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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Núm. 830882
Reconocimiento como museo del Museo de Arte Sacro de Mallorca e inscripción en el Registro Insular de Museos y Colecciones Museográficas del Consejo Insular de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio, día 10 de diciembre de 2024, ha dictado, entre otras, la siguiente resolución:

“Antecedentes

1. En fecha 18 de octubre de 2022 el señor Gabriel Nadal Fortuny, en nombre del Capítulo de la Catedral de Mallorca, presenta en el registro electrónico del Consejo de Mallorca, con RGE n. 55723, la documentación y la solicitud de reconocimiento como museo del Museo de Arte Sacro de Mallorca (MASM) realizada por el señor Sebastià Taltavull Anglada, obispo de Mallorca.

2. En fecha 12 de junio de 2024, con RGE n. 43180/2024, el Cabildo de la Catedral de Palma de Mallorca reitera solicitud de reconocimiento como museo adjuntando documentación complementaria.

3. De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de reconocimiento y registro de museos y colecciones museográficas de Mallorca, el 7 de junio de 2024 se solicita informe al Ayuntamiento de Palma sin obtener respuesta al respecto.

4. El jefe de la Sección de Museos del Consejo de Mallorca emite informe técnico sobre el reconocimiento del Museo de Arte Sacro de Mallorca el 31 de octubre de 2024.

5. La Comisión Técnica Insular de Museos, reunida día 22 de noviembre de 2024, acordó por unanimidad la propuesta de reconocimiento del Museo de Arte Sacro de Mallorca como museo y elevó la propuesta de resolución a la consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio.

Fundamentos

De acuerdo con lo que dispone el artículo 8 de la Ley 4/2003 de 26 de marzo de Museos de las Islas Baleares; y los artículos 3 y 11 del Reglamento de Reconocimiento y Registro de Museos y Colecciones museográficas de Mallorca, aprobado en el pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 13 de diciembre de 2012 (BOIB nº 12, de 24 de enero de 2013), adopto la siguiente:

RESOLUCIÓN

1. Reconocer al Museo de Arte Sacro de Mallorca como museo, con los siguientes datos:

  • Campo temático: Arqueología, arte, artes decorativas, numismática.
  • Marc geográfico en función de los fondos, de los objetivos, de la programación y del ámbito de actuación: Mallorca
  • Denominación pública que se autoriza: Museo de Arte Sacro de Mallorca

2. Ordenar su inscripción en el Registro Insular de Museos y Colecciones Museográficas del Consejo de Mallorca.

3. Notificar oficialmente el acuerdo al interesado y al Ayuntamiento de Palma.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante esta consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante, podéis interponer, en su caso, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.”

 

(Firmado electrónicamente: 11 de diciembre de 2024

La vicepresidenta primera y consellera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante)