, con el producto “La ensaïmada mallorquina”, por no presentación de la pieza en tiempo y forma.

5. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares e incluir la información de esta concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

6. Advertir a los interesados que contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, pueden interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante<A[ante|delante de]> este consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo/consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no han recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y pueden interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, pueden interponer, en su caso<A[pega|ocurre]>, cualquier otro recurso que consideren oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

(Firmado electrónicamente: 17 de diciembre de 2024

La consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante

El secretario de Cultura y Patrinomio Felipe Ramis Llabrés)